Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 21, miércoles 30 de enero de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
497

ORDEN de 19 de noviembre de 2018, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la Fundación «Ziur Fundazioa».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Ziur Fundazioa», de San Sebastián, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 17 de julio de 2018 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Ziur Fundazioa», fundada por la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de San Sebastián. Se le otorga a la escritura pública de constitución el carácter de carta fundacional, para que puedan adherirse otros fundadores en el plazo de dos años. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Segundo.– El Registro de Fundaciones requirió el 17 de julio de 2018 la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, teniendo entrada el 15 de noviembre en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno la documentación solicitada.

Tercero.– La Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 19 de octubre de 2018 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación.

Cuarto.– En virtud de lo previsto en el artículo 3.1 de sus estatutos, "la Fundación tiene por objeto reforzar las capacidades del Territorio Histórico de Gipuzkoa en materia de fabricación avanzada, en particular en materia de ciberseguridad industrial, impulsar el desarrollo del sector tecnológico y reforzar la competitividad y posicionamiento internacional de las empresas de Gipuzkoa, especialmente las del sector industrial. Específicamente:

a) Impulsar la generación de conocimiento en el ámbito de la ciberseguridad.

b) Sensibilizar y formar a los agentes, empresas e industrias.

c) Difundir y hacer accesibles a las empresas la implantación de prácticas relacionadas con la ciberseguridad.

d) Ofrecer herramientas de prevención e intervención."

Quinto.– Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en el Edificio Urola, Planta 1, en el Polígono Zuatzu de San Sebastián, desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, sin perjuicio de poder extenderlas al resto de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sexto.– La dotación fundacional inicial asciende a la cantidad de 30.000 euros, siendo aportados 28.500 euros por la Diputación Foral de Gipuzkoa y 1.500 euros por el Ayuntamiento de San Sebastián. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

Séptimo.– El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con una vigencia en el cargo indefinida para los miembros natos y de cuatro años para los demás miembros:

– Presidenta: doña Ainhoa Aizpuru Murua. Diputada Foral del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial, de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (Miembro nato).

– Vicepresidente: don Jose Enrique Corchón Álvarez. Director General de Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (Miembro nato).

– Secretario: don Garikoitz Agote Alberro. Director General de Promoción Económica. (Designado por la Diputación Foral de Gipuzkoa).

– Vocal: doña Maite Barruetabeña Zenekorta. Directora General de Régimen Jurídico y Función Pública de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (Miembro nato).

– Vocal: don Denis Itxaso González. Diputado Foral del Departamento de Cultura, Turismo, Juventud y Deportes. (Designado por la Diputación Foral de Gipuzkoa).

– Vocal: don José Ignacio Asensio Bazterra. Diputado Foral del Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas. (Designado por la Diputación Foral de Gipuzkoa).

– Vocal: don Eneko Goia Laso. Alcalde de San Sebastián. (Designado por el Ayuntamiento de San Sebastián).

Todos las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos señalados en los artículos 7 a 12 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y 36 a 39 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la constitución de la Fundación a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistas las normas mencionadas y demás normas de general y pertinente aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con esta fecha y bajo el número de registro: F-436, la constitución de la Fundación «Ziur Fundazioa», de San Sebastián, así como la composición inicial del Patronato, integrado por los miembros que figuran en el antecedente de hecho séptimo, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 10 de julio de 2018, ante el notario don Martín Gabarain Astorqui (n.º de protocolo: 868), subsanada mediante diligencia extendida por el citado notario el 12 de noviembre de 2018.

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de noviembre de 2018.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental