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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 2, miércoles 3 de enero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
28

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2017, de la Viceconsejera de Planificación Territorial, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 6 de septiembre de 2017, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la integración de la perspectiva de género en el planeamiento municipal y el urbanismo para el ejercicio 2017.

Con fecha 11 de septiembre de 2017 fue publicada en el BOPV n.º 173 la Orden de 6 de septiembre de 2017, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la integración de la perspectiva de género en el planeamiento municipal y el urbanismo para el ejercicio 2017.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 11 de octubre, en virtud de lo establecido en el artículo 5.1 de la citada Orden; habiendo tenido entrada 25 solicitudes, una de ellas, duplicada por el Ayuntamiento de Usurbil (presentado a nombre de Iñigo Azpiroz Manterola), ha desistido (art. 94 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP). Las restantes 24 solicitudes se relacionan en el Anexo I.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la citada Orden de convocatoria, con fecha 28 de noviembre se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 8 que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima. Solicitado la subsanación de diversa documentación a las solicitudes presentadas por los Ayuntamientos de Amurrio y Campezo, los mismos no presentan documentación alguna, por lo que se entienden por desistidos (art. 6 de la Orden de convocatoria).

El artículo 16 de la antedicha Orden prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 200.000,00 euros. Por su parte, el artículo 14 precisa que se subvencionará el 75% de los honorarios de redacción del documento, con un máximo de 30.000 euros por documento (con un corrector en función de la población), hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos.

Tras el análisis y verificación de las propuestas y como consecuencia del mismo el Tribunal, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 7.2, con fecha 28 de noviembre de 2017, elevó a esta Viceconsejería la correspondiente Propuesta de adjudicación en la que se hace constar la prelación de las solicitudes que se propone subvencionar, atendiendo a la puntación reflejada en su Anexo III, incluyendo el Ayuntamiento, el proyecto subvencionable y el importe de subvención propuesto.

Dado lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de convocatoria y a la vista de la Propuesta elevada por el Tribunal de valoración constituido al efecto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la subvención para la integración de la perspectiva de género en el planeamiento municipal y el urbanismo para el ejercicio 2017 a los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo II y por el importe que se cita.

Segundo.– Denegar la subvención para la integración de la perspectiva de género en el planeamiento municipal y el urbanismo para el ejercicio 2017 a los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo III.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su notificación a todos los solicitantes.

Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2017.

La Viceconsejera de Planificación Territorial,

MARIA ARANZAZU LETURIONDO ARANZAMENDI.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental