Egoitza elektronikoa

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, miércoles 23 de noviembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
4966

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2016, de la Viceconsejera de Vivienda, por la que se resuelven las ayudas convocadas mediante orden del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, en orden a la rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas.

Visto el expediente relativo a la convocatoria de ayudas de referencia.

HECHOS

La Orden, de 2 de mayo de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, regula la concesión de subvenciones para la rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas, Orden que fue modificada por la Orden de 23 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales.

La Orden de 14 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, convoca las ayudas para la redacción de documentos en los términos de la Orden de 2 de mayo de 2007.

La Comisión de Valoración prevista en la citada Orden ha evaluado las solicitudes y documentación presentadas dentro del plazo abierto a tal fin, elevando la correspondiente propuesta de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 12 de la citada Orden, de 2 de mayo de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, señala que el órgano de resolución de dicha convocatoria de ayudas es esta Viceconsejería de Vivienda.

Vistas las disposiciones citadas y demás concordantes de general aplicación

RESUELVO:

Primero.– Denegar la concesión de subvención a los Ayuntamientos y/o sociedades urbanísticas municipales para la redacción de documentos que a continuación se explicitan, por los motivos que también se exponen.

(Véase el .PDF)

Segundo.– Aceptar la renuncia de los Ayuntamientos y/o sociedades urbanísticas municipales a la ayuda para la redacción de documentos que a continuación se explicitan:

(Véase el .PDF)

Tercero.– Conceder las subvenciones a los Ayuntamientos y/o sociedades urbanísticas municipales para la redacción de proyectos que a continuación se explicitarán, por las cantidades y porcentajes que se detallan en el anexo.

Cuarto.– Notificar la presente Resolución a los interesados, con la advertencia de que contra la misma podrá presentarse recurso de alzada ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.

Quinto.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a efectos de su general conocimiento.

En Vitoria-Gazteiz, a 29 de septiembre de 2016.

La Viceconsejera de Vivienda,

M.ª COVADONGA SOLAGUREN SANTAMARÍA..

(Véase el .PDF)

Análisis documental