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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 39, lunes 25 de febrero de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
1001

ORDEN de 18 de febrero de 2019, de la Consejera de Seguridad, de modificación de la Relación de Puestos de trabajo de la Ertzaintza.

La Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprobó la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza, ha sido modificada en diversas ocasiones para la adecuación de los puestos de trabajo, a los diferentes cambios de estructura.

Las Órdenes de 12 de marzo de 2015 (BOPV n.º 54, de 20-03-2015) y 6 de noviembre de 2015 (BOPV n.º 218, de 16-11-2015), ambas de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza, supusieron la consolidación de la estructura de la Ertzaintza, conforme a las directrices marcadas en el Plan estratégico Horizonte – 2016.

Posteriormente las Ordenes de 30 de marzo de 2017 (BOPV n.º 69, de 07-04-2017), de 26 de diciembre de 2017 (BOPV n.º 2, de 03-01-2018), de 7 de marzo de 2018 (BOPV n.º 53, de 15-03-2018) y de 11 de octubre de 2018 (BOPV n.º 202, de 19.10.2018) han introducido algunos cambios para readecuar la estructura de puestos a las demandas que han ido surgiendo.

La presente Orden introduce una serie de modificaciones en la estructura de puestos de trabajo de la Ertzaintza que permitirán una mejor gestión de sus recursos humanos y materiales, en concreto:

– En la Unidad de CMC-Central, los puestos del Servicio de Apoyo a la Dirección de Atención de Emergencias (SADAE), al objeto de conseguir una mayor homogeneidad en sus procedimientos y protocolos de actuación, así como, una estructura de mando completa, con menor dotación de personal, se ubican en la localidad de Bilbao, lo que exigirá una situación transitoria que permita mantener los servicios en Gipuzkoa y Araba, hasta que se provean los puestos de trabajo en Bilbao.

– La Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa, actualmente con sedes en los destinos de Oiartzun y Bergara, modifica el destino de Bergara a Zumárraga, como consecuencia de la realización de una nueva infraestructura viaria que se pondrá en marcha en el primer semestre del año 2019, lo que exigirá una situación transitoria que permita mantener los servicios, hasta que finalice la citada infraestructura viaria.

– El puesto con Código 20711 (APP), pasa a la Unidad de Secretaria General con sus 5 dotaciones, que se encuadraran dentro del nuevo Grupo de Coordinación Policial, que se encargará del intercambio de la información policial, tanto entre las distintas Unidades de la Ertzaintza, así como entre estas y otras policías.

– Se modifican de manera sustancial los requisitos de titulación, para acceder a los puestos de trabajo de la Unidad de Vigilancia y Rescate, que se reestructuran en 3 secciones (Aeronáutica, Montaña y Medio acuático), posibilitando un doble requisito (especialidad o titulación) en los puestos de la sección Aeronáutica que permitirán su provisión.

– Como consecuencia de la previsión de proveer los puestos de trabajo vacantes en el año 2019, se procede a redimensionar las distintas unidades de la Ertzaintza, para ajustarlas a la evolución de las necesidades de la organización, además de otras modificaciones puntuales que resulten necesarias para corregir disfunciones que el transcurso del tiempo produce en cualquier organización policial.

En su virtud, habiendo emitido informe la Viceconsejería de Política Lingüística y el Consejo de la Ertzaintza y previa negociación en la Mesa de negociación de la Ertzaintza de las materias recogidas en el artículo 103 de la Ley de Policía del País Vasco,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se suprimen los puestos de trabajo o, en su caso, las dotaciones que se relacionan en el Anexo I.

Artículo 2.– Se crean los puestos de trabajo y, en su caso, las dotaciones que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.– Se aprueban las modificaciones a la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza que se citan en el Anexo III.

Artículo 4.– Se asigna fecha de preceptividad del perfil lingüístico a las dotaciones que se relacionan en el Anexo IV.

Artículo 5.– Se contiene la relación integra de los puestos de trabajo de la Ertzaintza resultante de todas las modificaciones realizadas hasta la actual, en el Anexo V.

Artículo 6.– Quienes ocupan dotaciones de puestos de trabajo en la Unidad de CMC Central que resultan modificadas, en virtud de lo establecido en el artículo 3 de la presente Orden, en dotaciones de puestos de trabajo de CMC Territorial, seguirán ocupando sus destinos actuales hasta la Resolución de la primera convocatoria de provisión de puestos de trabajo que tenga lugar, a partir de la fecha en que surta efectos la presente Orden.

Artículo 7.– El traslado de los puestos de la Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa que actualmente tienen su sede en la localidad de Bergara y, en virtud de las modificaciones que aprueba el artículo 3 de la presente Orden, pasan a tenerla en Zumarraga, se hará efectivo en el momento que finalicen las obras de readecuación que se están realizando en Zumárraga.

Artículo 8.– Quienes están adscritos con carácter definitivo a puestos de trabajo de la Unidad de Vigilancia y Rescate, y, en la fecha en que surta efectos esta orden se exija requisito de titulación o resulte modificada la titulación anteriormente exigida para proveer dichos puestos, podrán permanecer adscritos con carácter definitivo en dichos puestos hasta la acreditación de tales titulaciones ante la Dirección de Recursos Humanos, en el plazo máximo de diez años, a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden.

Su no acreditación ante la citada Dirección en dicho plazo podrá llevar aparejada la remoción o el cese del funcionario o funcionaria en la forma prevista en el Decreto 388/1998 de 22 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra la presente Orden, la cual pone fin a la vía administrativa, podrá, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el interesado su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2019.

La Consejera de Seguridad,

ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ.

ANEXO I
SUPRESIÓN DE PUESTOS O DOTACIONES
(Véase el .PDF)
ANEXO II
CREACIÓN DE PUESTOS O DOTACIONES
(Véase el .PDF)
ANEXO III
MODIFICACIONES
(Véase el .PDF)
ANEXO IV
ASIGNACIÓN FECHA DE PRECEPTIVIDAD DEL PERFIL LINGUISTICO
(Véase el .PDF)
ANEXO V
RELACIÓN INTEGRA DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA ERTZAINTZA
(Véase el .PDF)

Análisis documental