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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 2, miércoles 3 de enero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
33

ORDEN de 26 de diciembre de 2017, de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

La Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprobó la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, ha sido modificada en diversas ocasiones al objeto de adecuar los puestos de trabajo, a los diferentes cambios de estructura establecidos para las distintas organizaciones departamentales que se han configurado desde aquella fecha.

Las Ordenes de 12 de marzo de 2015 (BOPV n.º 54, de 20-03-2015), 6 de noviembre de 2015 (BOPV n.º 218, de 16-11-2015) y de 30 de marzo de 2017 (BOPV n.º 69, de 7-04-2017), de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, supusieron la consolidación de la estructura de la Ertzaintza, conforme a las directrices marcadas por el Plan estratégico Horizonte 2016.

El objeto de la presente Orden es, dando cumplimiento a la Sentencia n.º 35/2017, de 15 de febrero de 2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vitoria-Gasteiz, la reasignación de fechas de preceptividad de algunas dotaciones; en base a los criterios establecidos en los artículos 6.2, 7 y 8 del Decreto 30/1998, de 24 de febrero, por el que se regula el proceso de normalización del euskera en la Ertzaintza.

En su virtud, habiendo emitido informe la Viceconsejería de Política Lingüística y el Consejo de la Ertzaintza y previa negociación en la mesa prevista en el artículo 103 de la Ley 4/1992, de Policía del País Vasco,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se revisan los perfiles lingüísticos y se suprimen y asignan fechas de preceptividad del perfil lingüístico 1 a los puestos/dotaciones que se cita en el Anexo I.

Artículo 2.– La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 3.– Contra la presente Orden, la cual pone fin a la vía administrativa, podrá, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

También podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Vitoria o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga el interesado su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de diciembre de 2017.

La Consejera de Seguridad,

ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental