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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 162, viernes 25 de agosto de 2017


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ANUNCIOS

Subastas y concursos de obras, servicios y suministros

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4205

RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2017, de la Directora Gerente de la OSI Bidasoa, actuando en calidad de órgano de contratación por la que se desiste del procedimiento de contratación iniciado al efecto bajo el número G/140/20/1/1186/O321/0000/062017, para el arrendamiento de 4 vehículos híbridos para el Servicio de Hospitalización a Domicilio.

Resultando que con fecha 07-06-2017 fue aprobado el pliego de bases técnicas y la carátula del pliego de cláusulas administrativas particulares, así como el pliego de cláusulas administrativas particulares del expediente citado.

Resultando que el objeto del contrato es el arrendamiento de cuatro vehículos híbridos para el Servicio de Hospitalización a Domicilio de la OSI Bidasoa por un periodo de 48 meses y valor estimado de 83.306,40 euros, IVA excluido (se incluyen eventuales modificaciones del contrato).

Resultando que la presente licitación se ha publicado en el BOPV y perfil del contratante, finalizando el plazo de presentación de ofertas el próximo día 04-08-2017.

Resultando que durante el plazo para la presentación de ofertas se observan errores fundamentales y no subsanables en las especificaciones previstas en el pliego de prescripciones técnicas que imponen un desistimiento de lo actuado, en aras de una eficiencia energética así como el cumplimiento de los compromisos asumidos por el sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Considerando que una Resolución de adjudicación podría vulnerar la normativa vigente y en especial el Decreto 178/2015, de 22 de septiembre, sobre la sostenibilidad energética del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi publicado en el BOPV con fecha 14 de octubre de 2015, así como los criterios formulados por la Comisión para la sostenibilidad energética de fecha 1 de marzo de 2016, pudiendo suponer dicha contratación una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato.

Considerando lo previsto en el artículo 155.4 del TRLCSP (RD Leg 3/2011, de 14 de noviembre), y quedando debidamente justificada la concurrencia de la causa.

RESUELVO:

Primero.– Acordar el desistimiento del procedimiento seguido para la contratación dirigida al arrendamiento de cuatro vehículos híbridos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155.4 del TRLCSP (RD Leg 3/2011, de 14 de noviembre).

Segundo.– Publicar la presente Resolución en los mismos medios oficiales que fue anunciada la licitación (perfil de contratante y BOPV).

Tercero.– Conforme se establece en los artículos 112, 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de que se ejercite cualquier otro que se estime procedente.

Hondarribia, a 11 de julio de 2017.

La Directora Gerente de la OSI Bidasoa,

ITZIAR PÉREZ IRAZUSTA.


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