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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 37, miércoles 21 de febrero de 2018


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DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
939

ORDEN de 6 de febrero de 2018, del Consejero de Hacienda y Economía, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía, y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística, y Autoridad Vasca de la Competencia.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal tiene por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos de las personas físicas en lo que concierne al tratamiento de este tipo de datos. Esta Ley resulta de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de esos datos por los sectores público y privado.

El artículo 4 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, dispone que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco se realizará por orden del titular del departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco; todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999 y artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla dicha Ley.

El artículo 2 de Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 2/2004, establece que los entes públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos.

La Orden de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia se dictó con el propósito de regular en una única disposición todos los ficheros de datos de carácter personal bajo la dependencia de dicho departamento, incluyendo a sus organismos autónomos. La regulación se acomodaba así a la modificación de estructura derivada del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Con posterioridad, se publicó la Orden de 20 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se crean y suprimen ficheros de carácter personal y se modifica el Anexo I de la Orden de 28 de febrero de 2014, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia. Por su parte, la Orden de 19 de julio de 2016, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Fichero General de Socios de las Entidades de Previsión Social Voluntaria introdujo determinadas modificaciones en el fichero creado al efecto por la Orden de 20 de marzo de 2015.

El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, crea el actual Departamento de Hacienda y Economía, quedando conformado, en virtud de su Disposición Adicional Quinta, «por los órganos y unidades del extinto Departamento de Hacienda y Finanzas, excepción hecha de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Administración y Servicios Generales, salvo la Dirección de Patrimonio y Contratación». Ello implica que la Dirección de Recursos Generales y la Dirección de Informática y Telecomunicaciones han dejado de formar parte de la estructura del actual Departamento de Hacienda y Economía.

Atendiendo a las citadas modificaciones que se han producido en la estructura organizativa del departamento, se hace preciso establecer un nuevo marco regulador de los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Departamento, que agrupe en una única disposición exclusivamente los ficheros de datos de carácter personal bajo la dependencia del mismo, incluyendo los propios de los organismos autónomos adscritos; todo ello con la finalidad de contribuir a la claridad y seguridad jurídica, eliminando la dispersión normativa y acomodando la regulación a la modificación de estructura derivada del Decreto 24/2016, y del Decreto 168/2017, de 13 de junio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Economía.

Al mismo tiempo, surge la necesidad de crear y suprimir determinados ficheros y asimismo de acometer ciertas modificaciones en algunos ya existentes, en orden a un mejor cumplimiento y adecuación a los requisitos exigidos por el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollado por el artículo 54.1 del Real-Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley.

Por todo ello, al amparo del artículo 4 de la Ley 2/2004 y en ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.1 del Decreto 168/2017,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

Esta Orden tiene por objeto regular los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Hacienda y Economía, así como por los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.

Artículo 2.– Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el Anexo I, con los contenidos que se especifican en el mismo.

Artículo 3.– Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el Anexo II, estableciendo el destino que va a darse a los datos contenidos en dichos ficheros.

Artículo 4.– Modificación de ficheros.

Se modifican ficheros de datos de carácter personal en los aspectos que se especifican en el Anexo III.

Artículo 5.– Relación de ficheros.

Se relacionan en el Anexo IV los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Hacienda y Economía, así como por los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia, con adecuación a la nueva estructura departamental y especificando en concreto y para cada uno de ellos, los contenidos que requiere el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollado por el artículo 54.1 del Real-Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley.

Artículo 6.– Cesiones de datos.

1.– Sin perjuicio de las cesiones de datos que en relación con cada fichero, se prevén, los datos incluidos en los mismos podrán ser cedidos, en el ámbito de la Administración Pública, en orden al cumplimiento de las funciones encomendadas por el ordenamiento jurídico, para el ejercicio de competencias idénticas o que versen sobre las mismas materias.

2.– Asimismo, pueden ser cedidos a los órganos y servicios de estadística de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de otras Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

3.– De conformidad con el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, los datos referidos pueden ser cedidos al Defensor del Pueblo, al Ministerio Fiscal y a los Jueces y Tribunales y al Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones que tienen atribuidas.

Artículo 7.– Medidas de seguridad y gestión.

Las personas titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias para garantizar el uso de los ficheros de acuerdo a las finalidades para las que fueron creados y para la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999 y en sus normas de desarrollo.

Articulo 8.– Prestación de servicios de tratamiento de datos.

Quienes, por cuenta del Departamento de Hacienda y Economía o de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia, presten servicios de tratamiento de datos de carácter personal deben realizar las funciones encomendadas conforme a las instrucciones del responsable de su tratamiento, haciéndose constar esta obligación en el contrato que se realice a tal fin, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

La Dirección de Servicios del Departamento de Hacienda y Economía dará traslado a la Agencia Vasca de Protección de Datos de una copia de esta Orden, para que proceda en cada caso a la inscripción, modificación y supresión de los ficheros contenidos en la misma, mediante el procedimiento establecido al efecto.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor de la presente Orden, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma, en particular, Orden de 28 de febrero de 2014 del Consejero de Hacienda y Finanzas de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia y Orden de 20 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se crean y suprimen ficheros de carácter personal y se modifica el Anexo I de la Orden de 28 de febrero de 2014, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de febrero de 2018.

El Consejero de Hacienda y Economía,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

ANEXO I a la Orden del Consejero de Hacienda y Economía, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía, y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia

Ficheros de datos de carácter personal creados por la presente Orden:

– Fraccionamiento de pago en periodo voluntario

a) Finalidad y usos previstos:

Fraccionar o aplazar las deudas de derecho público de las personas deudoras de la Hacienda General del País Vasco, en periodo voluntario.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que solicitan pagar, de forma fraccionada, su deuda con la Administración de la CAE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Personas interesadas, mediante Formularios normalizados.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, firma, correo electrónico/fax, n.º de registro personal.

Datos económico-financieros y de seguros (EF).

Datos de infracciones (IN).

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

– Expedientes de revisión en materia de contratos públicos por el OARC/KEAO

a) Finalidad y usos previstos:

Comunicación con los operadores económicos interesados en el proceso de recurso especial y examen de los datos obrantes en los expedientes de contratación remitidos por los poderes adjudicadores al objeto de emitir la correspondiente resolución.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas empleadas de operadores económicos y poderes adjudicadores.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Personas interesadas y remisión de datos recabados por los poderes adjudicadores, mediante aportación de documentos y transmisión electrónica de datos.

d) Estructura Básica del Fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, teléfono, correo electrónico, y firma de representante legal del operador económico; DNI, nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico del empleado del poder adjudicador; DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono y correo electrónico y firma de personas recurrentes o alegantes.

Datos de Detalles de Empleo (DE).

Datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

A poderes adjudicadores y operadores económicos interesados (únicamente DNI y nombre del representante legal de los operadores económicos).

f) Responsable del Fichero:

Titular del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Órgano Administrativo de Recursos Contractuales

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

ANEXO II a la Orden del Consejero de Hacienda y Economía de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia

Ficheros de datos de carácter personal suprimidos por la presente Orden:

– Registro de Cajas de Ahorro y Fundaciones Bancarias de Euskadi

Los datos que contiene serán cancelados.

– Fichero de personas diplomadas en Mediación de Seguros

Los datos que contiene serán cancelados.

– Fondos FEDER

Los datos que contiene serán cancelados.

– Inventario de Sociedades públicas

Los datos que contiene han sido cancelados.

– Fondos Europeos

Los datos que contiene han sido cancelados.

ANEXO III a la Orden del Consejero de Hacienda y Economía, de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía, y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia

Ficheros de datos de carácter personal modificados por la presente Orden en los aspectos que se relacionan.

– Fichero General de personas socias de las EPSV

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que tengan la condición de socio o socia de una EPSV y en concreto con adhesión a un plan de previsión, así como personas beneficiarias de los mismos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: altas y bajas de socios y socias, así como beneficiarios y beneficiarias de prestaciones, remitidos por las Entidades de Previsión Social Voluntaria y bajas por fallecimiento remitidas tanto de las mismas entidades como de los registros y ficheros en que este prevista legalmente la cesión de esos datos.

La propia persona interesada o su representante legal en caso de solicitantes de información.

Procedimiento de recogida: formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI de la persona socia, DNI de la persona beneficiaria de prestaciones, DNI y certificado digital de la persona solicitante de información.

Datos económico-financieros.

– Expedientes de contratación

a) Finalidad del fichero:

Gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación (Comisión Central de Contratación).

Formación a usuarios de administraciones y empresas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Licitadores y sus representantes o personas apoderadas, así como vocales de la mesa de contratación y personal a subrogar en los diferentes contratos de servicios.

Usuarios de las aplicaciones por parte de los poderes adjudicadores.

Personal de administraciones y empresas que reciben formación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: la persona interesada o su representante legal, otras administraciones, juzgados, empresas y administraciones para el colectivo a subrogar.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica; Otros: documentación aportada.

ANEXO IV a la Orden del Consejero de Hacienda y Economía de ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia. Relación de ficheros

Relación actual de todos los ficheros que tratan datos de carácter personal del Departamento de Hacienda y Economía y de los organismos autónomos Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística y Autoridad Vasca de la Competencia.

A) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
1.– DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN
1.1.– Distribución de publicaciones de Economía

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de la distribución de publicaciones de Economía a personas suscriptoras y entidades interesadas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas receptoras de información económica y publicaciones y personal colaborador de estas publicaciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, Fuentes de acceso público (listados profesionales).

Procedimiento de recogida: formularios o cupones, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax.

Datos de detalle de empleo.

Datos comerciales.

Datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Economía y Planificación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Economía y Planificación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

1.2.– Personas colaboradoras de publicaciones de Economía

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de pagos de personas colaboradoras de publicaciones de Economía.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas colaboradoras de las publicaciones.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: formularios, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono y fax, email.

Datos académicos y personales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Economía y Planificación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Economía y Planificación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

1.3.– Divulgación de iniciativas en materia económica

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de iniciativas que tienen por objeto la divulgación de actividades y proyectos relacionados con la actividad económica de la CAPV, así como el fomento de la participación ciudadana en estas materias.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Ciudadanía en general.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica de datos, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, DNI, Nick o alias, correo electrónico, material gráfico.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Economía y Planificación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Economía y Planificación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

1.4.– Mapa de conocimiento de trabajos de investigación en economía de la CAE

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de trabajos de investigación e investigadores en economía de la CAE.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Investigadores en economía en la CAE.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: internet, instituciones y departamentos de investigación.

Procedimiento de recogida: soporte papel, vía telemática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico.

Datos de características personales.

Datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Economía y Planificación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Economía y Planificación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

2.– DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS
2.1.– Capítulo I del Presupuesto

a) Finalidad y usos previstos:

Preparación y confección del presupuesto del Capítulo I, relativo a Gastos de Personal.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal adscrito a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Presupuestos.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Presupuestos

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

3.– OFICINA DE CONTROL ECONÓMICO
3.1.– Endosos

a) Finalidad y usos previstos:

Facilitar las cesiones de créditos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Aquellos que presentan los documentos especificados.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: documentos aportados.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, firma, imagen.

Datos de características personales.

Datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Oficina de Control Económico.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Oficina de Control Económico

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

3.2.– Sistema de información y gestión económica y contable

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar contablemente los derechos reconocidos, activos financieros, ingresos, compromisos de gastos, obligaciones de pago y pagos realizados a terceros, así como realizar los pagos y cumplir con las obligaciones tributarias de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas deudoras o acreedoras de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: formularios, aplicación informática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, firma y teléfono.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

Datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

A Haciendas Forales y Agencia Estatal Tributaria.

f) Órgano responsable del fichero:

Oficina de Control Económico.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Oficina de Control Económico

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

3.3.– Intervención de nóminas de Osakidetza

a) Finalidad y usos previstos:

Intervención, control y emisión de informes de legalidad referentes a nombramientos y retribuciones de personas empleadas de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal empleado de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: otras administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, número de registro personal.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalles de empleo.

Datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

Osakidetza.

Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

Parlamento Vasco.

f) Órgano responsable del fichero:

Oficina de Control Económico.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Oficina de Control Económico

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

3.4.– Intervención de adjudicatarios de Osakidetza

a) Finalidad y usos previstos:

Intervención y control de legalidad de expedientes de licitación y contratación de Osakidetza.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que forman parte del expediente de contratación de Osakidetza.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: otras administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica de datos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección postal/ electrónica, firma.

Características personales.

Información comercial.

Transacciones.

e) Cesiones de datos:

Osakidetza, Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, Parlamento Vasco.

f) Órgano responsable del fichero:

Oficina de Control Económico.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Oficina de Control Económico

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

4.– DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
4.1.– Distribución de publicaciones del Órgano de Coordinación Tributaria de Euskadi

a) Finalidad y usos previstos:

Distribución de publicaciones del Órgano de Coordinación Tributaria de Euskadi: revista ZERGAK, Informe Anual Integrado de la Hacienda Vasca y otras puntuales.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas suscriptoras y colaboradoras de la revista ZERGAK, así como receptoras del Informe Anual Integrado de la Hacienda Vasca.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, Administraciones Públicas, Fuentes de acceso público (medios de comunicación).

Procedimiento de recogida: formularios, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y fax.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Administración Tributaria.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Administración Tributaria

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

4.2.– Gestión de Documentación del Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi y de la Junta Arbitral del Concierto Económico

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y gestión de la documentación relativa al procedimiento económico administrativo; al procedimiento de la Junta Arbitral del Concierto Económico; control de entradas y salidas de documentos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que interponen reclamaciones ante el Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi, ante la Junta Arbitral del Concierto Económico y órganos administrativos remitentes de expedientes y documentos en general.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, Administraciones Públicas ( Diputaciones forales y Agencia Estatal de Administración Tributaria).

Procedimiento de recogida: formularios de reclamaciones, documentos presentados por la persona interesada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y fax.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

Agencia Estatal de Administración Tributaria.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Administración Tributaria.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Administración Tributaria

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.– DIRECCIÓN DE POLÍTICA FINANCIERA
5.1.– Registro de personas mediadoras de seguros

a) Finalidad y usos previstos:

Inscripción de personas mediadoras de seguros, corredoras de reaseguros y sus altos cargos, que realizan la actividad mercantil en seguros privados.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas solicitantes de inscripción administrativa con ámbito de actuación limitado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas Interesadas.

Procedimiento de recogida: formularios, aportación de documentación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono, DNI, correo electrónico, fax, firma, número de registro personal (clave de inscripción autonómica).

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

A colegios de mediación de seguros.

Ministerio competente en materia de seguros.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.2.– Fraccionamiento de pago en periodo voluntario

(ver Anexo I)

5.3.– Recursos a la vía de apremio

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y tramitación de recursos que se plantean en vía de apremio por sanciones de tráfico.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Recurrentes en procedimientos de apremio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, Administraciones Públicas (Tráfico).

Procedimiento de recogida: escritos de interposición de los recursos y expedientes sancionadores.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, dirección, número de registro personal.

e) Cesiones de datos:

A la Agencia Estatal Tributaria.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.4.– Avales, consignaciones y fianzas

a) Finalidad y usos previstos:

Registrar y gestionar los avales y fianzas depositados.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que depositan avales o fianzas en la Administración Vasca.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: encuestas o entrevistas, avales.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

A juzgados y tribunales.

A Administración local (Diputaciones y Ayuntamientos).

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.5.– Registro de EPSV (Entidades de Previsión Social Voluntaria)

a) Finalidad y usos previstos:

Relación nominal de representantes y responsables de las EPSVs.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Representantes o responsables de la gestión de EPSV.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono.

Datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.6.– Vía de apremio

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar los cobros en vía de apremio.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que llegan a la vía de apremio.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: otros: aplicación informática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

A Haciendas Forales y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Sociedades públicas participadas para el seguimiento de sus propios expedientes.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.7 Fichero General de personas socias de EPSVs

a) Finalidad y usos previstos:

Tener conocimiento de todos los socios en aras a estar en condición de informar a los posibles beneficiarios de la condición de socio o de una EPSV de una persona fallecida.

