ID1 - EUSKERA EN EL ENTORNO DIGITAL (20/21) - PROYECTOS EN EUSKERA

[ID1_EUSKERA EN EL ENTORNO DIGITAL]

Descripción


Objeto

Subvencionar proyectos destinados a la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el entorno digital: proyectos no comerciales que realizarán la difusión de contenidos en Internet exclusivamente en euskera.

Podrán presentarse a esta convocatoria los siguientes tipos de proyectos:

- Nuevos: desarrollo de proyectos que se pondrán en marcha en 2020, y contenidos en euskera para dotar dichos proyectos.

- Creados anteriormente: renovar proyectos creados anteriormente, mejorando o aumentando sus funcionalidades y/o dotándolos de nuevos contenidos en euskera.

Dotación presupuestaria

300.000

Prestación económica

En cuanto al presupuesto:

  • No se podrá solicitar una cantidad superior a 20.000 euros para la consecución de cada proyecto.
  • El gasto de gestión del proyecto no debe superar el 5% del total del resto de gastos.
  • Para otros gastos (incluidos los gastos de funcionamiento), se tomará en consideración un máximo del 5 % del gasto total, y se deberá especificar a qué conceptos corresponden dichos gastos.
  • Todo proyecto deberá tener necesariamente un nivel mínimo de financiación propia del 40 %.

En cuanto a la cantidad adjudicada a cada proyecto:

  • La subvención adjudicada a cada proyecto en ningún caso superará el importe solicitado a la Viceconsejería de Política Lingüística.
  • El importe máximo será de 20.000 euros.
  • El importe mínimo será de 2.000 euros.

 

Forma de pago:

El pago de las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden se realizará en dos partes, de la siguiente forma:

  1. En el primer pago se abonará el sesenta y cinco por ciento (65%) de la subvención total, en el plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de aceptación de la subvención.
  2. En el segundo pago, si así procede, se abonará el treinta y cinco por ciento (35%) restante en el plazo de un (1) mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención. De cualquier modo, el segundo pago se realizará en 2021 en todos los casos.

Información adicional

A quién va dirigido


Personas jurídicas privadas con actividad económica

Requisitos:

  • Acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente
  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Persona física con actividad económica

Requisitos:

  • Acreditar el alta en el Régimen de Autónomos
  • Acreditar alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Requisitos

  • Presentar el presupuesto del proyecto
  • Presentar la descripción técnica del proyecto
  • Presentar una muestra de los contenidos en euskera, para poder valorar los mismos.
  • Presentar un prototipo del proyecto, para poder valorar el diseño y las funcionalidades básicas.
  • Presentar el texto legal sobre la licencia de contenidos.
  • Presentar un informe o gráficos sobre las visitas en euskera o datos de uso en euskera del año anterior, para proyectos creados anteriormente.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la normativa

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística

Información de contacto


Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística:

  • Ane Crespo 945 019458
  • Elene Etxezarreta 945 019298
  • Jone Aboitiz 945 019298

E-mail: euskara-ikt@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0128009

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente enlace al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Aceptación de la ayuda


1.- Las empresas beneficiarias de la subvención tienen que aceptarla. Por lo tanto, en el plazo de diez (10) días hábiles a partir del siguiente a la recepción de la comunicación por la que se les notifica la concesión de la subvención, las beneficiarias tienen que notificar que aceptan la subvención asignada.

2.- Si la empresa beneficiaria no presenta en ese plazo la aceptación, se entenderá que renuncia a la subvención.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la aceptación de la ayuda

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación


Toda empresa beneficiaria, independientemente del importe de la subvención adjudicada, deberá, necesariamente, justificar ante la Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística la ejecución del proyecto subvencionado por el importe del presupuesto de gasto reconocido utilizado como base para la concesión de la subvención. Se deberá justificar el 100 % del presupuesto reconocido. 

El último día para la presentación de la justificación será el 31 de marzo de 2021.

No obstante, subrayar que el plazo para la finalización, comercialización y divulgación de los proyectos finaliza el 31 de diciembre de 2020. Esto es lo que especifica la Orden al respecto:

Los proyectos subvencionados deberán estar totalmente finalizados y difundidos al público general antes de finalizar el plazo de ejecución de los proyectos de esta convocatoria, esto es, para el 31 de diciembre de 2020, de manera que estén disponibles para el posible usuario. En el caso de los proyectos que no se puedan dar por totalmente finalizados, no se cursarán liquidaciones parciales según el grado de cumplimiento, y se reclamará la totalidad de la ayuda concedida a las empresas beneficiarias. Por lo tanto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23, se iniciará el expediente de reintegro de la subvención.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la justificación

Otros trámites