Zonas de interés hidrogeológico

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Descripción

Área geográfica que incluye un conjunto de acuíferos, independientes o interrelacionados, y que constituye una unidad práctica de investigación y de gestión del recurso

LINAJE: Para la delimitación de las unidades hidrogeológicas el concepto que se ha manejado es el de área geográfica que incluye un conjunto de acuíferos, independientes o interrelacionados, y que constituye una unidad práctica de investigación y de gestión del recurso. Al aplicar esta definición al territorio descrito, resulta como requisito más condicionante el último, es decir, definir áreas que constituyan unidades prácticas de investigación y gestión del recurso. Son diversas las razones para ello. En determinados casos, es la reducida extensión de los afloramientos y la complejidad estructural que afecta a formaciones que, en otras circunstancias, constituyen acuíferos de interés, es el caso de algunos afloramientos de calizas urgonianas presentes en el Dominio Hidrogeológico Anticlinorio Sur. En otros casos, a la escasa potencialidad de los afloramientos se une su situación respecto a núcleos de población u otros focos potenciales de contaminación que limitan considerablemente su interés, entran en esta categoría varios de los aluviales ligados a los principales cursos fluviales. Son significativos, así mismo, los casos en los que la unidad práctica de investigación y gestión del recurso viene impuesta no por los límites propios del funcionamiento hidráulico sino por los administrativos. En definitiva, se han delimitado 19 unidades hidrogeológicas, entendiendo que es un número arbitrario y fruto del compromiso de los principales requisitos considerados: escala de trabajo y entidad o interés del área en cuestión.

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