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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 35, lunes 20 de febrero de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
902

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2017, del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba definitivamente el «Estudio Informativo del tramo de la ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, 1.ª fase».

El «Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco», aprobado definitivamente por el Decreto 41/2001 de 27 febrero de 2001, propone de una manera no definida la ampliación del Tranvía de Vitoria-Gasteiz hacia el sur como la extensión más razonable.

La ampliación tranviaria propuesta permite mejorar la conexión de los barrios Adurza y San Cristóbal con el centro y la zona Noroeste de la ciudad mediante este sistema de transporte. Asimismo, posibilita la conexión de estos barrios a la nueva estación de autobuses y proporciona un nuevo servicio a la Universidad y a su área de influencia.

Por todo ello, el objeto del presente Estudio Informativo es la ampliación del tranvía, mediante una extensión lineal desde el extremo sur de la línea actualmente en explotación, situado en la calle Angulema, hasta la zona del campus Universitario de Álava.

El documento define a nivel de Estudio Informativo las obras necesarias para materializar la prolongación del Tranvía de Vitoria-Gasteiz hasta la Universidad, garantizando la viabilidad y compatibilidad de la prolongación tranviaria en la trama urbana, estimando un presupuesto ajustado a su alcance y conteniendo todos los demás estudios y contenidos requeridos por la legislación vigente para su tramitación.

El trazado, con una longitud de 1.400 m, arranca en la calle Angulema, prolongándose por la calle de La Florida mediante un giro a izquierdas, situándose en el lado norte del vial. Posteriormente cruza sobre la trinchera ferroviaria de ADIF a través del Puente de las Trianas, que deberá ser ampliado y continúa por la calle Castro Urdiales, sigue por la calle Nieves Cano y finaliza en la calle Martínez de Aragón, en su zona ajardinada.

Existen diferentes tipologías para las 4 paradas previstas, en función de la inserción en el espacio urbano. Las paradas de Florida y Hegoalde se plantean de andén central, y con andén lateral las paradas sobre el puente de Las Trianas y Universidad, para posibilitar su uso compartido con el transporte público rodado existente en la ciudad.

El Estudio Informativo mencionado y el Estudio de Impacto Ambiental en él incluido (conforme al artículo 36.1 párrafo segundo de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental) se sometieron al trámite de Información Pública previsto en el artículo 10.5 del Reglamento del Sector Ferroviario. A este efecto, se aprobó la Resolución de 31 de marzo de 2016, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 6 de abril de 2016, y de la misma fecha en el Boletín Oficial del TH de Álava; en los diarios «El Correo» y «Diario de Noticias», así como expuesta durante el plazo de treinta días hábiles en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Durante los referidos trámites se recibieron cuatro informes correspondientes a instituciones, referentes al trámite de audiencia pública, y catorce alegaciones respecto al trámite de información pública, a las cuales se darán respuesta individualizada. Ninguna de las alegaciones presentadas cuestionaba el Estudio Informativo, y las cuestiones de detalle aceptadas, que las mismas incluían, serán atendidas en la siguiente fase, correspondiente al Proyecto de Construcción. No obstante, a petición del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, se prolongará hacia el sur el trazado una distancia de 60 metros.

Mediante Resolución de 31 de enero de 2017, del Director de Administración Ambiental, se ha formulado con carácter favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Estudio Informativo del Proyecto de ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, 1.ª fase, estableciendo una serie de condiciones para la realización del proyecto constructivo y medidas protectoras y correctoras para su adopción durante la ejecución de las obras y la explotación del servicio.

La redacción de este proyecto ha sido supervisada por los Servicios Técnicos de la Dirección de Infraestructuras del Transporte, acreditándose que es correcto técnicamente y cumple la normativa específica en materia de ferrocarriles, así como lo dispuesto en los artículos 11 a 16 del Reglamento del Sector Ferroviario y demás disposiciones legales vigentes.

Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 14.1 b) del Decreto 196/2013 de 9 de abril, modificado por el Decreto 248/2014 de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial (en vigor conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos).

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Aprobar el Expediente de Información Pública y Audiencia, y definitivamente el «Estudio Informativo de ampliación sur del Tranvía de Vitoria-Gasteiz, 1.ª fase».

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa, y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Transporte.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2017.

El Director de Infraestructuras del Transporte,

MIKEL GURUTZEAGA ZUBILLAGA.


Análisis documental