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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 130, lunes 10 de julio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3468

DECRETO 188/2017, de 4 de julio, por el que se cesan y nombran miembros del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.

Mediante Ley 3/2007, de 20 de abril, se creó y reguló el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, para la promoción, difusión y proyección, fuera de la Comunidad Autónoma Vasca, del euskera y de la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión.

El Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute es un ente público de derecho privado, adscrito al Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cultura, y cuyos órganos rectores son el Patronato, el Consejo de Dirección y la Directora o Director.

El Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, dispone, asimismo que esté integrado por dos órganos colegiados, el Patronato y el Consejo de Dirección y un órgano unipersonal, la Directora o Director.

Este Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece en su artículo 10 los vocales que componen el Patronato, haciendo una distinción entre vocales natos y no natos.

El artículo 10.1 del citado Decreto establece que serán vocales natos del patronato entre otros, cinco vocales en representación de los departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca competentes en materia de acción exterior, cultura, educación, política lingüística y hacienda y administración pública.

En los últimos tiempos ha operado una modificación en el marco estructural del Gobierno Vasco en virtud del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Dicha modificación, exige la actualización de una parte de los vocales natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.

Igualmente el artículo 10.2 a) del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece en la composición del Patronato como vocales no natos 15 miembros en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, que serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a propuesta de la Presidenta ejecutiva o del Presidente ejecutivo. Los artículos 7.3 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, y 10.4 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, prevén que los vocales nombrados del Parlamento Vasco, tienen la condición de vocales no natos del Patronato y que dichos vocales no natos son nombrados para un período de cuatro años renovables una sola vez consecutiva y que, una vez transcurrido el plazo referido, continuarán desempeñando sus funciones hasta que surta efecto el nombramiento de sus sucesoras o sucesores.

El transcurso de dichos plazos en el caso de algunos vocales en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, exige la actualización de una parte de los vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.

Por su parte el artículo 10.2 b) establece como miembros del Patronato 5 vocales natos en representación de los distintos sectores profesionales de la cultura, propuestos por el Parlamento Vasco.

Una vez transcurridos los plazos para los que fueron nombrados, y en atención a lo previsto en los artículos 7.2.d) y 7.3 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute y 10.2.b) y 10.4 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, este Departamento se dirige al Parlamento Vasco para que lleve a cabo la propuesta de designación que le corresponde de los cinco vocales del patronato de dicho Instituto en representación de los distintos sectores profesionales de la cultura.

En sesión de 29 de mayo de 2017, la Comisión de Cultura, Euskera y Deporte realizo las pertinentes 5 designaciones.

En su virtud, y de conformidad con lo prescrito en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en los artículos 6 y 7 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, que regula la composición del Patronato y Consejo de Dirección de dicha institución, a propuesta del Consejero de Cultura y Política Lingüística, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 4 de julio de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1.– Cesar como vocales natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute en representación de los departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca competentes en materia de acción exterior, cultura, educación, política lingüística y hacienda y administración pública, a:

– D. Patxi Xabier Baztarrika Galparsoro.

– D. Carmelo Arcelus Múgica.

Artículo 2.– Nombrar como vocales natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, en representación de los departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca competentes en materia de acción exterior, cultura, educación, política lingüística y hacienda y administración pública, a:

– D.ª Miren Dobaran Urrutia.

– D. Juan Miguel Bilbao Garai.

Artículo 3.– Cesar como vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, a:

1.– Vocales en representación de las Letras, la Filología y la Culturas Vascas:

– D. Andres Urrutia Badiola.

– D. Jean Etchegoien Elissagaray.

– D. Koldo Martinez Urinobarrenetxea.

– D. Koldo Tapia Garmendia.

2.– Vocales en representación de los distintos sectores profesionales de la cultura, a propuesta del Parlamento Vasco:

– D. Iñaki Arteta Orbea.

– D. Itziar de Blas Fernández de Gamarra.

– D. Iñigo Zabalza Landa.

Artículo 4.– Nombrar como vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, a:

1.– Vocales en representación de las Letras, la Filología y la Culturas Vascas:

– D.ª Josune Ariztondo Akarregi

– D. Jaime Otamendi Muñagorri

– D. Ana Toledo Leceta

– D.ª Karmele Jaio Eiguren

2.– Vocales en representación de los distintos sectores profesionales de la cultura, a propuesta del Parlamento Vasco:

– D. María Victoria Revuelta Sierra.

– D. Laura Mintegi Lakarra.

– D. Icíar Lamarain Cenitagoya.

Artículo 5.– Renovar como vocal no nato del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institut, a:

1.– Vocales en representación de las Letras, la Filología y la Culturas Vascas:

– D. Ignacio Maria Dorronsoro.

– D. Daniel Angel Castillejo Osoro.

– D. Jose Antonio Fernández Gutiérrez.

– D. M.ª del Coro Navarro Echeverría.

– D. Iñaki Salvador Gil.

– D. Francisco Valderrama Arrieta.

– D. Idoya Zabaleta Morán.

2.– Vocales en representación de los distintos sectores profesionales de la cultura, a propuesta del Parlamento Vasco:

–D. Felipe Juaristi Galdós.

–D.ª Amaia Espinosa Azkune.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 4 de julio de 2017.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.


Análisis documental