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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 39, viernes 23 de febrero de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
985

DECRETO 18/2018, de 13 de febrero, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, entre las cuáles se encuentra el Decreto 105/2007, de 26 de junio, que modifica las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, derivadas del proceso de Análisis Funcionales.

Mediante Decreto 166/2015, de 8 de septiembre, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma, se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

En ejecución de varias sentencias dictadas por Juzgados de lo Social, estimatorias, total o parcialmente, de las demandas interpuestas por personal laboral temporal indefinido por ejecución de sentencia, contra Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, solicitando el derecho a encuadrarse en la categoría profesional de Administrativo/a con el correspondiente reflejo retributivo, se han emitido diversas Resoluciones administrativas por las cuáles se reconoce dicha categoría profesional y se procede a abonar las diferencias salariales que, en consecuencia, corresponden a cada una de las trabajadoras afectadas desde la fecha a la que se retrotraen las respectivas sentencias. Por otro lado, se reconocen sendos complementos personales transitorios en tanto en cuanto las trabajadoras permanecen adscritas a puestos de menor nivel que aquél que tienen reconocido por sentencia.

En concreto, Sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social de Bilbao, n.º 3 (Sentencia de 26 de septiembre de 2016, Autos n.º 321/216), n.º 5 (Sentencia de 21 de diciembre de 2016, Autos n.º 320/2016), n.º 9 (Sentencia de 24 de abril de 2015, Autos n.º 410/2014) y n.º 10 (Sentencias de 31 de octubre de 2016, Autos n.º 645/2015 y de 2 de mayo de 2017, Autos n.º 486/2016) y n.º 5 de Donostia (Sentencia de 27 de junio de 2016, Autos n.º 148/2016).

Las relaciones de puestos se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

La adecuada ejecución de las citadas Sentencias conlleva la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, según el procedimiento previsto al efecto, de forma que las trabajadoras ocupen realmente el puesto correspondiente a la categoría que les ha sido reconocida.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de febrero de 2018,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, que se contienen en el anexo al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 105/2007, de 26 de junio, de modificación del Decreto 226/1997, de 14 de octubre.

DIPOSICION FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

DIPOSICION FINAL Segunda.– Entrada en vigor.

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de febrero de 2018.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental