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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 31, martes 13 de febrero de 2018


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
806

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 146/2017 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Irun.

Juicio: Medidas hijos no matrimoniales contencioso 146/2017.

Demandante: Flor de Maria Maradiaga Beltran.

Abogado/a: Maria Raquel Miguez Garrido.

Procurador/a: Amets Maider Ruiz de Arbulo Aizpuru.

Demandado/a: Oswal Antonio Espinoza Mejia.

Sobre: relaciones paternofiliales.

En el referido juicio se ha dictado el 23-01-2018 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Ametz Maider Ruíz de Arbulo, en nombre y representación de doña Flor de Maradiaga Beltran frente a don Oswal Antonio Espinosa Mejia, acordando las siguientes medidas:

Atribuir a doña Flor de Maradiaga Beltran en exclusiva la patria potestad y guarda y custodia del menor XXXXX, privando la patria potestad a don Oswal Antonio Espinosa Mejia, no estableciéndose régimen de visitas en favor del padre.

El demandado deberá abonar, en concepto de alimentos en favor de su hijo XXXXX, la cantidad de 200 euros mensuales en la cuenta que la demandante designe, dentro de los cinco primeros días de cada mes, y dicha cantidad será actualizada con efectos de primero de enero de cada año, con arreglo a la variación del índice general de precios al consumo que establezca el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. La pensión de alimentos la debe abonar hasta que el hijo, siendo mayor de edad, sea económicamente independiente.

No se hace pronunciamiento sobre condena en costas.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Oswal Antonio Espinoza Mejia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 24 de enero de 2018.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental