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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, martes 28 de junio de 2016


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INDUSTRIAS TAJO, S. COOP. E INYECCIÓN COMPONENTES PLÁSTICOS, S. A. U.
2804

ANUNCIO relativo a la fusión por absorción entre Industrias Tajo, S. Coop. (sociedad absorbente) e Inyección Componentes Plásticos, S.A.U. (sociedad absorbida).

De conformidad con lo establecido en el artículo 79.6 de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi (en adelante, la «LCE») así como en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la «LME»), se hace público que con fecha 4 de junio del 2016 la Asamblea General Ordinaria de Industrias Tajo, S. Coop. y el accionista único de Inyección Componentes Plásticos, S.A.U., han aprobado, con las mayorías legal y estatutariamente exigidas, la fusión de ambas entidades mediante la absorción de Inyección Componentes Plásticos, S.A.U. por Industrias Tajo, S. Coop., con aprobación de los balances de fusión cerrados el día 31 de diciembre de 2015, verificado por los auditores de cuentas en el caso de Industrias Tajo, S. Coop., y ajustándose al Proyecto de Fusión depositado en el Registro de Cooperativas de Euskadi el día 20 de mayo del 2016 y en el Registro Mercantil de Gipuzkoa con fecha 6 de mayo del 2016, con disolución sin liquidación de Inyección Componentes Plásticos, S.A.U. y traspaso en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a Industrias Tajo, S. Coop.

De conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la LCE, se hace constar el derecho de separarse de la cooperativa que asiste a todos los socios de la cooperativa participantes en la fusión que hayan votado en contra de la misma, o los que, no habiendo asistido a la Asamblea, expresen su disconformidad mediante escrito dirigido a los administradores en el plazo de cuarenta días desde el último anuncio del acuerdo de fusión.

Se hace constar, igualmente, el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores de las entidades participantes en la fusión y que se ejercitará, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 81 de la LCE así como en el artículo 44 de la LME, respectivamente, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Asimismo, conforme al artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del citado balance de fusión.

En Oiartzun (Gipuzkoa) y Santa Oliva (Tarragona), a 4 de junio del 2016.

El Presidente del Consejo Rector de Industrias Tajo, S. Coop.,

MIGUEL ÁNGEL BURGUETE MANCEBO.

El Administrador Único de Inyección Componentes Plásticos, S.A.U.,

EDUARDO HERCE SUSPERREGUI.


Análisis documental