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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, lunes 12 de noviembre de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
5550

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 272/2018.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 272/2018.

Demandante: Consorcio de Compensacion de Seguros.

Abogado/a: Abogado del Estado.

Procurador/a.

Demandado/a: Zurich Insurance PCL sucursal en España, Maria Vanesa Garcia.

Berrio, Miguel Garcia Alunda y AXA Seguros Generales S.A.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado el 23-10-2018 sentencia, en la que es la siguiente:

SENTENCIA N.º 226/18

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: 23 de octubre de 2018.

Parte demandante: Consorcio de Compensacion de Seguros.

Abogado/a: Abogado del Estado.

Procurador/a.

Parte demandada: Zurich Insurance PCL Sucursal en España (1), Maria Vanesa Garcia Berrio, Miguel Garcia Alunda y AXA Seguros Generales S.A. (2).

Abogado/a: Maria Jose Murua Etxeberria (1), Federico Saracibar Serradilla (2).

Procurador/a: Isabel Gomez Perez de Mendiola (1).

Objeto del juicio: responsabilidad civil.

Vistos los presentes autos de Juicio Verbal n.º 272/18, sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Letrado Sr. Jiménez, contra «Axa Seguros, S.A.», asistida y representada por el Letrado Sr. Ibañez de Garayo, contra la aseguradora «Zurich», representada por la Procuradora Sra. Gómez y asistida por la Letrada Sra. Murua y, contra D. Miguel García Alunda y D.ª M.ª Vanessa García Berrio, ambos, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

1.– Estimo la demanda de reclamación de cantidad, interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Letrado Sr. Jiménez, contra «Axa Seguros, S.A.», asistida y representada por el Letrado Sr. Ibañez de Garayo, y contra la aseguradora «Zurich», representada por la Procuradora Sra. Gómez y asistida por la Letrada Sra. Murua, y en consecuencia,

Condeno solidariamente a la compañía aseguradora «Axa Seguros, S.A.», y a la aseguradora «Zurich», a abonar al Consorcio de Compensación de Seguros, la cantidad de 959,69 euros, más el interés legal incrementado en el 25%, devengado; 1.º, por la cantidad consignada y entregada de 959,69 euros, desde el pasado 13 de abril de 2016 hasta el 16 de abril de 2018, y 2.º, sobre la cantidad de condena de 959,69 euros, desde el pasado 13 de abril de 2016 hasta su completo pago.

Todo ello, con expresa condena formal en costas a estas aseguradoras respecto de las causadas a la actora.

2.– Desestimo la demanda de reclamación de cantidad, interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra D. Miguel García Alunda y D.ª M.ª Vanessa García Berrio, ambos, en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,

Absuelvo a los mismos de todos los pedimentos solicitados en su contra en este procedimiento.

Todo ello, con expresa condena formal a la demandante en las costas en su caso generadas a estos demandados de este procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la misma no cabe interponer recurso alguno de conformidad a lo dispuesto en el artículo 455.1 in fine de la LEC.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación:

dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado(a) que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a veintitrés de octubre de dos mil dieciocho.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Miguel Garcia Alunda y e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución no cabe recurso.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de octubre de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental