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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 227, martes 29 de noviembre de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA
5074

EDICTO dimanante del recurso de apelación n.º 443/2016.

Audiencia Provincial de Álava. Sección Primera.

Recurso: a. hij. ex. s. ac. L2 443/2016.

Recurrente: Ana Maria Restrepo Henao.

Abogado: Raul Trujillo Nuñez.

Procurador: Francisco Jose Del Bello Martin.

Rebelde: Gildardo Ocampo Gil.

Sobre: medidas.

En el referido recurso se ha dictado el 19-10-2016 Sentencia n.º 325/2016, en la que el fallo es el siguiente:

«Que en relación al recurso de apelación interpuesto por D.ª Ana María Restrepo Henao, representada por el Procurador Sr. Del Bello, frente a la sentencia dictada, con fecha 27 de abril de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de esta ciudad en el Procedimiento seguido ante el mismo con el número 1145/2015, del que este Rollo dimana, debemos revocar y revocamos parcialmente la misma en el sentido de acordar que ambos progenitores contribuirán por mitad al abono de los gastos extraordinarios del hijo menor común, considerando como tales los gastos sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social (y entre ellos los de ortodoncia y oftalmología), las actividades de refuerzo y/o extraescolares, los campamentos de verano, las salidas al extranjero y todos los universitarios (inclusive los de desplazamiento y residencia) o formación superior, siempre con el consentimiento de ambos progenitores o autorización judicial, confirmándola en el resto, y todo ello sin verificar especial pronunciamiento sobre las costas de esta alzada.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Gildardo Ocampo Gil y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz a 21 de octubre de 2016.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental