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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 202, miércoles 23 de octubre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4902

ORDEN de 15 de octubre de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se convoca el Premio Euskadi de Investigación 2019, con el fin de fomentar la actividad científica.

El Decreto 261/2017, de 5 de diciembre, regula el Premio Euskadi de Investigación, con el fin de fomentar la actividad científica.

Dicho Decreto, en su artículo 1.3 señala que el Premio Euskadi de Investigación será convocado anualmente por Orden de la Consejera de Educación. En dicha Orden constará el objeto de la misma, y el plazo de presentación de las candidaturas, que en ningún caso será inferior a un mes.

En base a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden convocar en su edición 2019, el «Premio Euskadi de Investigación», regulado por el Decreto 261/2017, de 5 de diciembre, en su modalidad de Ciencias Sociales y Humanidades.

Artículo 2.– Plazo de presentación de candidaturas.

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes natural a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 3.– Protección de datos.

De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, y con la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, los datos de carácter personal que consten en las solicitudes y documentación presentada en esta convocatoria serán tratados por la Dirección de Investigación, en su carácter de «responsable» de tratamiento de los datos. La finalidad de dicho tratamiento de datos personales será la gestión y resolución de la presente convocatoria. Finalidad basada en el interés público de las mismas y en la solicitud de participación en ellas.

Las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, así como la limitación u oposición a su tratamiento, enviando comunicación escrita en este sentido a la Dirección de Investigación, c/ Donostia-San Sebastian, 1 – 01010 Vitoria-Gasteiz.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la resolución de los premios objeto de convocatoria queda supeditada a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2020.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

En todo lo no previsto en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en el Decreto 261/2017, de 5 de diciembre, por el que se regula el Premio Euskadi de Investigación, con el fin de fomentar la actividad científica.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de octubre de 2019.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental