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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 205, viernes 28 de octubre de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
4576

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 538/2015.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Mercantil – Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: procedimiento ordinario 538/2015.

Demandante: Ferreteria Oria, S.L.

Abogado: Fernando Polo Martinez.

Procuradora: Azucena Rodriguez Rodriguez.

Demandado/a: Capean Estructuras de Hormigon, S.L. y Carlos Fernando Andrade Pereira.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado el 05-10-2016, sentencia en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Ferretería Oria, S.L. representada por la Procuradora Azucena Rodríguez Rodríguez contra Capean Estructuras de Hormigón, S.L. y Carlos Fernando Andrade Pereira en rebeldía procesal,

Declaro la responsabilidad solidaria de los demandados frente a la demandante en la deuda que es objeto de reclamación en este procedimiento, y en consecuencia,

Condeno a Capean Estructuras de Hormigón, S.L. y Carlos Fernando Andrade Pereira, a pagar solidariamente a Ferretería Oria, S.L. la cantidad de 13.853,33 euros.

A dicha cantidad se añaden los intereses moratorios, que para la mercantil demandada serán los propios de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales desde el vencimiento de las facturas que se relacionan en el documento n.º 13 de la demanda y para el administrador único el interés legal del dinero desde el 05-10-2015. A partir de la presente sentencia, para ambos codemandados, serán los intereses del artículo 576 LEC.

Se condena en costas a los demandados.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Capean Estructuras de Hormigón, S.L. y Carlos Fernando Andrade Pereira y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de octubre de 2016.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental