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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 141, lunes 23 de julio de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
3794

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 672/2017 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Donostia-San Sebastián.

Juicio: procedimiento ordinario 672/2017.

Demandante: Axa Seguros Generales, S.A.

Abogado/a: Jose Miguel Camara De Domingo.

Procurador/a: Pablo Jimenez Gomez.

Demandado/a: Pedro Usabiaga, S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 07-06-2018 Sentencia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada rebelde Pedro Usabiaga S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número ES55 0049 4569 9200 0500 1274 0699 0000 00 067217, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En San Sebastián, a 7 de junio de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental