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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 102, viernes 30 de mayo de 2008


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Otras Disposiciones

Transportes y Obras Públicas
3330

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2008, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, por la que se declara abandonada la embarcación denominada "Barlovento Primero", Folio 230/1995, Lista 7.ª, de Bilbao y con matrícula 7.ª BI-3-230-95, que se halla en la zona de servicio del puerto de Armintza.

Visto el expediente sobre declaración de abandono de la embarcación Barlovento Primero, Folio 230/1995. Lista 7.ª, de Bilbao y con matrícula 7.ª BI-3-230-95, que se halla en la zona de servicio del puerto de Armintza, instruido por la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos, se dicta la presente Resolución en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho.

HECHOS

Primero.– Con fecha 10 de febrero de 2006, se remite al propietario, D. José Manuel Sierra Sierra una notificación para que se haga cargo de los gastos ocasionados por la retirada de la embarcación desde las aguas del puerto de Armintza, donde se encontraba hundida, hasta el muelle del citado puerto, medida esta que se adoptó atendiendo a las circunstancias de especial riesgo que existían, pues se avecinaba un fuerte temporal y representaba un peligro para la navegación. Asimismo se le informa de los costes en concepto de tasas portuarias siguen devengándose por ocupar la embarcación en cuestión Dominio Público Marítimo Portuario. Tras dos intentos de entrega, la notificación es devuelta por resultar el interesado ausente.

Segundo.– Con fecha 26 de julio de 2006, se recibe en el Servicio Territorial de Puertos de Bizkaia un informe de la Capitanía Marítima de Bilbao sobre el estado de la embarcación en cuestión en el que se constata su deterioro y estado de total abandono, así como la Hoja de Asiento donde se comprueba la titularidad y cargas. No existen cargas.

Tercero.– Con fecha 10 de enero de 2008, se incoa por la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos expediente de declaración de abandono de la embarcación Barlovento Primero, Folio 230/1995, Lista 7.ª, de Bilbao y con matrícula 7.ª BI-3-230-95, concediendo un plazo de 15 días hábiles para alegar y presentar los documentos que se estimen oportunos.

Cuarto.– Transcurrido el plazo de audiencia, ni el interesado ha comparecido ni por tanto se han presentado alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Director de Puertos y Asuntos Marítimos en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 47 y 48 del Decreto 236/1986, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Portuarias, que le faculta para realizar la ordenación portuaria, que resultará de obligado cumplimiento.

Asimismo, el Decreto 20/2002, de 15 de enero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Transportes y Obras Públicas, atribuye a la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos la competencia para la ordenación del dominio público portuario, así como para ordenar los usos de las zonas de servicio de los puertos (artículo 11.1.a y j).

Segundo.– Según el párrafo 2 de la disposición Adicional Decimoctava de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, "se considerarán abandonados aquellos buques que permanezcan durante más de seis meses atracados, amarrados o fondeados en el mismo lugar dentro del puerto sin actividad apreciable exteriormente, y sin haber abonado las correspondientes tasas o tarifas".

Vistos los hechos y fundamentos citados, la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, el Director de Puertos y Asuntos Marítimos

RESUELVE:

Primero.– Declarar en situación legal de abandono la embarcación Barlovento Primero, Folio 230/1995, Lista 7.ª, de Bilbao y con matrícula 7.ª BI-3-230-95, propiedad de D. José Manuel Sierra Sierra, actualmente en el puerto de Armintza por la siguiente causa: permanencia en el puerto durante más de seis meses sin actividad apreciable y no abono de las tasas correspondientes.

Segundo.– Notificar esta Resolución a la Capitanía Marítima de Bilbao a los efectos oportunos.

Tercero.– Notificar la presente Resolución al interesado haciéndole saber que la misma no pone fin a la vía administrativa y que contra ella podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, conforme a lo establecido en los artículos 107 y siguientes LRJPAC.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de abril de 2008.

El Director de Puertos y Asuntos Marítimos,

JOSEBA ANDONI IDOIAGA URIBE.


Análisis documental