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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 226, lunes 27 de noviembre de 2017


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5719

ACUERDO de 9 de noviembre de 2017, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueban los criterios generales del concurso de traslados del ente público para el año 2017.

El Consejo de Administración adopta el presente Acuerdo conforme a la previsión hecha en los artículos 8.5 y 12.5 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza, así como con carácter general, conforme a las normas que en materia de personal perteneciente al Ente Público contemplan el Decreto citado, la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los servicios de salud y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo artículo 37.1, apartado c), incluye entre las materias de negociación colectiva los criterios generales en materia de provisión de recursos humanos.

Durante el año 2017 la Mesa Sectorial de Sanidad inició el proceso negociador que concluyó con la suscripción del Preacuerdo de fecha 23 de junio de 2017 con las organizaciones sindicales SATSE, SME y UGT.

Dicho Preacuerdo prevé, entre otras materias, la celebración de un Concurso de Traslados durante el año 2017, en el que se convocarían el 90% de las plazas a ofertar la siguiente Oferta de Empleo Público, debiendo publicarse las bases de las distintas convocatorias dentro del último cuatrimestre del presenta año.

Se añade igualmente en el citado Preacuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, que la convocatoria del Concurso de Traslados del año 2017 precisará de la aprobación de un nuevo Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza, que sustituya al Acuerdo de 18 de julio de 2016, del Consejo de Administración de Osakidetza, por el que fueron aprobados los criterios generales del Concurso de Traslados del Ente Público para el año 2016 (BOPV n.º 149, de 8 de agosto de 2016).

Dicho Concurso de Traslados del año 2016 no llegó a convocarse, debiendo de esta manera entenderse integrado el citado Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza, de 18 de julio de 2016, a todos los efectos, incluidos los referentes a baremación, en el presente Acuerdo. Como consecuencia de ello, el número de plazas ofertadas en el Concurso de Traslados correspondiente al año 2016 queda incorporado al Concurso de Traslados previsto para el año 2017.

Finalmente, ha de señalarse que con fecha del día 31 de octubre de 2017, se alcanzó un Acuerdo en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad con las organizaciones sindicales SATSE, SME y UGT, conforme al cual se establecen los criterios para la inclusión de plazas, la adjudicación de destinos y las bases del Concurso de Traslados de Osakidetza para el año 2017.

En su virtud, y de conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Directora General, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 8.5 de los Estatutos del Ente Público, el Consejo de Administración de Osakidetza adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.– Efectuar la convocatoria de un Concurso de Traslados en Osakidetza durante el año 2017, al objeto de posibilitar la movilidad voluntaria definitiva del personal de las distintas Organizaciones de Servicios, conforme a los criterios señalados al respecto tanto en el Preacuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, suscrito con fecha 23 de junio de 2017, como en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de fecha 31 de octubre de 2017.

El proceso de movilidad voluntaria definitiva se resolverá por el sistema de concurso. Las bases que han de regir el Concurso de Traslados de las correspondientes categorías concretarán los requisitos de participación, los destinos ofertados, el procedimiento y el baremo de méritos.

Las actuaciones necesarias para dar comienzo al Concurso de Traslados se iniciarán inmediatamente después de haber alcanzado la debida virtualidad jurídica el presente Acuerdo y las Resoluciones que contengan las bases que en desarrollo del mismo se dicten.

Segundo.– La determinación de las categorías objeto del Concurso de Traslados de Osakidetza para el año 2017 se realizará mediante la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de las correspondientes convocatorias.

Las convocatorias se efectuarán agrupándose de la siguiente manera:

1.– Grupo profesional de Facultativos Médicos y Técnicos (Atención Especializada).

2.– Grupo profesional de Facultativos Médicos y Técnicos (Atención Primaria).

3.– Grupo profesional de Diplomados Sanitarios.

4.– Grupo profesional de Técnicos Especialistas Sanitarios.

5.– Grupo profesional de Técnicos Auxiliares Sanitarios.

6.– Personal de Gestión y Servicios.

La presente convocatoria en el Concurso de Traslados de Osakidetza para el año 2017 incluye un total de 3.004 destinos, cuya distribución entre los distintos puestos funcionales se detalla en el Anexo al presente documento.

Dicho número de destinos podrá ser objeto de subsanación y modificación en el supuesto de detectarse algún error o por causas organizativas sobrevenidas, ejecuciones de sentencias, reingresos o cualquier otra circunstancia análoga.

En su caso, tales subsanaciones y modificaciones se llevarán a cabo a través de la correspondiente convocatoria de provisión de puestos.

Tercero.– El desarrollo del Concurso de Traslados se realizará conforme a lo que determinen las bases de las respectivas convocatorias.

En relación con el apartado del baremo de méritos dedicado a formación continuada, se valorarán los cursos acreditados/certificados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos acreditados/certificados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.

Cuarto.– El personal fijo sujeto a procesos de movilidad forzosa cuya regulación específica así lo haya establecido tendrá preferencia para obtener destino correspondiente a su mismo puesto funcional en el presente Concurso de Traslados siempre que este Concurso sea el primero que se haya convocado con posterioridad a la fecha de incorporación efectiva a su nuevo puesto de trabajo y que no haya hecho efectiva esta preferencia en un proceso de movilidad interna definitiva.

Este derecho preferente se podrá ejercer por una única vez, tendrá carácter excepcional y deberá ser alegado por las personas interesadas en el momento de formalizar la solicitud de participación en el Concurso de Traslados.

Para la adjudicación se seguirá el mismo criterio de baremación que se establece para el Concurso de Traslados, pero respetando la preferencia de este personal.

Quinto.– Por la Dirección General se dictará resolución en la que se detallen los criterios de selección de las plazas incluidas en el Concurso de Traslados de Osakidetza para el año 2017.

Sexto.– Se encomienda a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud la gestión de la convocatoria de los procesos de movilidad voluntaria definitiva correspondientes. Dicha encomienda incluye específicamente la elaboración, tramitación y dictado de las Resoluciones que contengan las bases que han de regir el Concurso de Traslados, la determinación de los puestos a convocar, la designación de los tribunales calificadores y la resolución de las convocatorias y adjudicación de destinos. Las categorías equivalentes y las categorías de referencia serán las establecidas en el catálogo contenido en el Anexo del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo.

Séptimo.– El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de noviembre de 2017.

El Presidente del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JON DARPÓN SIERRA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental