Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 84, jueves 3 de mayo de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2387

ORDEN de 25 de abril de 2018, de la Consejera de Educación, por la que se da publicidad a la composición de los Tribunales y Comisiones Baremadoras que han de actuar en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018, de la misma Consejera, para el ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como para la adquisición de nuevas especialidades por las funcionarias y funcionarios de carrera de los citados Cuerpos.

La base 5.1 de la Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación (BOPV, 27 de febrero de 2018), por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como para la adquisición de nuevas especialidades por las funcionarias y funcionarios de carrera de los citados Cuerpos, dispone que la selección de quienes participan en los procedimientos selectivos será realizada por los órganos de selección. Dichos órganos serán nombrados mediante Orden de la Consejera de Educación, de acuerdo a lo establecido en las bases 5.2.2 y 5.4 de la citada Orden de 26 de febrero de 2018.

Conforme a la mencionada base 5.2.2, la Consejera de Educación designa libremente al Presidente o Presidenta de los Tribunales y los/las cuatro vocales serán designados mediante sorteo entre los funcionarios y las funcionarias a que se refiere la misma, salvo aquellas especialidades en las que el número de titulares no permita la realización del mismo, en cuyo caso serán designados directamente por la Consejera de Educación. Si bien, también se han tomado en consideración las solicitudes presentadas para participar voluntariamente en los tribunales, en función de las condiciones previstas en la base 5.2.3 de la Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación.

En lo que respecta a las Comisiones baremadoras, el Presidente o Presidenta será un Inspector o Inspectora de Educación, por designación de la Consejera de Educación y los vocales serán designados mediante sorteo entre funcionarias o funcionarios de carrera en activo del cuerpo y especialidad o especialidades a las que corresponda la Comisión a la que pertenezcan.

El día 11 de abril de 2018 se llevó a cabo el sorteo para designar a los vocales de los Tribunales y de las Comisiones baremadoras, atendiendo al principio de especialidad y, siempre que fuera posible, al territorio histórico en el que tendrán su sede ambos órganos de selección.

En las especialidades de Asesoría y Procesos de Imagen Personal y Análisis y Química industrial, dado que no hay funcionarios de carrera suficientes en la Comunidad Autónoma del País Vasco para formar los Tribunales, en cumplimiento de lo previsto en el párrafo octavo de la base 5.2.2, se han completado con funcionarios propuestos por otra Administración educativa así como con funcionarios de otra especialidad, pudiéndose designar en este último caso, asesores especialistas.

Por consiguiente, realizadas las actuaciones reglamentarias para designar a las Presidentas y los Presidentes y a los vocales de los órganos de selección,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad en el Anexo I de la presente Orden a la composición de los Tribunales que han de actuar en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación, para el ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Dar publicidad en el Anexo II de la presente Orden a la composición de los Tribunales que han de actuar en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación, para la adquisición de nuevas especialidades.

Tercero.– Dar publicidad en el Anexo III de la presente Orden a la composición de las Comisiones Baremadoras que han de actuar en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación, para el ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Cuarto.– En caso de ser necesaria la sustitución de alguno de los miembros de los Tribunales o de las Comisiones Baremadoras, cada vocal titular será sustituido por la/el vocal suplente correspondiente según el orden en el que figuran en los anexos, y si no fuera posible, por la/el siguiente vocal suplente.

Quinto.– En las especialidades en las que el número de solicitudes presentadas haga necesaria la constitución de más de un Tribunal, se constituirán Comisiones de Selección para cada una de ellas.

Las Comisiones de Selección estarán formadas por las Presidentas o los Presidentes de los Tribunales de la especialidad en número no inferior a cinco y, si así no se llegara a ese número, por vocales de dichos Tribunales hasta completarla, en los términos previstos en la base 5.3 de la Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación.

En aquellas especialidades en las que se nombre un Tribunal único, éste actuará también como Comisión de Selección a todos los efectos.

Sexto.– Si en cualquiera de los/as miembros de los órganos de selección que figuran en los anexos de esta Orden, concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas del mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, notificándolo, con la debida justificación documental, al Director de Gestión de Personal.

El plazo para solicitar la abstención será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Orden.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los órganos de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptimo.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde esa misma fecha.

Vitoria-Gasteiz, a 25 de abril de 2018.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

ANEXO I
composición de los Tribunales
(Véase el .PDF)
ANEXO II
composición de los Tribunales para la adquisición de nuevas especialidades
(Véase el .PDF)
ANEXO III
composición de las Comisiones Baremadoras
(Véase el .PDF)

Análisis documental