Para solicitar la renuncia, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede renunciar a continuar con el procedimiento una vez que se haya dictado la resolución. Si renuncia, perderá los derechos que le amparan.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
Servicio Zuzenean | Ciudad | Dirección |
---|---|---|
Bizkaia | Bilbao | c/ Gran Vía, nº 85 |
Gipuzkoa | Donostia | c/ Andía, nº 13 |
Alava | Vitoria-Gasteiz | c/ Ramiro de Maeztu, nº 10 |
En los lugares que se recogen en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos.
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.