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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 75, jueves 20 de abril de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1948

RESOLUCIÓN 45/2017, de 4 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la construcción de la ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz en el tramo Angulema-Universidad y en el tramo Angulema-Salburua.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 4 de abril de 2017, el Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la construcción de la ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz en el tramo Angulema-Universidad y en el tramo Angulema-Salburua, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la construcción de la ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz en el tramo Angulema-Universidad y en el tramo Angulema-Salburua, que figura como Anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de abril de 2017.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 45/2017, DE 4 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO.
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 4 DE ABRIL DE 2017 POR EL QUE SE ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA LA CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN SUR DEL TRANVÍA DE VITORIA-GASTEIZ EN EL TRAMO ANGULEMA-UNIVERSIDAD Y EN EL TRAMO ANGULEMA-SALBURUA.

La Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta competencias exclusivas en obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general o cuya realización no afecte a otros territorios, así como en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 apartados 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.

El artículo 7 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras las funciones correspondientes a ferrocarriles.

El artículo 14.1.b) del Decreto 248/2014, de 30 de diciembre, de modificación del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial (en vigor conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos) atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte la elaboración, dirección, inspección, y ejecución de obras de infraestructura del transporte, incluida la aprobación de los proyectos de obra.

Por Ley 6/2004, de 21 de mayo se creó el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, siendo su objeto la construcción, conservación y administración de las infraestructuras ferroviarias actuales o que en el futuro sean competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que se le encomienden.

El artículo 5.2. de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente la construcción de las infraestructuras de transporte ferroviario que le encomiende el Gobierno, así como conservar, gestionar y administrar estas nuevas infraestructuras, ya sea directamente o mediante otra entidad de derecho público o derecho privado, y por medio de cualquier negocio jurídico.

Asimismo el artículo 5.4. de la Ley 6/2004 de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente cualquier otra funciones que le encomiende el gobierno y que directa o indirectamente esté relacionada con la construcción, la conservación y la administración de infraestructuras de transporte ferroviario, y de forma especial las relativas la redacción de estudios y proyectos y a la gestión, por medio de cualquier negocio jurídico admitido en derecho, de las infraestructuras que estén vinculadas a la política de transporte ferroviario.

Por otro lado, el artículo 16 de la Ley 6/2004 contempla las diferentes partidas que integran los recursos económicos del ente Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, y en particular en el apartado d) se recogen las subvenciones, aportaciones y donaciones que pueda percibir de acuerdo con las leyes.

Con fecha 4 de mayo de 2006 la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Diputación Foral de Araba y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, suscribieron un convenio de colaboración para la implantación del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, que tenía por objeto regular las condiciones en las que las partes se comprometían a colaborar en la implantación del tranvía de Vitoria-Gasteiz.

Por Resolución de 4 de julio de 2007, de la Directora de Infraestructura del Transporte, se aprobó definitivamente la modificación puntual del «Proyecto de Trazado del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo de Abetxuko».

Concluida la modificación puntual del «Proyecto de Trazado del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo de Abetxuko» se estimó necesario ampliar el trazado del tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo de Abetxuko, de manera que conectara la última parada prevista en el «Proyecto de Trazado del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo Abetxuko» con el centro del barrio, mejorando con la ampliación las comunicaciones de esta zona con el resto de la ciudad.

Con fecha 1 de junio de 2016, se ha suscrito un Convenio de Colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Diputación Foral de Araba y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para la redacción de proyectos que adecúen la oferta de transporte público mediante la generación de un sistema multimodal integrado e íntegramente electrificado de medios de transporte público colectivo. Este proyecto abarca el conjunto de Vitoria-Gasteiz, y comprenderá las necesidades de movilidad existentes en orden a la definición de nuevos paradigmas de movilidad.

En relación con la construcción de la ampliación del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo Angulema-Universidad y tramo Angulema-Salburua, concurren razones que aconsejan, previa aprobación del correspondiente Proyecto Constructivo por la Dirección de Infraestructuras del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, la atribución de la construcción de las obras de ampliación del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo de Angulema-Universidad, y tramo Angulema-Salburua a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para una más eficaz consecución de los intereses públicos.

La ejecución de este proyecto está prevista hacerla mediante sendos convenios de colaboración entre el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, Diputación Foral de Araba y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

ETS afrontará el coste de las obras con los fondos que le sean provistos por el Gobierno Vasco en los presupuestos de capital correspondientes, así como con los percibidos de la Diputación Foral de Araba y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz derivados de los Convenios de Colaboración correspondientes.

El importe total estimado de las actuaciones a realizar en el tramo Angulema-Universidad que incluye los gastos de inversión real de la ampliación del tranvía, comprendidas la infraestructura y las obras, y los servicios de apoyo que se requieran en la ejecución de los trabajos, asciende aproximadamente a 14.350.000 euros (IVA excluido) y en el caso del tramo Angulema-Salburua ascendería de forma estimada a 19.000.000 euros. (IVA excluido).

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras y previa la correspondiente deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.– Encomendar a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, la redacción del proyecto y la ejecución, dirección e inspección de las obras de la construcción de la ampliación del tranvía de Vitoria-Gasteiz, en el tramo Angulema-Universidad y Angulema-Salburua, en los términos que se establezcan en los convenios de colaboración a suscribir entre el citado Ente Público, la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para la ejecución y financiación, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia.

Segundo.– La presente encomienda tendrá vigencia hasta la completa ejecución de las actuaciones objeto de la misma.

Tercero.– Publicar la presente encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco.


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