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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 147, jueves 3 de agosto de 2017


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
3931

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 129/2015.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Eibar.

Juicio: pro. ordinario 129/2015.

Parte demandante: Zaloa Lemos Basauri.

Parte demandada: Iker Aguinaga Garate.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. José Alberto Amilibia Múgica en nombre y representación de Dña. Zaloa Lemos Basauri contra D. Iker Aguinaga Gárate, condenándole al pago de la cantidad de 650 euros con el interés legal a contar desde el 2 de febrero de 2014 y hasta el total pago.

Con expresa imposición al demandado de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese en legal forma esta sentencia a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma no es firme pudiendo interponer contra ella recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LO 6/1985, del Poder Judicial, introducida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, para la preparación del recurso de apelación será necesario constituir un depósito de 50 euros y acreditar debidamente la consignación de dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Eibar (Gipuzkoa), a 25 de mayo de 2017.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental