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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 5, lunes 8 de enero de 2018


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
76

RESOLUCIÓN 1501/2017, de 11 de diciembre, de la Directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se corrigen errores en la Resolución 1398/2017, de 10 de noviembre, de la Directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca concurso de traslados del grupo profesional de Facultativos médicos y técnicos (excepto facultativo especialista médico de familia EAP y facultativo especialista médico pediatra EAP) con destino en las organizaciones de servicios sanitarios que se determinan.

El artículo 18.2 c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

En la Resolución 1398/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el BOPV n.º 229 de 30 de noviembre de 2017 se han advertido errores a los que resulta de aplicación lo dispuesto en el párrafo anterior.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO:

Primero.– Corregir la Resolución 1398/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca concurso de traslados del grupo profesional de Facultativos Médicos y Técnicos (excepto Facultativo Especialista Médico de Familia EAP y Facultativo Especialista Médico Pediatra EAP) que se determinan mediante la modificación de los Anexos I, II y III en lo referente a la categoría de F.E. Medicina Interna.

ANEXO I

Donde dice:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna»

(Véase el .PDF)

Debe decir:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna»

(Véase el .PDF)
ANEXO II

Donde dice:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna

Conocimientos específicos: Enfermedades autoinmunes»

(Véase el .PDF)

«Conocimientos específicos: Medicina basada en la evidencia»

(Véase el .PDF)

Debe decir:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna

Conocimientos específicos: Enfermedades autoinmunes»

(Véase el .PDF)
ANEXO III

Donde dice:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna

Conocimientos específicos: Enfermedades autoinmunes

– Formación y experiencia de 3 años en una Unidad de Enfermedades Autoinmunes

– Experiencia especifica en consultas interdisciplinares con otras especialidades»

(Véase el .PDF)

«Conocimientos específicos: Medicina basada en la evidencia

– Experiencia de 2 años en el uso de la metodología de la Medicina Basada en la Evidencia y aplicación de protocolos y proyectos basados en el uso clínico de la MBE aplicado a la cronicidad, convalecencia e integración»

(Véase el .PDF)

Debe decir:

«Categoría: F. E. Médico Medicina Interna

Puesto funcional: F. E. Médico Medicina Interna

Conocimientos específicos: Enfermedades autoinmunes

– Formación y experiencia de 3 años en una Unidad de Enfermedades Autoinmunes

– Experiencia especifica en consultas interdisciplinares con otras especialidades»

(Véase el .PDF)

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en la página web del concurso de traslados 2017 de Osakidetza y en el BOPV.

Tercero.– Mantener en el resto de actuaciones lo establecido en la Resolución 1398/2017, de 10 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Cuarto.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud contra esta resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de diciembre de 2017.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.


Análisis documental