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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, viernes 9 de diciembre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5246

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2016, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se corrige el error detectado en la Resolución de 9 de noviembre de 2016 por la que se conceden ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2016.

Por Resolución de 9 de noviembre de 2016, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 214 de 11 de noviembre, se resolvió la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2016.

El Anexo I de la Resolución contiene un listado de las solicitudes que resultaron adjudicatarias de la subvención, con los correspondientes importes concedidos a cada una de ellas.

Se observa que los importes adjudicados a tres expedientes del Anexo I, el expediente PRO-2016K1/0130 con un importe de 462.011,95, el expediente PRO-2016K3/0022 con un importe de 116.316,54 euros, y el expediente PRO-2016K3/0040 con un importe de 106.870,11 euros, son erróneos de tal manera que:

● Al expediente PRO-2016K1/0130, se la ha concedido un importe de 26.112,81 euros de más.

● Al expediente 2016K3/0022, se le ha concedido un importe 50.000 euros de menos.

● Al expediente PRO-2016K3/0040, se le ha concedido un importe de 23.887,19 euros de más.

Reunida la Comisión de Valoración de estas ayudas el 21 de noviembre de 2016, al efecto de subsanar dicho error, ha elaborado una nueva propuesta de adjudicación relativa a éstos tres expedientes.

Por otro lado, en el citado Anexo I se ha advertido un error respecto al nombre de la entidad adjudicataria del expediente PRO-2016K1/0135, de tal manera que la entidad adjudicataria es Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - (Bizkaia), en lugar de Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna - Unión de Ganaderos y Agricultores de Euskal Herria (EHNE - UGAV).

De conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de echo o aritméticos existentes en sus actos.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Modificar el Anexo I de la Resolución de 9 de noviembre de 2016, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2016, a los efectos de corregir las cantidades adjudicadas a las tres entidades con número de expediente PRO-2016K1/130, PRO-2016K3/0022 y PRO-2016K3/0040 y el nombre de la entidad correspondiente al expediente PRO-2016K1/0135, de manera que queda redactado en los siguientes términos:

(Véase el .PDF)

Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2016.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental