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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 10, martes 15 de enero de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
209

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2019, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a intervenciones de acción humanitaria.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo ha elaborado un proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a intervenciones de acción humanitaria, que ha de tramitarse conforme determina la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

Para ello, en cumplimiento de dicha regulación legal, el Lehendakari dictó, con fecha 12 de diciembre de 2018, el Decreto 18/2018 que dio inicio al procedimiento de elaboración y tramitación del proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a intervenciones de acción humanitaria y, posteriormente, el Decreto 20/2018, de 14 de diciembre, de aprobación previa de dicho proyecto normativo, una vez redactado el texto articulado.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de la citada Ley 8/2003, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de las ciudadanas y ciudadanos y aquellas otras cuya naturaleza lo aconseje se someterán a información pública.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo

RESUELVO:

Primero.– Someter a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a intervenciones de acción humanitaria, por un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– El contenido del proyecto estará disponible en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo sita en la calle Navarra, n.º 2 de Vitoria-Gasteiz y en el portal de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (www.elankidetza.euskadi.eus).

Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas y tienen que ir dirigidas a la citada Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de enero de 2019.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental