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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 87, miércoles 10 de mayo de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2313

RESOLUCIÓN de 24 de abril del 2017, del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad».

Mediante Resolución de fecha 4 de abril del 2017 se aprueba el «Proyecto de Construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad».

El objeto del presente Proyecto es definir a nivel de proyecto constructivo las obras necesarias para materializar la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad.

La base de partida y posterior desarrollo del citado Proyecto es la extensión lineal desde el extremo sur de la estación término actual, situada en la calle Angulema, que permita en un primer momento llevar el servicio hasta la Universidad, y mediante fases futuras alcanzar otras zonas del sur de la ciudad, como es el área deportiva de Mendizorrotza o los barrios del oeste y del este, así como posibles extensiones mediante futuras tramas, definiendo secuencias de ejecución por fases que contemplen para cada una de ellas esquemas de explotación compatibles con la situación actual.

El Proyecto contempla la definición y valoración de las obras de la infraestructura y urbanización necesarias para la prolongación tranviaria, de la ampliación del tablero existente de Las Trianas sobre la infraestructura de ADIF existente, así como la definición de la superestructura y el drenaje, la obra civil asociada a la electrificación y las instalaciones tranviarias, y las afecciones en áreas y/o servicios existentes, de manera provisional o permanente que se producen durante la ejecución o explotación del tramo.

La solución propuesta del mismo prolonga la línea existente a partir de la parada de Angulema y accede a la Universidad desde el este, utilizando el puente de Las Trianas para el cruce sobre el ferrocarril.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las materias de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 22.1 c) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de los proyectos de establecimiento de nuevas líneas o de ampliación y mejora de las existentes que contengan la determinación de los bienes que se considera preciso ocupar supone, a efectos de los requisitos y del procedimiento de expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública o interés social del proyecto y de sus modificaciones, la necesidad de ocupación y la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del Proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y de someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la adjunta relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz a la Universidad», al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, calle Donostia-San Sebastián n.º 1, Vitoria-Gasteiz.

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de abril del 2017.

El Director de Infraestructuras del Transporte,

MIKEL GURUTZEAGA ZUBILLAGA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental