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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, miércoles 16 de noviembre de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
4860

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 23/2015 seguido sobre liquidación régimen matrimonial.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Donostia – San Sebastián.

Juicio Liq.reg.matri. 23/2015.

Parte demandante: Luis de La Fuente Mazagatos.

Parte demandada: Maria Angeles Martin Nuñez.

Sobre.

En el juicio referenciado, se ha dictado el Decreto Fin en cuyo Encabezamiento y Parte Dispositiva, consta lo siguiente: la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO N.º 237/2016

Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta: D. Carlos Minondo Veron.

Lugar: San Sebastián.

Fecha: diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.

PARTE DISPOSITIVA

1.– Se aprueba la liquidación del régimen económico del matrimonio de los cónyuges D. Luis de La Fuente Mazagatos y Dña. Maria Angeles Martin Nuñez aprobado en la comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia que tuvo lugar el día 18-10-2016, en los siguientes términos:

Activo:

Finca Urbana noventa y nueve.– Vivienda izquierda del piso tercero, tipo c, de la plaza de Artikutza número ocho del barrio de Intxarrondo, de Donostia-San Sebastián. Mide ochenta y seis metros dos decímetros cuadrados útiles. Linda: norte, caja de escalera, ascensor y vivienda tercero derecha del portal ocho; Sur, vivienda tercero derecha del portal siete; Este, Plaza de Artikutza y caja de ascensor; y Oeste, calle Pedro Axular. Tiene como anejos: a) El tratero setenta y cinco en planta bajo cubierta, de ocho metros siete decímetros cuadrados que linda: norte, cuarto de máquinas del ascensor y pasillo de acceso; Sur, zona de trasteros del portal siete; Este, pasillo de acceso y trastero setenta y seis; y Oeste, cierre bajocubierta. b) la plaza de garaje catorce del sótano, de veintinueve metros ocheta y un decímetros cuadrados. Linda: norte, cuarto de instalaciones y vestíbulo del portal ocho; Sur, plaza de garaje quince; Este, pasillo de rodadura; y Oeste, muro de cierre. Participación de cero enteros noventa Y nueve centésimas por ciento.

La mencionada finca esta inscrita en el Registro de la Propiedad Cinco de San Sebastián al tomo 1835, libro 56, folio 31, finca 2375 y tiene un valor estimado de venta de 224.340 euros, como queda reflejado en la valoración del Perito Sr. Solis Hamon, con el que la parte actora muestra su conformidad.

Se adjudica a cada parte, en plena propiedad, la mitad indivisa de citado bien.

Pasivo:

En referencia a los créditos a favor de cada uno de los cónyuges a cargo de la Sociedad de Gananciales; el saldo final derivado de la compensación sería un importe de 9.255,84 euros, a cargo de D. Luis De La Fuente Mazagatos y a favor de Dña. María Angeles Martín Nuñez.

2.– Se declara finalizado el presente proceso.

De esta resolución doy cuenta a S. S.ª.

Modo de impugnación: recurso de revisión ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número IBAN ES55 0049 3569 90 0005001 274 Concepto 1847 0000 00 0023 15, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En San Sebastián, a 19 de octubre de 2016.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental