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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 135, miércoles 17 de julio de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
3466

DECRETO 98/2019, de 2 de julio, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de Suministro en red primaria a la comarca de las Encartaciones. Tramo 2.1: Derivación de Jarralta-Depósito de Avellaneda, en Sopuerta y Zalla.

El Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del proyecto de «Suministro en red primaria a la comarca de las Encartaciones. Tramo 2.1: Derivación de Jarralta-Depósito de Avellaneda», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 8 de mayo de 2018, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 104, de 31 de mayo de 2018, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2018, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado cinco alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El abastecimiento a la comarca de las Encartaciones está centralizado en cada municipio, obligando a gestionar captaciones y plantas potabilizadoras de pequeño tamaño; lo que conlleva importantes inconvenientes.

Por otra parte, el área metropolitana de Bilbao se abastece desde dos sistemas: el Sistema Zadorra, a través de agua tratada en la ETAP de Venta Alta, y el Sistema Ordunte, a través de agua tratada en la ETAP de Sollano (Zalla). Para aprovechar plenamente los recursos de ambos sistemas son precisas nuevas infraestructuras de conexión.

La ejecución de este proyecto responde a la necesidad de garantizar a los municipios encartados el abastecimiento en cantidad y calidad desde la ETAP de Venta Alta y evitar así su dependencia de un elevado número de recursos de escasa producción que impide realizar un control exhaustivo de estos.

Asimismo, su ejecución es necesaria para permitir la interconexión de los sistemas procedentes de Ordunte y del Zadorra, disminuyendo la posibilidad de afecciones que impliquen falta de suministro a la totalidad de la población servida desde la ETAP de Venta Alta, esto es todo el Bilbao Metropolitano.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 2 de julio de 2019,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del proyecto de «Suministro en red primaria a la comarca de las Encartaciones. Tramo 2.1: Derivación de Jarralta-Depósito de Avellaneda».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 2 de julio de 2019.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental