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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 151, martes 7 de agosto de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
4125

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 191/2017 seguido sobre reclamación de cantidad.

UPAD de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Irun.

Juicio: juicio verbal 191/2017.

Demandante: Centro de Rehabilitacion Prim C.B.

Abogado/a: Josu Iñigo Lobato Gauna.

Procurador/a: Ana Maria Lamsfus Mindeguia.

Demandado/a: Redouane Chabane Lazizi.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 05-06-2018 sentencia, en la que el fallo es como sigue:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Ana María Lamsfús Mindeguía, en nombre y representación de Centro de Rehabilitación Prim C.B. contra don Redouane Chabane Lazizi (NIE n.º X6814372R), debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.205 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Redouane Chabane Lazizi y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 22 de junio de 2018.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental