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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 3, martes 7 de enero de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
28

DECRETO 201/2019, de 17 de diciembre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A. – CADEM, y se modifican los estatutos sociales de la Sociedad Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A. – CADEM.

El Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía adoptó, con fecha 8 de octubre de 2019, el acuerdo de autorizar al Ente Vasco de la Energía la suscripción íntegra de la ampliación de capital que, por importe de 500.000 euros, acuerde la Junta de Accionistas de CADEM, S.A. y proceder a su desembolso una vez sea autorizada por el Gobierno Vasco.

El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

La Sociedad Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A. – CADEM tiene por objeto social cuanto se refiera al estudio, promoción y apoyo de las actuaciones orientadas a la conservación y ahorro energético y al desarrollo de nuevas energías realizando las actividades inherentes a estos fines y encomendándosele específicamente las siguientes funciones:

a) Impulsar las actuaciones tendentes a la conservación y ahorro de energía y a la cogeneración energética.

b) Promover y apoyar los proyectos de generación de energía hidroeléctrica y en general de todas las energías de carácter renovable. Asimismo, apoyará la utilización de los residuos en todas sus modalidades, excepto los procedentes de la fisión nuclear, con fines energéticos.

c) Estudiar el desarrollo de nuevas energías y participar en la realización de proyectos de esta naturaleza.

d) Fomentar la investigación tecnológica en el campo energético, así como en el de los bienes de equipo y servicios industriales relacionados con la energía.

e) Fomentar las investigaciones y aprovechamiento de los yacimientos minerales y otros recursos geológicos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y del Consejero de Hacienda y Economía, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 17 de diciembre de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1.– Se autoriza al Ente Vasco de la Energía la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A. – CADEM con quinientos mil (500.000,00) euros equivalente al 100% de la misma. Tras esta operación la participación del Ente Vasco de la Energía en la sociedad se mantendrá en el 100%.

Artículo 2.– Se autoriza a los/as representantes de las acciones titularidad del Ente Vasco de la Energía para prestar su conformidad a la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de la sociedad Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A. – CADEM como consecuencia de la ampliación de capital, que queda redactado del siguiente modo:

«El Capital Social se fija en la cantidad de seiscientos mil (600.000) euros.

Está representado por 1.500 acciones ordinarias y nominativas de cuatrocientos (400,00) euros de valor cada una, numeradas correlativamente del 1 al 1500, ambas inclusive, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas».

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de diciembre de 2019.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Hacienda y Economía,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.


Análisis documental