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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, jueves 17 de enero de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
257

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2019, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Acuerdo de Prórroga del Convenio Colectivo de la empresa Euskaltel, S.A. para el año 2019 (código del convenio colectivo núm. 86002612012007).

ANTECEDENTES

Primero.– El día 13 de diciembre de 2018 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida a la prórroga del convenio antes citado, por los representantes de la Comisión Negociadora.

Segundo.– Se ha nombrado a los firmantes del citado convenio colectivo, en el Acta de firma, la persona que ha de proceder a la tramitación del depósito, registro y publicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29-03-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 9.1.i) del Decreto 84/2017, de 11 de abril (BOPV de 21-04-2017) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Trabajo, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de 15-02-2011) y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE de 12-06-2010) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo.– La prórroga del convenio ha sido suscrita de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de enero de 2019.

La Directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA EUSKALTEL S.A. (2014-2018)

En Derio, a 26 de noviembre de 2018.

Reunidos:

Por la Dirección de la empresa:

Dña. Nuria Fresco, Directora de RR.HH., Organización, y Calidad.

Por la Representación Legal de los Trabajadores:

Javier Del Blanco Casado, Presidente del Comité de Empresa de Euskaltel.

Orden del día:

– Prórroga del III Convenio Colectivo de Euskaltel, S.A.

En Bilbao, a 26 de noviembre de 2018 siendo las 14:00 horas, reunidos, de una parte y de la otra, las personas relacionadas al margen, en su calidad de miembros de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de la Empresa Euskaltel, S.A., reuniendo los requisitos de legitimación requeridos por la legislación laboral vigente (artículo 87.1 ET), han alcanzado los siguientes acuerdos:

Primero.– No denunciar en el plazo establecido al efecto en el artículo 4 del Tercer Convenio Colectivo de la Empresa Euskaltel, S.A. (BOPV n.º 33, de fecha 16-02-2016) cuya vigencia concluye el 31 de diciembre de 2018 y prorrogarlo por un año más, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Segundo.– Acordar para dicho ejercicio 2019 un incremento general de un 1% + hasta el 2% adicional condicionado al resultado del EBITDA del año 2018 aplicado según la siguiente escala:

(Véase el .PDF)

Los tramos entre los valores de logro de la escala se aplicarán de manera proporcional.

El incremento resultante se aplicará a todos los conceptos salariales.

Si el IPC de la CAPV del 2018 es superior al resultado de la suma total del incremento fijo pactado del 1% y del porcentaje obtenido que resulte de la aplicación de la tabla anterior se aplicará el IPC de la CAPV.

La dirección de la Compañía podrá reconocer situaciones especiales con subidas superiores a la marcada como incremento general.

Tercero.– Delegación de la Comisión Negociadora en el firmante de la solicitud de inscripción.

Las partes autorizan a Tomas Arrieta Heras, Presidente del CRL, para realizar todos los trámites necesarios para la inscripción, registro y publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sin más asuntos que tratar, se firma por los presentes en prueba de conformidad.


Análisis documental