Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, martes 26 de junio de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
3296

RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2018, de la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, por la que se otorga a la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica.

Habiéndose recibido la solicitud de la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 de la Orden de 28 de septiembre de 1994, del Consejero de Sanidad (BOPV n.º 202, de 24 de octubre), de acreditación de los Comités Éticos de Investigación Clínica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Decreto 3/2005, de 11 de febrero, por el que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos y en el ejercicio de las funciones atribuidas por Decreto 80/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, corresponde a la Dirección de panificación, ordenación y Evaluación Sanitaria,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la renovación de la acreditación al Comité Ético de Investigación Clínica de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces.

Segundo.– Confirmar como miembros de dicho Comité a los siguientes:

– Presidente:

D. Manuel Zaballa Iñuiguez, Jefe de Sección del Servicio de Gastroenterología.

– Vicepresidente:

D. José Ignacio Pijoán Zubizarreta, Jefe de Sección de la Unidad de Epidemiología Clínica y Soporte Metodológico.

– Secretaria:

D.ª Amaia Martínez Galarza, Enfermera de la Unidad de Epidemiología Clínica y Soporte Metodológico.

– Vocales:

D.ª Iciar Alfonso Farnós, Farmacóloga Clínica del Departamento de Salud.

D. Francisco Javier Santamaría Sandi, Jefe de Sección del Servicio de Endocrinología.

D. Adolfo González Calles, Diplomado en Magisterio, Técnico en Gestión, dirección de gestión económico-financiera.

D. Mikel Latorre Guisasola, Jefe de Sección. Unidad de Calidad.

D.ª Pilar Bonachía Caballero, Licenciada en Derecho, Unidad de Personal.

D.ª Rita Sainz de Rozas Aparicio, Farmacéutica adjunta, atención primaria.

D. Francisco José Álvarez Díaz, Doctor en Ciencias Biológicas, unidad de investigación.

D.ª Elena Bereciartua Bastarrica, Médica Adjunta de la Unidad de Enfermedades Infecciosas.

D Fermín Labayen Beraza, Jefe de Servicio de UCI.

D. Unai Larrinaga Torróntegui. MIR Servicio de medicina preventiva y Salud Pública.

Tercero.– Teniendo en cuenta la distribución de los recursos sanitarios en el ámbito que a continuación se señala, así como la disponibilidad de medios adecuados en los distintos centros para la realización de los cometidos propios de los Comités Éticos de Investigación Clínica, se determina, como ámbito geográfico e institucional de actuación del comité de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, todos los estudios unicéntricos que se realicen en:

– Hospital Universitario Cruces, OSI Barakaldo-Sestao, Hospital de Gorliz y las OSIs de Uribe y de Ezkerraldea-Enkarterri.

– Todos los centros de titularidad privada radicados en el Área Sanitaria de Bizkaia.

– Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU).

– Red de salud mental de Bizkaia.

Cuarto.– El Comité habrá de remitir a la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, para su depósito y publicidad, los procedimientos de trabajo específicos que haya elaborado para su funcionamiento, así como la periodicidad de sus reuniones y el tiempo máximo de respuesta que haya convenido señalar.

Asimismo, requerirá para su tramitación, las comunicaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deba dirigir al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Quinto.– La acreditación objeto de la presente Resolución surtirá efectos, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco durante un período de tres años, a cuyo término podrá ser renovada, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, en los términos previstos en el artículo 6 de la orden de 28 de septiembre de 1994. La misma será comunicada al Ministerio de sanidad, Servicios Sociales e igualdad.

Sexto.– Contra esta resolución, que no agota vía administrativa, podrán los interesados formular recurso de alzada ante el Viceconsejero de Salud o la Directora de Planificación, ordenación y Evaluación Sanitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tiene lugar su publicación oficial.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de abril de 2018.

La Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria,

MIREN NEKANE MURGA EIZAGAECHEVARRIA.


Análisis documental