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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 119, viernes 23 de junio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
3170

DECRETO 177/2017, de 20 de junio, de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

La Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, creó Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, como organismo autónomo de carácter administrativo y estableció, en su artículo 7.1, que el Consejo de Administración es el órgano superior de gobierno de dicho organismo.

Por su parte, el artículo 6.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, determina que el Consejo de Administración estará integrado por las y los siguientes miembros:

a) Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.

b) Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.

c) El Director o la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

d) Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del departamento competente en materia de empleo.

e) Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones sindicales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco.

f) Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones empresariales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco.

Mediante el Decreto 253/2011, de 29 de noviembre, publicado en el BOPV n.º 233 de 12 de diciembre de 2011, se procedió al nombramiento inicial de las y los miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, conforme a lo determinado en la Ley reguladora del mismo.

Con posterioridad se han producido varias renovaciones de las y los miembros que componen el Consejo de Administración de Lanbide, tanto en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como en representación de las organizaciones sindicales y de las organizaciones empresariales más representativas del País Vasco.

En la actualidad, tras la entrada en vigor de la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia en virtud del Decreto 84/2017, de 11 de abril, se ha propuesto la renovación de las y los miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que representan a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que corresponden al citado Departamento.

Asimismo, habiéndose recibido las comunicaciones efectuadas por la Confederación Empresarial Vasca-Confebask y por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi, en fechas 24 de mayo de 2017 y 13 de junio de 2017, respectivamente, por las que se notifican cambios de las personas que representan a las mismas en el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, es preciso proceder a efectuar los correspondientes ceses y nombramientos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de junio de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1.– Cesar a las y los siguientes miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

Dña. Maria Elena Pérez Barredo, como vocal titular y D. Joaquín Díaz Arsuaga, como vocal suplente.

Artículo 2.– Nombrar a las y los siguientes miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

D. Juan Ramón Azkue Manterola, Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, como vocal titular y Dña. Maria Elena Pérez Barredo, Directora de Trabajo y Seguridad Social, como vocal suplente.

Artículo 3.– Cesar a las y los siguientes miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de las organizaciones empresariales, a propuesta de la Confederación Empresarial Vasca-Confebask:

D. José Miguel Ayerza Mendiburu, como vocal titular y Dña. Nerea Zamacola Gárate, como vocal suplente.

Artículo 4.– Nombrar a las y los siguientes miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de las organizaciones empresariales, a propuesta de la Confederación Empresarial Vasca-Confebask:

Dña. Nerea Zamacola Gárate, como vocal titular y D. Mikel Sarriegi Etxeberria, como vocal suplente.

Artículo 5.– Cesar a la siguiente miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de las organizaciones sindicales, designada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi (CCOO):

Dña. María Dolores García García, como vocal titular.

Artículo 6.– Nombrar a la siguiente miembro del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de las organizaciones sindicales, designada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi (CCOO):

Dña. María Cruz Vicente Peralta, como vocal titular.

Artículo 7.– El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2017.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Empleo y Políticas Sociales,

BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ.


Análisis documental