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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, lunes 5 de diciembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
5192

ORDEN de 21 de noviembre de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se establece el modelo de examen del Certificado de Aptitud de Conocimiento del Euskera (EGA) para el año 2017.

La Orden de 20 de septiembre de 1982 (BOPV: 06-11-1982) sobre el Certificado de Aptitud del Conocimiento del Euskera (EGA) especifica en su artículo primero que la responsabilidad de hacer público el programa así como el modelo de examen corresponde al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Carácter de EGA.

1.– EGA (Certificado de Aptitud del Conocimiento del Euskera) tiene como eje las siguientes competencias: competencia lingüística, competencia discursiva, competencia funcional y competencia sociolingüística.

2.– EGA es miembro de la asociación europea ALTE y tiene su marca Q. En consecuencia, EGA aplica los estándares de calidad de ALTE.

Además, EGA sigue los criterios del nivel C1 del Marco Común de referencia para la evaluación de las lenguas del Consejo de Europa, a la hora de construir y evaluar las tareas.

3.– En los exámenes del año 2017 se tendrán en cuenta las principales resoluciones que la Real Academia de la Lengua Vasca (Euskaltzaindia) haya adoptado en relación a la estructura interna de la lengua hasta 2015.

Artículo 2.– El examen EGA tiene tres fases.

Fase de entrada: prueba inicial.

Segunda fase: prueba escrita.

Tercera fase: prueba oral.

Artículo 3.– Prueba inicial.

1.– Para poder tomar parte en la prueba escrita y en la oral de EGA ha de superarse la prueba inicial.

2.– La prueba inicial es un test de opciones múltiples que tiene 65 ítems.

3.– La prueba inicial tiene una duración de 50 minutos.

4.– Los ítems de la prueba inicial miden la adecuación y corrección en el uso de la lengua.

5.– No se penalizan las respuestas incorrectas.

6.– La nota de aprobado está fijada en 46 puntos; quienes igualen o superen ese mínimo pueden acceder a la siguiente fase del examen, sin «numerus clausus» de tipo alguno.

7.– Cuando el número de personas candidatas que haya superado la prueba inicial no llegue al 50% de las presentadas, se ampliará el número de personas aceptadas, de acuerdo con el siguiente procedimiento: se darán por válidas las puntuaciones más próximas al límite de 46 puntos de la puntuación total, de manera que el porcentaje de aprobados de ese examen llegue al 50%. Esa nota será la puntuación mínima.

Artículo 4.– Prueba escrita.

La prueba escrita consta de seis ejercicios y se lleva a cabo en dos partes:

Parte primera:

– Texto de conversación.

– Léxico.

– Comprensión escrita.

Parte segunda:

– Redacción extensa.

– Redacción breve.

– Remodelación de frases.

Las dos partes se realizan de manera consecutiva. Para realizar la primera parte se dispone de 65 minutos. Para la segunda, de 130 minutos. En total, la prueba escrita tiene una duración de 3 horas y 15 minutos.

1.– Texto de conversación.

En un texto de conversación hay 10 espacios y las opciones de respuesta se presentan en forma de elección múltiple (a-b-c). El objetivo del ejercicio es que se elijan las respuestas que mejor se adecuan al texto.

2.– Léxico.

Debe elegirse el equivalente adecuado de las 10 palabras marcadas e integradas en un texto breve, en forma de elección múltiple (a-b-c-d). La elección se realizará teniendo en cuenta el significado que cada una de estas palabras tiene en su contexto.

3.– Comprensión escrita.

Se ofrecen varios textos para que los y las candidatas contesten a 10 preguntas relativas a los mismos. Los tipos de ejercicios pueden ser: preguntas de elección múltiple, selección de ideas correspondientes a fragmentos textuales o realización de correspondencias apropiadas.

4.– Redacción extensa.

Se ofrecen dos temas, a modo de dossier, para que el o la candidata desarrolle uno de ellos. En la redacción del texto deben escribirse al menos 250 palabras. Para la calificación de la redacción se consideran estos tres aspectos: a) cumplimiento de la tarea; b) riqueza y adecuación idiomática; c) corrección.

5.– Redacción breve.

Debe prepararse un escrito: una hipótesis, una carta, un informe o una crónica breve de un suceso. Es necesario escribir al menos 150 palabras. Se ofrecen dos opciones para desarrollar una de ellas. Para la calificación, se siguen los mismos criterios que en la redacción extensa.

6.– Remodelación de frases.

Deberán remodelarse 10 frases; es decir, se crearán frases equivalentes utilizando para ello otras estructuras y formando una única frase. Con el fin de llevar a cabo la remodelación de cada frase, se ofrecen algunos elementos a modo de referencia.

Artículo 5.– Prueba oral.

Consta de dos partes:

– Comprensión oral.

– Expresión oral.

1.– Comprensión oral.

Se escucharán varios fragmentos grabados y habrá que responder a las preguntas formuladas.

Cada una de las partes de la grabación se escuchará una vez. Antes de la audición de las grabaciones los y las candidatas dispondrán del tiempo necesario para leer las preguntas y las opciones de respuesta.

La duración del ejercicio es de media hora para realizar un mínimo de 20 ítems.

2.– Expresión oral.

Este apartado tiene dos ejercicios: el primero es la exposición oral de un tema y el segundo una conversación improvisada. El tribunal está compuesto de dos miembros. Los y las candidatas intervienen ante el tribunal de dos en dos.

a) Exposición oral de un tema.

Cada candidato o candidata recibe información sobre un tema. El soporte puede ser un texto escrito, audio o video. Cada candidato o candidata debe realizar una exposición de cinco minutos sobre la información que le haya correspondido.

b) Conversación improvisada.

Los y las examinadoras ofrecen un tema a los y las candidatas, especificando unos aspectos del tema a cada uno de ellos. Los y las candidatas deben desarrollar una conversación, defendiendo el punto de vista que les haya correspondido. Los y las examinadoras pueden intervenir mediante preguntas, con el fin de guiar la conversación o el debate. Los y las candidatas disponen, entre ambos, de diez minutos.

Artículo 6.– Puntuaciones.

1.– En la prueba escrita y en la prueba oral se aplicarán las siguientes puntuaciones y tiempos:

(Véase el .PDF)

2.– En la prueba escrita, se compensan entre sí las puntuaciones de los cuatro ejercicios sin puntuación mínima requerida (texto de conversación, léxico, comprensión escrita y remodelación de frases).

3.– Para la consecución de EGA, deben superarse las tres fases del examen: la prueba inicial, la prueba escrita y la prueba oral. La calificación final es Apto o No Apto.

4.– Las notas obtenidas en una convocatoria no se mantendrán para otra posterior.

Artículo 7.– Condiciones.

Quien vaya a tomar parte en el examen de EGA debe cumplir 17 años o más en el año 2017. En caso de que la persona interesada esté matriculada en otra institución para la realización del examen de EGA en la misma convocatoria, no se podrá matricular en esta convocatoria.

Artículo 8.– 1.– En el momento de realizar la matrícula, el o la candidata acepta respetar el procedimiento de las pruebas de EGA, así como cumplir las indicaciones de las autoridades académicas en el lugar del examen. En caso de incumplimiento, dichas autoridades están facultadas para adoptar las medidas necesarias (cambiar de aula al examinando, decidir su expulsión del aula o invalidar su examen). En los casos de especial gravedad que afecten al normal funcionamiento del examen, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura es competente para denegar el acceso a posteriores matriculaciones de EGA a quien con su comportamiento altere el correcto desarrollo de las pruebas.

2.– La adopción de las medidas previstas corresponde al o la responsable territorial de EGA, tras escuchar a los/as examinadores y al interesado o interesada.

Artículo 9.– Reclamaciones.

Cualquier candidato o candidata tiene derecho a presentar reclamaciones por escrito en el plazo de tres días, a partir de la fecha siguiente a la publicación de las calificaciones de cualquiera de las fases que componen el examen de EGA.

Artículo 10.– Minusvalías.

Con el fin de que las personas minusválidas puedan realizar el examen de EGA en igualdad de condiciones, la Dirección de la Comisión Oficial de Exámenes establecerá las adaptaciones de tiempo y medios que fueran precisas, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido del examen ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigible en el mismo.

Artículo 11.– En todo lo no regulado por la presente Orden se atendrá a la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Si surgiera en esta Orden algún problema de interpretación entre los textos en euskera y castellano, se adoptará el texto en euskera como guía para solucionar dicha eventualidad, ya que su primera redacción se realizó en dicho idioma.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2016.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


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