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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 130, viernes 6 de julio de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 DE BERGARA
3530

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 209/2017 seguido sobre modificación de medidas definitivas.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Bergara.

Juicio: modificación medidas definitivas 209/2017.

Demandante: Jose Luis Alcaide Ots.

Abogado/a: Ana Mozos Mugica.

Procurador/a: Nerea Ariño Delgado.

Demandado/a: Yuleimi Bermudez Morales.

Sobre: modificación medidas definitivas.

En el referido juicio se ha dictado el 16-02-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

DISPONGO:

Estimar sustancialmente la demanda de modificación de medidas formulada por la representación de José Luís Alcaide Ots frente a Yuleimi Bermúdez Morales y, en su virtud:

1.– Se atribuye al padre la guarda y custodia exclusiva sobre la hija XXXXX.

2.– Se deja en suspenso el régimen de comunicación y visitas de la madre.

3.– Se fija el domicilio familiar en la C/ Ibargarai n.º 50-1.º de Bergara.

4.– Se fija una pensión de alimentos a cargo de la madre y en beneficio de la hija en común de 100 euros/mes, que se incrementará con el IPC cada año.

5.– Se mantienen el resto de medidas que seas compatibles con lo anterior y fijadas en la Sentencia de Divorcio n.º 302-15 de este Juzgado.

6.– No ha lugar a la imposición de costas.

Frente a la presente Resolución cabe recurso de apelación dentro de los 20 días siguientes a su notificación, para su conocimiento por la Ilma. Audiencia Provincial, conforme a lo prevenido en los artículos 455 y siguientes de la LEC.

Así lo acuerda, manda y firma el que suscribe, Hugo Calzón Mahía.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Yuleimi Bermudez Morales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bergara (Gipuzkoa), a 19 de febrero de 2018.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental