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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 57, viernes 22 de marzo de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
1488

RESOLUCIÓN de 11 de marzo, del Delegado Territorial de Bizkaia, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de «Reforma de la subestación transformadora de 220/132/30 kV ST Abadiano», en el término municipal de Abadiño.

Servicio: Energía.

Referencia: IFT/YMM.

Expediente: AT-Y-2018-117.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 18 de octubre de 2018, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao, avenida San Adrián n.º 48, solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la Reforma de la Subestación Transformadora de 220//132/30 kV denominada ST Abadiano, en el término municipal de Abadiño, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por la Ingeniero Industrial Dña. M.ª Eugenia Dorrosoro Paulis, según declaración de competencia de fecha 4 de octubre de 2018.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco (BOPV de 23-12-2002) y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOPV con fecha 25 de enero de 2019 y en el BOB con fecha 29 de enero de 2019.

Tres.– Con fecha 21 de enero de 2019 se remitió oficio al Ayuntamiento de Abadiño, a fin de que procediese a la exposición del anuncio relativo a la actuación solicitada en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe a dicho Ayuntamiento, para que presten su conformidad u oposición a la autorización solicitada, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno.

Cuatro.– Cumpliendo los trámites reglamentarios, Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., ha aceptado los condicionados de los diferentes organismos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002 de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

Dos.– Visto el Informe de la Delegación Territorial de Bizkaia, de fecha 8 de marzo de 2018.

Tres.– La Resolución se dicta por el Delegado Territorial de Bizkaia, por delegación del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, de conformidad con la Resolución de 16 de marzo de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se delega en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias en el área de energía, administración de industria y seguridad industrial.

RESUELVE:

Autorizar a Iberdrola Distribución eléctrica, S.A.U. la instalación y aprobar el Proyecto de «Reforma de la Subestación Transformadora de 220/132/3030 kV, denominada ST Abadiano» en el término municipal de Abadiño, cuyas características principales son:

Sistema de 220 kV:

Sustitución del transformador AT2 existente, 220/132 kV y 170 MVA, por otro de 225 MVA.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Directora de Servicios en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de los establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Bilbao, a 11 de marzo de 2019.

El Delegado Territorial de Bizkaia,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental