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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 129, jueves 5 de julio de 2018


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3496

RESOLUCIÓN 572/2018, de 25 de mayo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 466/2018, de 20 de abril, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca la provisión, mediante concurso, de las Funciones de Jefe de Estudios de Formación Sanitaria Especializada de Personal Facultativo (MIR) de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución 466/2018, de 20 de abril, se procede a su corrección.

Donde dice:

«Resolución 466/2018, de 20 de abril, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca la provisión, mediante concurso, de las funciones de Jefe De Estudios de Formación Sanitaria Especializada de Personal Facultativo (Mir) de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces De Osakidetza-Servicio vasco de salud.»

Debe decir:

«Resolución 466/2018, de 20 De abril, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca la provisión, mediante concurso, de las funciones de Jefe de Estudios de Formación Sanitaria Especializada del Hospital Universitario Cruces (Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces) De Osakidetza-Servicio Vasco De Salud.»

Donde dice:

«1.– Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de las funciones de Jefatura de Estudios de formación sanitaria especializada de personal facultativo (MIR) de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, no asignadas específicamente a un puesto de trabajo. Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 34/2012, de 6 de marzo, se establece una dedicación mínima del 10% de la jornada laboral. El régimen de dedicación a las funciones de la Jefatura de Estudios objeto de la presente convocatoria será del 100% de su jornada laboral.»

Debe decir:

«1.– Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de las funciones de Jefatura de Estudios de formación sanitaria especializada del Hospital Universitario Cruces (Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces) no asignadas específicamente a un puesto de trabajo. Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 34/2012, de 6 de marzo, se establece una dedicación mínima del 10% de la jornada laboral. El régimen de dedicación a las funciones de la Jefatura de Estudios objeto de la presente convocatoria será del 100% de su jornada laboral.»

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2018.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.


Análisis documental