
N.º 54, miércoles 18 de marzo de 2009
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Industria, Comercio y Turismo
1534
RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2009, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de «Modificación de línea eléctrica aérea de 132 kV, doble circuito, Ortuella-Abanto 1 y 2, entre los apoyos n.º 4 y n.º 7», en el municipio de Ortuella.
REF.: L-6987-ASS/SM
EXP: 48-AT-H-2008/29
ANTECEDENTES DE HECHO
Visto el expediente incoado en la Oficina Territorial de Bizkaia, Ref. L-6987 a petición de Iberdrola Distribucion Electrica, S.A.U., con domicilio en Bilbao, Gardoqui, 8, solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la modificación de línea eléctrica aérea de 132 kV, doble circuito, Ortuella-Abanto 1 y 2, entre los apoyos n.º 4 y n.º 7, en el término municipal de Ortuella, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente, firmado por la Ingeniero Industrial D.ª. Izaskun Rica Ugarte y firmado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia el 02-04-2008 con el n.º 1672.
A los efectos previstos en el art. 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV 23-12-2002), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en el BOB de fecha 26-05-2008 y en el BOPV de fecha 04-06-2008.
Se ha procedido a remitir oficio al Ayuntamiento de Ortuella y a la Diputación Foral de Bizkaia, así como a diferentes Organismos, para que manifestaran su conformidad u oposición al Proyecto presentado.
Dentro del periodo de información pública establecido al efecto, no tienen entrada en la Oficina Territorial de Bizkaia alegaciones con relación a este Proyecto, y sí han sido presentados diversos condicionados de diferentes Organismos, que han sido trasladados al peticionario, manifestando éste su conformidad a los mismos.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.
El Director de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 27-10-2005).
RESUELVE:
Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de la línea eléctrica, en el término municipal de Ortuella, cuyas principales características son las siguientes:
Modificación consistente en:
Desmontaje del tramo de línea a 132 kV Ortuella-Abanto 1 y 2, entre los apoyos n.º 4 y n.º 7 actuales. Sustituyendo dicho tramo por uno de nuevo trazado, siendo las características del mismo:
Tensión más elevada de la red: 145 kV.
2 Circuitos, 1 conductor por fase, conductor para tierra y otro para fibra óptica.
Longitud del tramo: 952 m.
Potencia: 131 MVA.
Conductores de fase LA-280 (HAWK) de 281,1 mm2 de sección.
Conductor de tierra LA-180 de 281,6 mm2 de sección.
Conductor de fibra óptica OPGW 15-80 de 80 mm2 de sección.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:
1.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2.- El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente Resolución.
3.- El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
4.- La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Innovación y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, 20 de enero de 2009.
El Director de Energía y Minas,
TXABER LEZAMIZ CONDE.