Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 230, viernes 1 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5829

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2017, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de Ampliación de la Subestación Transformadora ST Itxaso a 220 kV, por instalación de un «by-pass» operable, en el término municipal de Itsaso.

Ref.: RS 20-66740 – AT-E-2017-5.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– En fecha 17 de febrero de 2017, la empresa Red Eléctrica de España, SAU, con domicilio en Alcobendas (Madrid), P.º Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitó en la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras autorización administrativa y aprobación de proyecto para la Ampliación de la Subestación Transformadora ST Itxaso a 220 kV, por instalación de un «by-pass» operable, en el término municipal de Itsaso.

Dos.– En fecha 14 de marzo de 2017, remitió escrito a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital por el que se solicitó el preceptivo informe para la instalación de transporte.

Tres.– En fecha 12 de mayo de 2017, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital emitió informe favorable al Proyecto de instalación de reactancia en la subestación de referencia.

Cuatro.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Red Eléctrica de España, SAU en el BOPV en fecha 22-06-2017 y en el BOG en fecha 08-06-2017.

Cinco.– En fecha de 1 de junio de 2017, se remitió oficio al Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso, a fin de que prestase su conformidad u oposición a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable.

Seis.– En fecha 14 de junio de 2017, el Ayuntamiento de Ezkio presentó escrito en el que indicó por Decreto Foral 27/2016 del Departamento de Gobernanza y Comunicación con la Sociedad de la Diputación Foral de Gipuzkoa se aprobó la segregación de Itsaso del municipio de Ezkio-Itsaso y su constitución en municipio independiente.

Siete.– En fecha de 20 de junio de 2017, se remitió oficio al Ayuntamiento de Itsaso, a fin de que prestase su conformidad u oposición a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable; solicitud que se reiteró en fecha 26 de septiembre de 2017, la cual no fue contestada.

Ocho.– En fecha 1 de junio de 2017, se remitieron sendos oficios a la Delegación Territorial de Vivienda del Gobierno Vasco y al Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en el que se les solicitó que prestaran conformidad u oposición a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable; solicitud que se reiteró en fecha 26 de septiembre de 2017, la cual no fue contestada.

Nueve.– Dentro del período de información pública establecido al efecto no se presentaron escritos de alegaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y demás legislación concordante.

Dos.– La Delegación Territorial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 74/2017, de 11 de abril (BOPV de 21-04-2017), por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de igual y concordante aplicación, el Delegado Territorial de Gipuzkoa,

RESUELVE:

1.– Autorizar a la empresa Red Eléctrica de España, SAU la instalación y aprobar el proyecto de Ampliación de la Subestación Transformadora ST Itxaso a 220 kV, por instalación de un «by-pass» operable, en el término municipal de Itsaso, de las siguientes características principales:

● Posiciones modificadas para realizar el «by-pass» operable sobre las líneas Hernani 2 y Orcoyen 1:

Reconfiguración de las posiciones Ormaiztegi 1 y AT-2 sobre JBP1 y JBP2:

– Ormaiztegi 1: ampliación de las barras JBP1 y JBP2.

– Instalación de nueva aparamenta (seccionadores).

(Véase el .PDF)

– AT-2: Conexión con cable aislado (400 m) de la posición sobre JBP1 y JBP2.

Los cables de potencia interconectarán los seccionadores de barras del AT-2 con el juego de barras 2 (JBP2).

(Véase el .PDF)

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002), y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la via administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección de Servicios, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.

En San Sebastián, a 15 de noviembre de 2017.

El Delegado Territorial,

JOAKIN TELLERIA AGIRREZABALA.


Análisis documental