
N.º 54, miércoles 18 de marzo de 2009
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Vivienda y Asuntos Sociales
1535
ORDEN de 11 de febrero de 2009, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la solicitud de renuncia a la becaria Idoia Lauzurica Bajo y el acceso a la condición de adjudicataria de una beca de formación en el área de Inmigración e Interculturalidad a la primera suplente Marcia Janira Luberiaga Medina.
En base a la Orden de 2 de septiembre de 2008 del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, que convoca dos becas individuales de formación y dos becas individuales de investigación en el área de inmigración e interculturalidad y a través de la Orden de 15 de diciembre de 2008, se adjudica una de las dos becas individuales de formación en el área de Inmigración e Interculturalidad a Idoia Lauzurica Bajo, por importe de 20.000 euros, y se establece el régimen de suplencias y el orden de prelación de las mismas.
Con fecha 9 de febrero de 2009, la citada becaria comunica mediante escrito la solicitud de renuncia, por motivos profesionales, a la beca que se le había concedido.
El pago realizado hasta la fecha asciende a 5.000 euros, correspondientes al importe del primer pago. La Orden de 2 de septiembre de 2008 prevé que la renuncia de la persona beneficiaria una vez iniciado el disfrute de la beca dará lugar a la devolución de la ayuda percibida y a la pérdida de los derechos económicos no devengados.
Con fecha 10 de febrero la Dirección de Inmigración informa favorablemente a la renuncia solicitada por la becaria Idoia Lauzurica Bajo. Dado que la renuncia se produce en los tres primeros meses del periodo de disfrute de la beca, resulta procedente que acceda a la condición de becario la primera suplente.
Por todo ello,
RESUELVO:
Primero.- Aceptar la renuncia solicitada por Idoia Lauzurica Bajo dentro de la convocatoria de dos becas individuales de formación y dos becas individuales de investigación en el área de inmigración e interculturalidad para el ejercicio 2008.
Segundo.- Solicitarle la devolución de 5.000 euros y ordenar la no realización de los tres pagos restantes. El ingreso lo podrá realizar mediante transferencia a la Tesorería General del País Vasco en cualquiera de sus cuentas bancarias.
Tercero.- Nombrar a la primera suplente Marcia Janira Luberiaga Medina por los 305 días que restan hasta la finalización del disfrute de la beca.
Cuarto.- Asignarle a Marcia Janira Luberiaga Medina 16.712,32 euros en concepto de beca de formación y hasta un máximo de 1.000 euros como dotación adicional para cubrir los gastos de inscripción, viaje, manutención y alojamiento en el caso de asistencia a cursos y seminarios relacionados con la materia de la beca. Esta dotación adicional se otorgará en los términos establecidos en la base segunda, 3 del anexo I de la Orden de 2 de septiembre de 2008.
Quinto.- Contra la presente Orden que agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Órgano que la dicta, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de febrero de 2009.
El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,
JAVIER MADRAZO LAVÍN.