Poder comunicar a las EPSV, cuando así lo soliciten, de los socios ya fallecidos, para evitar pago de prestaciones que no corresponden.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas físicas que tengan la condición de socio o socia de una EPSV y en concreto con adhesión a un plan de previsión, así como personas beneficiarias de los mismos.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: altas y bajas de socios y socias, así como beneficiarios y beneficiarias de prestaciones, remitidos por las EPSV y bajas por fallecimiento remitidas tanto de las mismas entidades como de los registros y ficheros en que este prevista legalmente la cesión de esos datos.

La propia persona interesada o su representante legal en caso de solicitantes de información.

Procedimiento de recogida: formularios.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: DNI de la persona socia, DNI de la persona beneficiaria de prestaciones, DNI y certificado digital de la persona solicitante de información.

Datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

Personas interesadas posibles beneficiarias y EPSV.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.8.– Registro General de bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar los bienes y derechos recibidos en pago de deudas tributarias.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que suministran bienes y derechos en pago de deudas tributarias, así como las personas que los adquieren.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: administraciones públicas (diputaciones forales).

Procedimiento de recogida: otros: aplicación informática.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de información comercial.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

A Haciendas Forales.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Política Financiera.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Política Financiera

c) Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

6.– DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN
6.1.– Registro Oficial de Contratistas

a) Finalidad y usos previstos:

Facilitar la concurrencia de licitadores y agilizar la tramitación de los expedientes de contratación pública.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas apoderadas de empresas que contratan con el sector público.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: formularios, transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono y fax, firma, firma electrónica.

Datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

6.2.– Registro de Contratos

a) Finalidad y usos previstos:

Hacer pública la información de los contratos públicos.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas que contratan con el sector público.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: administraciones públicas.

Procedimiento de recogida, transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF.

Datos de carácter personal: nacionalidad.

e) Cesiones de datos:

Ministerio de competente en materia de Economía y Hacienda.

Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

Parlamento Vasco.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

6.3.– Clasificación de empresas

a) Finalidad y usos previstos:

Análisis de la solvencia técnica, profesional y económico-financiera de las empresas, otorgándoles una determinada clasificación como contratista para contratar obras o servicios con la Administración, fijando las actividades contratables y su límite económico.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas apoderadas de empresas que contratan con el sector público.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas, administraciones públicas.

Procedimiento de recogida: formularios, transmisión electrónica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono y fax.

Datos de detalle de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

6.4.– Inventario de bienes inmuebles

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar los bienes inmuebles en régimen de propiedad, alquiler y otros derechos que regenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas propietarias de los inmuebles que la Administración posee en régimen de alquiler u otros títulos que no sean la propiedad del inmueble, así como personas arrendatarias de inmuebles de la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas interesadas.

Procedimiento de recogida: encuestas o entrevistas, otros: documentación aportada y contratos suscritos.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono.

Datos de circunstancias sociales.

Datos económico financieros y de seguros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

6.5.– Expedientes de contratación

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación (Comisión Central de Contratación). Formación a usuarios de administraciones y empresas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Licitadores y sus representantes o personas apoderadas, así como vocales de la mesa de contratación y personal a subrogar en los diferentes contratos de servicios.

Usuarios de las aplicaciones por parte de los poderes adjudicadores.

Personal de administraciones y empresas que reciben formación.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: la persona interesada o su representante legal, otras administraciones, juzgados, empresas y administraciones para el colectivo a subrogar.

Procedimiento de recogida: transmisión electrónica, documentación aportada.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, fax, firma, firma electrónica.

Datos de detalle de empleo.

Datos académicos y profesionales.

Datos de infracciones.

e) Cesiones de datos:

A cualquiera persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del Sector Público.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

6.6.– Reclamación en la Gestión de Pólizas de Seguros suscritas por la Administración

a) Finalidad y usos previstos:

Gestionar la contratación de pólizas que suscribe la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la resolución de los siniestros y reclamaciones que suceden en relación con esas pólizas.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas aseguradas, es decir, personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, particulares que reclaman a la Administración y personas sujeta a convenios o programas promovidos por la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas Interesadas, administraciones públicas (Osakidetza).

Procedimiento de recogida: documentos aportados.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono y firma.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos Económico-Financieros.

Datos de infracciones.

Datos especialmente protegidos.

e) Cesiones de datos:

Osakidetza.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Patrimonio y Contratación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Hacienda y Economía

Dirección de Patrimonio y Contratación

C/ Donostia-San Sebastián n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Alto.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

7.– ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI
7.1.– Expedientes de revisión en materia de contratos públicos por el OARC/KEAO

(ver Anexo I)

B) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE EUSKAL ESTATISTIKA ERAKUNDEA / INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA
1.– Control de distribución Horaria por tareas

a) Finalidad y usos previstos:

Control individualizado de la distribución horaria y previsión anual del personal de Eustat, por operaciones estadísticas, tareas y fases, con el objetivo de obtener una contabilidad de costes.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal con vinculación estatutaria o laboral con Eustat.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por el propio personal mediante grabación interactiva individualizada en una aplicación específica.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, código de usuario en Red Eustat, código de usuario en Red Corporativa, dirección postal.

Datos de detalles de empleo.

Datos económico-financieros.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

2.– Control de peticiones externas de información

a) Finalidad y usos previstos:

Conocimiento de las peticiones externas de información.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Administración, empresas, universidades, particulares y peticionarios de información en general.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Ficha de control de peticionarios que se cumplimenta cuando se recibe la petición.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo. DNI, email, teléfono fijo, teléfono móvil, fax, dirección postal, empresa y cargo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

3.– Proveedores.

a) Finalidad y usos previstos:

Archivo de los expedientes de contratación celebrados por Eustat. Mantenimiento de un listado de contactos con los proveedores, y acreditación de su personal.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Empresas, entidades y personas físicas contratistas, así como el personal destinado a la ejecución del contrato.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Expedientes de contratación de Eustat.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, fax, empresa y cargo, dirección postal.

Datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

4.– Gestión de personal

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión Interna del Personal del Instituto.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, contratados laborales y personal eventual que trabaja contratado por el Instituto.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por los propios interesados y por la gestión interna del Instituto.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, número de afiliación a la seguridad social, teléfono, dirección postal.

Datos de detalles de empleo.

Datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.– Registro de entradas y salidas

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y control de la documentación que entra y sale del Instituto.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Administrados que se relacionan por escrito con la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Documentación presentada en el registro.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos del remitente, nombre y apellidos del destinatario, empresa y cargo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

6.– Becarios

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de solicitudes de acceso a las becas de Eustat.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes de becas de Eustat.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Currículo y documentación aportada por el aspirante.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, dirección postal.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

7.– Seminarios

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión y control de las inscripciones y participantes a los seminarios impartidos por Eustat.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Solicitantes y participantes en los seminarios.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Mediante formulario.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI, email, teléfono, dirección postal.

Datos de detalles de empleo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

8.– Directorio para la distribución de publicaciones

a) Finalidad y usos previstos:

Mantenimiento de un directorio para la distribución de publicaciones del Instituto.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Contactos de instituciones y empresas que solicitan el envío de las publicaciones del Instituto.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Datos recogidos internamente y mediante los propios interesados.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, teléfono, dirección postal, organismo y cargo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

9.– Quejas y sugerencias

a) Finalidad y usos previstos:

Dar cauce a las quejas y sugerencias de las personas usuarias de información estadística a los efectos de su mejora.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas usuarias de información estadística.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por la propia persona usuaria a través de formulario impreso o electrónico.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, teléfono, dirección postal.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

10.– Difusión estadística

a) Finalidad y usos previstos:

Difusión de información estadística.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Usuarios de información estadística.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por el propio usuario.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email, organismo y cargo.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia–San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria–Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

11.– Euskal Estatistika Plana / Plan Vasco de Estadística

a) Finalidad y usos previstos:

Control de acceso a la aplicación y a la documentación necesaria para la elaboración del Plan Vasco de Estadística y desarrollo de los Programas Estadísticos Anuales.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personal de los siguientes organismos:

– Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística.

– Ayuntamientos de la CAE.

– Diputaciones Forales de la CAE.

– Departamentos del Gobierno Vasco.

– Euskadiko Udalen Elkartea – Eudel.

– Sindicatos.

– Asociaciones empresariales.

– Universidades.

– Organizaciones de consumidores.

– Cámaras de Comercio.

– Otros agentes sociales.

– Usuarios preferenciales de las estadísticas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Son nombrados por sus respectivas instituciones para ser representantes en la Comisión Vasca de Estadística y en el Consejo Vasco de Estadística. Además, se invita a agentes sociales y usuarios preferenciales a los grupos de trabajo que se generan de estos dos órganos colegiados que dependen de nuestro Departamento.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, email y teléfono.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Dirección General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística

C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1

01010 Vitoria-Gasteiz (Álava)

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

C) FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA AUTORIDAD VASCA DE LA COMPETENCIA
1.– Expedientes y resoluciones del Consejo Vasco de la Competencia

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de expedientes y resoluciones administrativas del Consejo Vasco de la Competencia.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

La persona interesada o su representante legal, otras personas físicas distintas de la afectada.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: representantes legales de personas jurídicas, abogados/as y procuradores, personas físicas que forman parte de la instrucción/expediente.

Procedimiento de recogida: encuestas o entrevistas, transmisión electrónica de datos/Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos comerciales.

Datos sobre transacciones.

Datos sobre infracciones.

e) Cesiones de datos:

Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

f) Órgano responsable del fichero:

Secretaria General de la Autoridad Vasca de la Competencia.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

2.– Gestión de expedientes sancionadores de la Dirección de Investigación

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de denuncias e instrucción de expedientes de infracciones sobre defensa de la competencia. Sistematizar los trámites de los expedientes sancionadores y recogida de datos de las partes intervinientes y de cualquier tercero con relevancia en el asunto investigado.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Personas interesadas o su representante legal, otras Administraciones Públicas y entidades privadas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Procedencia: personas denunciantes, partes y terceros intervinientes en la instrucción.

Procedimiento de recogida: encuestas, entrevistas y formularios. Transmisión electrónica de datos, Internet.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos comerciales.

Datos sobre transacciones.

Datos sobre infracciones.

e) Cesiones de datos:

Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

f) Órgano responsable del fichero:

Dirección de Investigación.

g) Servicio ante el que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Medio.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

3.– Gestión de expedientes de contratación

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión de los expedientes de contratación celebrados por la Autoridad Vasca de la Competencia.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Empresas, entidades y personas físicas contratistas.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Expedientes de contratación de la Autoridad Vasca de la Competencia.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.

Datos de transacciones.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Secretaria General de la Autoridad Vasca de la Competencia.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

4.– Gestión de personal.

a) Finalidad y usos previstos:

Gestión Interna del Personal de la Autoridad Vasca de la Competencia.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, y personal eventual que trabaja contratado por la Autoridad Vasca de la Competencia.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Información facilitada por los propios interesados.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.

Datos de detalles de empleo.

Datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Secretaria General Autoridad Vasca de la Competencia.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Parcialmente automatizado.

5.– Registro de entradas y salidas

a) Finalidad y usos previstos:

Registro y control de la documentación que entra y sale de la Autoridad Vasca de la Competencia.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Administrados que se relacionan por escrito con la Administración.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Documentación presentada en el registro.

d) Estructura básica del fichero:

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, domicilio, número de teléfono, dirección de correo electrónico, número de DNI.

e) Cesiones de datos:

No detectadas.

f) Órgano responsable del fichero:

Secretaria General Autoridad Vasca de la Competencia.

g) Unidad o servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.

6.– Video vigilancia

a) Finalidad y usos previstos:

Control de acceso físico a la sede de la Autoridad Vasca de la Competencia, en aras a la seguridad de la misma.

b) Personas o colectivos origen de los datos:

Todas aquellas personas que acceden a la sede de la Autoridad Vasca de la Competencia.

c) Procedencia y procedimiento de recogida de los datos:

Los datos se recogen del propio interesado a través de videofilmación.

d) Estructura básica del fichero:

Datos identificativos: imágenes.

e) Cesiones de Datos:

No detectadas.

f) Responsable del Fichero:

Secretaria General de la Autoridad Vasca de la Competencia.

g) El servicio donde se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición:

Autoridad Vasca de la Competencia

C/ Ercilla n.º 4, 2.º

48009 Bilbao

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad:

Nivel básico.

i) Sistema de tratamiento:

Automatizado.


Análisis documental