Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, miércoles 18 de enero de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
288

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 560/2016 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio verbal 560/2016.

Demandante: Jose Antonio Arana Urquijo.

Abogado: Erika Etxazarra Abajos.

Procuradora: Isabel Gomez Perez de Mendiola.

Demandado/a: Francisco Javier Gordon Delgado.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado con fecha 16-12-2016 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 258/2016

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de diciembre de 2016.

Vistos por mí, D.ª Mónica Basurto Garrido, magistrada del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, los precedentes autos del juicio verbal n.º 560/2016 en los que son partes:

Demandante: D. José Antonio Arana Urquijo asistido de la letrada Sra. Etxazarra y representado por la procuradora Sra. Gomez.

Demandado: D. Francisco Javier Gordón Delgado declarado en situación legal de rebeldía.

Versa la litis sobre reclamación de rentas, Ley Arrendamientos Urbanos.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por D. José Antonio Arana Urquijo contra D. Francisco Javier Gordón debo condenar y condeno a D. Francisco Javier Gordón Delgado al pago de 11.609,44 euros, más los intereses expresados en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

Con imposición de costas a D. Francisco Javier Gordón Delgado.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe interponer ante este tribunal recurso de apelación en ambos efectos en el plazo de 20 días, contados desde el siguiente al de su notificación (artículo 458 LEC 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011 de 10 de octubre) y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Álava.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco BANESTO con el número 0009 0000 13 0560 16 consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Francisco Javier Gordon Delgado y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de diciembre de 2016.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental