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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 83, miércoles 4 de mayo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
1865

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para el ejercicio 2016.

Mediante la presente Resolución se da cumplimiento y desarrollo para el año 2016 a las previsiones contenidas en el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo. En términos generales no se reiterarán en esta Resolución los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades que deseen presentarse a esta convocatoria de subvenciones.

Dicho Decreto, al amparo de la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo, entiende como acciones humanitarias los diversos tipos de intervenciones destinadas a salvar la vida y aliviar el sufrimiento de personas afectadas por desastres, así como a proteger su dignidad humana y sus derechos en tales contextos. La acción humanitaria incluye las denominadas operaciones prolongadas para personas refugiadas y desplazadas internas, así como actividades en la primera fase de la rehabilitación posdesastre y determinadas actividades de preparación ante desastres y de prevención de los mismos.

Las líneas subvenciónales previstas en el mencionado Decreto que se desarrollan en ésta Resolución son las siguientes:

1.– Financiación permanente.

2.– Estratregias-marco de acción humanitaria.

Asimismo, a la línea de financiación permanente que se encuentra abierta todo el año, se podrán presentar solicitudes de subvención para las siguientes modalidades:

a) Ayudas de emergencia de la línea de financiación permanente.

b) Ayudas de acciones humanitarias de la línea de financiación permanente.

Por otro lado se prevé y se avanza en la posibilidad de que las entidades interesadas puedan realizar toda la tramitación que requiere este programa de ayudas de forma telemática, mediante la incorporación de un procedimiento que lo posibilite, de conformidad con el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración electrónica.

Por lo que se refiere a la competencia para realizar la convocatoria, y por aplicación conjunta de las previsiones de los Decretos 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, esa autoridad es la Secretaria General de Acción Exterior.

En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse a tal efecto, la competencia corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; y artículo 11.1 del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo).

Esta convocatoria recibió el visto bueno del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 8 de febrero de 2016.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar, para el ejercicio 2016, las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/2008, de 19 de febrero (BOPV n.º 41, de 27 de febrero de 2008), por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo, por un importe global de 3.200.000 euros.

Artículo 2.– Dotación económica.

1.– La dotación económica para cada una de las líneas de financiación es la siguiente:

a) Línea de financiación permanente para ayudas de emergencia y ayudas de acción humanitaria: 1.200.000 euros.

b) Línea de financiación estrategias-marco de acción humanitaria: 2.000.000 euros.

2.– De acuerdo con el artículo 20 del Decreto 31/2008, de 19 de febrero de 2008, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo, el importe que no pueda ser asignado a ninguna estrategia-marco de acción humanitaria –al no alcanzar el número suficiente de éstas la puntuación mínima exigida, o por no reunir los requisitos exigidos, o por no haberse recibido suficientes solicitudes para la dotación presupuestaria disponible–, podrá destinarse a la línea de financiación permanente. Este nuevo importe será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Resolución de la Secretaria General de Acción Exterior, al igual que los nuevos importes que puedan resultar como consecuencia de las provisiones de fondos específicos procedentes de la sociedad vasca o de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros instrumentos de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

3.– Asimismo, el agotamiento de los fondos destinados a la línea de financiación permanente también será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Resolución del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Artículo 3.– Presentación de solicitudes y relación con la Administración.

1.– El plazo para la presentación de solicitudes será:

a) Línea de financiación permanente para ayudas de emergencia y acciones humanitarias: las solicitudes a la línea de financiación permanente podrán presentarse a lo largo de todo el ejercicio presupuestario del año 2016 a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

b) Línea de financiación para estrategias-marco de acción humanitaria: las solicitudes podrán presentarse, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

2.– La solicitud podrá presentarse de forma presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana y dependencias de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, o ante los órganos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante instancia normaliza, debidamente cumplimentada en todos sus términos.

Así mismo, la solicitud podrá presentarse por medios electrónicos en la siguiente sede electrónica: https://www.euskadi.eus en trámites, apartado Ayudas, becas y subvenciones o través de la página web: http://www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado convocatorias. Igualmente, a través de ambas direcciones electrónicas, quien opte por el canal presencial podrá efectuar las consultas y trámites posteriores.

3.– Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, y anexos están disponibles en la sede electrónica https://euskadi.eus y en la página web www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado convocatorias.

4.– La solicitud se realizará mediante una instancia normalizada, disponible en la sede electrónica y página web señalada en el apartado anterior, y para cumplimentar debidamente la misma, habrá que elegir una de las dos líneas subvenciónales de financiación, o bien la línea permanente o bien la línea de estrategias marco. En caso de solicitar la línea permanente se deberá optar o por una de las dos modalidades a subvencionar, o emergencias o acciones humanitarias.

5.– La solicitud presencial, junto con la documentación señalada en el Capítulo 5, deberá dirigirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, c/ Nafarroa, 2, 01007 Vitoria-Gasteiz.

6.– Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de http://www.euskadi.eus o a través de www.elankidetza.euskadi.eus.

7.– La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social por parte de las entidades solicitantes de las ayudas se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de las mismas, en aplicación del artículo 50.3 del Decreto Legislativo 1/ 1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

8.– No podrán obtener la condición de beneficiaria de ayuda aquellas entidades solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.

Artículo 4.– Documentación.

La instancia de solicitud de la subvención deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Propuesta técnica y presupuesto general. Ambos convenientemente cumplimentados en todos sus extremos, atendiendo a línea subvencional a solicitar, y en el caso de la línea permanente, a la modalidad de ayuda a pedir, esto es de emergencia o de acciones humanitarias, disponibles en la sede electrónica https://euskadi.eus y en la página web www.elankidetza.euskadi.eus

b) Acreditación de la representación legal, cuando la persona firmante de la solicitud presencial se trate de una persona que no se encuentra inscrita en el Registro de representantes del Gobierno Vasco, ni figure dicha acreditación en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo disponible en https://euskadi.eus o www.elankidetza.euskadi.eus

c) En caso de entidades consorciadas se aportara el convenio correspondiente según modelo disponible en https://euskadi.eus o en www.elankidetza.euskadi.eus

d) En caso de que se prevea la justificación de gastos mediante recibos y no facturas, se deberá presentar una memoria explicativa con las razones que lo justifiquen disponible en https://euskadi.eus o en www.elankidetza.euskadi.eus

e) En caso de que la entidad solicitante envíe personas expatriadas, se aportará una memoria justificativa que describa las tareas a realizar y la duración y contenga los criterios de aptitud y calificación necesarios. Se facilitará un modelo de memoria disponible en https://euskadi.eus o en web www.elankidetza.euskadi.eus

f) Facturas proforma, presupuestos o valoraciones externas en los casos que de acuerdo a lo que establece el Decreto es necesario.

g) Plan Estratégico de Acción Humanitaria o compromiso de elaboración para aquellas entidades que soliciten una estrategia-marco de acción humanitaria.

Artículo 5.– Órgano de gestión de las ayudas.

Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, la realización de las tareas de gestión de la presente línea subvencional. A tal efecto, el Servicio de Coordinación Técnica realizará el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas, dando traslado de su propuesta a la Comisión de Valoración a la que se refiere el artículo siguiente, proponiendo al órgano competente la concesión de las ayudas que correspondan.

Artículo 6.– Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración a la que se refiere el artículo precedente estará compuesta por las siguientes personas:

• Presidenta: D.ª Pilar Diez Arregui, Responsable de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

• Vocal: D. Nicolás Basarrate Hormaechea, Responsable de Administración y Servicios de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

• Vocal: D. Euken Barreña Caloca, Responsable de Coordinación Estratégica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

• Secretaria: D.ª Ana Rojo González, Asesora Jurídica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Artículo 7.– Órgano competente para la adjudicación.

El órgano competente para la adjudicación de las ayudas que se convocan es el Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Artículo 8.– Criterios de baremación.

1.– Las solicitudes para la selección tanto en la línea de estrategias-marco, como en la línea de financiación permanente que reúnan todos los requisitos exigidos se valorarán en una escala del 0 al 100 en base a la tabla de baremación recogida en el Anexo I de la presente Resolución, no pudiendo ser aprobada ninguna propuesta que no obtenga al menos 50 puntos.

2.– Para el caso de las solicitudes en la línea de estrategias-marco se seguirá el sistema de concurso, conforme al cual se aprobarán las estrategias marco que hayan obtenido mayor puntuación hasta agotar la dotación destinada a ésta línea financiera.

Artículo 9.– Firma del convenio.

Tras la aprobación de la subvención de las estrategias-marco, se procederá a la firma de un convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la entidad adjudicataria, por cada una de las subvenciones concedidas, que estará disponible en la sede electrónica https://euskadi.eus y en la página web www.elankidetza.euskadi.eus

DISPOSICIÓN ADICIONAL

El artículo 23.4 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, modificado por Decreto 390/2013, de 23 de julio, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo a la cooperación para el desarrollo, establece que el importe total máximo de subvenciones al que podrá acceder cada entidad solicitante se determinará en la primera convocatoria de ayudas que se apruebe en el ejercicio correspondiente.

Atendiendo a lo que establece el citado precepto, el importe máximo de subvenciones al que podrá acceder cada entidad solicitante será el 7% del total de subvenciones que se concedan en el ejercicio presupuestario 2016, en cualesquiera de las convocatorias de ayudas con cargo a la cooperación para el desarrollo que se aprueben en el año, con independencia de que el abono de dichas subvenciones se realice en ejercicios futuros.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

En aquello no previsto expresamente en la presente Resolución serán de aplicación las previsiones contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y en el Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo, así como en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Secretaria General de Acción Exterior, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de abril de 2016.

La Secretaria General de Acción Exterior,

MARÍA ÁNGELES ELORZA ZUBIRÍA.

ANEXO I
CRITERIOS DE SELECCIÓN APLICABLES

A.– LÍNEA DE FINANCIACIÓN PERMANENTE: AYUDAS DE EMERGENCIA (PRE-LL)

I.– EN FUNCIÓN DEL CONTENIDO Y ENFOQUE DEL PROYECTO (hasta 70 puntos).

1.– Coherencia general del proyecto (hasta 22 puntos).

1.1.– Pertinencia del proyecto respecto a la protección y asistencia de las personas afectadas por el desastre o crisis humanitaria (hasta 3 puntos).

1.2.– Valoración del contexto de desastre o crisis humanitaria (hasta 9 puntos).

1.2.1.– Se cuenta con información suficiente del contexto anterior al desastre o crisis humanitaria (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se caracteriza suficientemente el contexto (población desagregada, actividad económica, aspectos socio-culturales, etc.).

● 1 punto si se visibilizan las vulnerabilidades-inequidades previas al desastre o crisis humanitaria.

1.2.2.– Se cuenta con información suficiente de la identificación del desastre o crisis humanitaria (hasta 3 puntos).

● 1 punto si se identifican las causas estructurales y fenómenos que lo han generado.

● 1 punto si se presenta información suficiente de la actual situación del desastre o crisis humanitaria.

● 1 punto si se presenta información suficiente de cómo ha afectado el desastre o crisis humanitaria, de modo diferenciado, a la población.

1.2.3.– Se cuenta con un análisis de vulnerabilidad (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de vulnerabilidad (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de vulnerabilidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de vulnerabilidad que deja algunos contenidos poco claros.

1.2.4.– Se cuenta con un análisis de capacidades (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de capacidades (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de capacidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de capacidades que deja algunos contenidos poco claros.

1.3.– Coherencia entre objetivos, resultados y actividades previstas (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si la lógica de intervención contiene todos los resultados y las actividades necesarias para la obtención del objetivo específico.

● 1 punto si la lógica de intervención presenta deficiencias.

● 1 punto adicional si la lógica de intervención seleccionada está suficientemente justificada.

1.4.– Relación entre actividades y los recursos establecidos para implementarlas (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si hay un desglose detallado de las actividades, medios y costes y existe una coherencia entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 1 punto si el desglose es incompleto o no existe una proporción entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 1 punto adicional si las actividades están suficientemente descritas.

1.5.– Indicadores de seguimiento y evaluación concretos, verificables y evaluables (hasta 4 puntos)

● 4 puntos se establecen indicadores concretos y verificables, desagregados por sexo, cuantitativos y cualitativos respecto a los resultados.

● 2 puntos si se establecen indicadores concretos y verificables, desagregados por sexo, cuantitativos o cualitativos respecto a los resultados.

● 1 punto si los indicadores dejan algún aspecto poco claro.

2.– Priorización de colectivos en situación de vulnerabilidad (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si se establecen unos criterios claros para la selección de la población sujeto.

● 1 punto adicional si, además de abarcar a personas afectadas por una crisis humanitaria, engloba a la comunidad de acogida.

3.– Priorización geográfica y sectorial (hasta 6 puntos).

● 3 puntos si se trata de un pueblo sin estado o indígena, el IDH del país o región es inferior a 0,5 o se trata de una emergencia.

● 2 puntos si el IDH se sitúa entre 0,5 y 0,599.

● 1 punto si el IDH se sitúa entre 0,6 y 0,699.

● 3 puntos adicionales si el proyecto se encuadra en un sector prioritario de actuación para las emergencias: suministro de abrigo, refugio y enseres básicos; sanidad; seguridad alimentaria; agua y saneamiento.

4.– Viabilidad general del proyecto (hasta 14 puntos).

4.1.– Viabilidad técnica (hasta 6 puntos).

4.1.1.– Medios técnicos y recursos humanos (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si se aporta información suficiente sobre los recursos humanos y medios técnicos que se van a emplear para ejecutar el proyecto (perfil, idoneidad y funciones) y justifican su necesidad.

● 2 puntos si la información aportada sobre los recursos humanos o medios técnicos (uno de los dos) es incompleta.

4.1.2.– Condiciones de seguridad (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se toman en consideración las condiciones de seguridad del personal local y expatriado y los bienes del proyecto, especialmente en contextos inestables o de conflictos. Existe un protocolo de seguridad escrito y se informa y forma al personal.

4.2.– Viabilidad institucional (hasta 8 puntos).

● 4 puntos si en la ejecución del proyecto participa una institución representativa.

● 2 puntos si hay un aval de una institución representativa que apoya el proyecto o se justifica que se han tomado las medidas administrativas necesarias para poder realizar el proyecto.

● 4 puntos adicionales si se participa en algún mecanismo de coordinación entre entidad socia local, ONG locales e internacionales, autoridades y/o agencias bilaterales o multilaterales.

5.– Líneas transversales (hasta 23 puntos).

5.1.– Fortalecimiento de las capacidades locales y reducción de la vulnerabilidad con criterio de conectividad (hasta 6 puntos).

5.2.– Participación de la población y adecuación a la realidad socio-cultural (hasta 5 puntos).

5.3.– Protección, testimonio y construcción de la paz / Enfoque de derechos humanos (hasta 5 puntos)

5.4.– Equidad de género (hasta 5 puntos).

5.5.– Sostenibilidad ecológica (hasta 2 puntos).

6.– Consorcios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades solicitantes.

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades locales dentro de un programa de actuación conjunta.

II.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD LOCAL (hasta 16 puntos).

1.– Experiencia (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace ocho años o más a fecha de presentación de solicitud.

● 1 punto si la entidad tiene experiencia de trabajo discontinua en el sector humanitario desde hace ocho años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

2.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

3.– Relación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si la entidad local tiene cuatro años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

● 2 puntos si la entidad local tiene dos años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

4.– Perspectivas de vinculación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera específica.

● 2 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera genérica.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad local cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

III.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD VASCA SOLICITANTE O DELEGACIÓN EN LA CAE (hasta 14 puntos).

1.– Base social en la CAE (hasta 4 puntos).

● 1 punto si tiene más de 200 socias o socios en la CAE.

● 1 punto si tiene más de 10 voluntarios/as en la CAE.

● 1 punto si ha realizado más de tres acciones de sensibilización sobre acción humanitaria en el último año.

● 1 punto si participa en alguna coordinadora o red de cooperación, con código de conducta y que no se encuentre sancionada por comisión seguimiento.

2.– Experiencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace cinco años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

3.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada, a la fecha de presentación de la solicitud.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada a la fecha de presentación de la solicitud.

4.– Relación con la entidad socia local y experiencia en la zona (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE tiene cinco años o más de experiencia con la entidad social local gestionando proyectos humanitarios conjuntamente a la fecha de presentación de la solicitud.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

B.– LÍNEA DE FINANCIACIÓN PERMANENTE: ACCIONES HUMANITARIAS (PRE-EH).

I.– EN FUNCIÓN DEL CONTENIDO Y ENFOQUE DEL PROYECTO (hasta 70 puntos).

1.– Coherencia general del proyecto (hasta 22 puntos).

1.1.– Pertinencia del proyecto respecto a la protección y asistencia de las personas afectadas por el desastre o crisis humanitaria (hasta 2 puntos).

1.2.– Valoración del contexto del desastre o crisis humanitaria (hasta 9 puntos).

1.2.1.– Se cuenta con información suficiente del contexto anterior al desastre o crisis humanitaria (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se caracteriza suficientemente el contexto (población desagregada, actividad económica, aspectos socio-culturales, etc.).

● 1 punto si se visibilizan las vulnerabilidades-inequidades previas al desastre o crisis humanitaria.

1.2.2.– Se cuenta con información suficiente de la identificación del desastre o crisis humanitaria (hasta 3 puntos).

● 1 punto si se identifican las causas estructurales y fenómenos que lo han generado.

● 1 punto si se presenta información suficiente de la actual situación del desastre o crisis humanitaria.

● 1 punto si se presenta información suficiente de cómo ha afectado el desastre o crisis humanitaria, de modo diferenciado, a la población.

1.2.3.– Se cuenta con un análisis de vulnerabilidad (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de vulnerabilidad (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de vulnerabilidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de vulnerabilidad que deja algunos contenidos poco claros.

1.2.4.– Se cuenta con un análisis de capacidades (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de capacidades (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de capacidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de capacidades que deja algunos contenidos poco claros.

1.3.– Coherencia entre objetivos, resultados y actividades previstas (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si la lógica de intervención contiene todos los resultados y las actividades necesarias para la obtención del objetivo específico.

● 1 punto si la lógica de intervención presenta deficiencias.

● 1 punto adicional si la lógica de intervención seleccionada está suficientemente justificada.

1.4.– Relación entre actividades y los recursos establecidos para implementarlas (hasta 4 puntos).

● 3 puntos si hay un desglose exhaustivo de las actividades, medios y costes y existe una coherencia entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 2 puntos si el desglose es incompleto o no existe una proporción entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 1 punto adicional si las actividades están suficientemente descritas.

1.5.– Indicadores de seguimiento y evaluación concretos, verificables y evaluables (hasta 4 puntos)

● 4 puntos si se establecen indicadores de objetivos y resultados concretos y verificables, en datos de cantidad o cualidad, que tengan en cuenta las desigualdades específicas de la población sujeto (en términos de género, edad, etnia...).

● 2 puntos si se establecen indicadores de resultado, concretos y verificables, en datos de cantidad o cualidad, que tengan en cuenta las desigualdades específicas de la población sujeto (en términos de género, edad, etnia...).

● 1 punto si los indicadores dejan algún aspecto poco claro.

2.– Priorización de colectivos en situación de vulnerabilidad (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si se establecen unos criterios claros para la selección de la población sujeto.

● 1 punto adicional si, además de abarcar a personas afectadas por una crisis humanitaria, engloba a la comunidad de acogida.

3.– Priorización geográfica y sectorial (hasta 6 puntos).

● 3 puntos si se trata de un pueblo sin estado o indígena, el IDH del país o región es inferior a 0,5 o se trata de una crisis humanitaria o de una crisis olvidada.

● 2 puntos si el IDH se sitúa entre 0,5 y 0,599.

● 1 puntos si el IDH se sitúa entre 0,6 y 0,699.

● 3 puntos adicionales si el proyecto se encuadra en un sector prioritario de actuación para las acciones humanitarias: protección de colectivos vulnerables; sanidad; educación; seguridad alimentaria; agua y saneamiento; reactivación de actividades económicas; fortalecimiento de capacidades locales; reconstrucción de infraestructuras; actividades pro derechos humanos.

4.– Viabilidad general del proyecto (hasta 14 puntos).

4.1.– Viabilidad técnica (hasta 8 puntos).

4.1.1.– Medios técnicos (hasta 5 puntos).

● 5 puntos si la explicación en el formulario y los documentos adjuntos sobre los medios técnicos (planos, medios materiales y personales, estudios económicos en su caso) es suficiente y están justificados.

● 2 puntos si la información sobre los medios técnicos (planos, medios materiales y personales, estudios económicos en su caso) es incompleta.

4.1.2.– Recursos humanos (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si los recursos humanos (perfil, idoneidad y funciones) inscritos en el proyecto están suficientemente justificados y son pertinentes en relación a la propuesta.

● 1 punto si la información sobre los recursos humanos inscritos en el proyecto es incompleta.

4.1.3.– Condiciones de seguridad (hasta 1 punto).

● 1 punto si se toman en consideración las condiciones de seguridad del personal local y expatriado y los bienes del proyecto, especialmente en contextos inestables o de conflictos. Existe un protocolo de seguridad escrito y se informa y forma al personal.

4.2.– Viabilidad institucional (hasta 6 puntos).

● 3 puntos si en la ejecución del proyecto participa una institución representativa.

● 1 punto si hay un aval de una institución representativa que apoya el proyecto o se justifica que se han tomado las medidas administrativas necesarias para poder realizar el proyecto.

● 3 puntos adicionales si se participa en algún mecanismo de coordinación entre entidad socia local, ONG locales e internacionales, autoridades y/o agencias bilaterales o multilaterales.

5.– Líneas transversales (hasta 23 puntos).

5.1.– Fortalecimiento de las capacidades locales y reducción de la vulnerabilidad con criterio de conectividad (hasta 6 puntos).

5.2.– Participación de la población y adecuación a la realidad socio-cultural (hasta 5 puntos).

5.3.– Protección, testimonio y construcción de la paz / Enfoque de derechos humanos (hasta 5 puntos)

5.4.– Equidad de género (hasta 5 puntos).

5.5.– Sostenibilidad ecológica (hasta 2 puntos).

6.– Consorcios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades solicitantes.

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades locales dentro de un programa de actuación conjunta.

II.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD LOCAL (hasta 16 puntos).

1.– Experiencia (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace ocho años o más a fecha de presentación de solicitud.

● 1 punto si la entidad tiene experiencia de trabajo discontinua en el sector humanitario desde hace ocho años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

2.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

3.– Relación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si la entidad local tiene cuatro años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

● 2 puntos si la entidad local tiene dos años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

4.– Perspectivas de vinculación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera específica.

● 2 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera genérica.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad local cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

III.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD VASCA SOLICITANTE O DELEGACIÓN EN LA CAE (hasta 14 puntos).

1.– Base social en la CAE (hasta 4 puntos).

● 1 punto si tiene más de 200 socias o socios en la CAE.

● 1 punto si tiene más de 10 voluntarios/as en la CAE.

● 1 punto si ha realizado más de tres acciones de sensibilización sobre acción humanitaria en el último año.

● 1 punto si participa en alguna coordinadora o red de cooperación, con código de conducta y que no se encuentre sancionada por comisión seguimiento.

2.– Experiencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace cinco años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

3.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada, a la fecha de presentación de la solicitud.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada a la fecha de presentación de la solicitud.

4.– Relación con la entidad socia local y experiencia en la zona (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE tiene cinco años o más de experiencia con la entidad social local gestionando proyectos humanitarios conjuntamente a la fecha de presentación de la solicitud.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

C.– LÍNEA DE FINANCIACIÓN DE ESTRATEGIAS-MARCO DE ACCIÓN HUMANITARIA (EHE).

I.– EN FUNCIÓN DEL CONTENIDO Y ENFOQUE DEL PROYECTO (hasta 70 puntos).

1.– Coherencia general del proyecto (hasta 25 puntos).

1.1.– Pertinencia del proyecto respecto a la protección y asistencia de las personas afectadas por el desastre o crisis humanitaria (hasta 2 puntos).

1.2.– Valoración del contexto del desastre o crisis humanitaria (hasta 7 puntos).

1.2.1.– Se cuenta con información suficiente del contexto anterior al desastre o crisis humanitaria (hasta 1 punto).

● 1 punto si se caracteriza suficientemente el contexto (población desagregada, actividad económica, aspectos socio-culturales, etc.) y se visibilizan las vulnerabilidades-inequidades previas al desastre o crisis humanitaria.

1.2.2.– Se cuenta con información suficiente de la identificación del desastre o crisis humanitaria (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se identifican las causas estructurales y fenómenos que lo han generado.

● 1 punto si se presenta información suficiente de la actual situación del desastre o crisis humanitaria y cómo ha afectado, de modo diferenciado, a la población.

1.2.3.– Se cuenta con un análisis de vulnerabilidad (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de vulnerabilidad (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de vulnerabilidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de vulnerabilidad que deja algunos contenidos poco claros.

1.2.4.– Se cuenta con un análisis de capacidades (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si se presenta un análisis de capacidades (pre y post desastre o crisis humanitaria) con al menos dos categorías de capacidades y se desagregan por algún colectivo. Se consideran las siguientes categorías: físicas/materiales; sociales/organizativas/capital social; de motivaciones, actitudes y conocimientos. Hacen diferencia por género, clase social/actividad económica, edad, estado sanitario, nivel educativo, etnia y religión lugar de residencia, estatuto jurídico.

● 1 punto si se presenta un análisis de capacidades que deja algunos contenidos poco claros.

1.3.– Coherencia entre objetivos, resultados y actividades previstas (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si la lógica de intervención contiene todos los resultados y las actividades necesarias para la obtención del objetivo específico.

● 1 punto si la lógica de intervención presenta deficiencias.

● 1 punto adicional si la lógica de intervención seleccionada está suficientemente justificada.

1.4.– Relación entre actividades y los recursos establecidos para implementarlas (hasta 4 puntos).

● 3 puntos si hay un desglose exhaustivo de las actividades, medios y costes y existe una coherencia entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 2 puntos si el desglose es incompleto o no existe una proporción entre la lógica de intervención y el presupuesto.

● 1 punto adicional si las actividades están suficientemente descritas.

1.5.– Indicadores de seguimiento y evaluación concretos, verificables y evaluables (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si se establecen indicadores de objetivos y resultados concretos y verificables, en datos de cantidad o cualidad, que tengan en cuenta las desigualdades específicas de la población sujeto (en términos de género, edad, etnia...).

● 2 puntos si se establecen indicadores de resultado, concretos y verificables, en datos de cantidad o cualidad, que tengan en cuenta las desigualdades específicas de la población sujeto (en términos de género, edad, etnia...).

● 1 punto si los indicadores y fuentes de verificación, aunque en general suficientes, dejan algún aspecto poco claro.

1.6.– Valoración del Plan Estratégico de Acción Humanitaria de la entidad solicitante vasca y la inserción del proyecto en el mismo (hasta 5 puntos).

2.– Priorización de colectivos en situación de vulnerabilidad (hasta 3 puntos).

● 2 puntos si se establecen unos criterios claros para la selección de la población sujeto.

● 1 punto adicional si, además de abarcar a personas afectadas por una crisis humanitaria, engloba a la comunidad de acogida.

3.– Priorización Geográfica y sectorial (hasta 6 puntos).

● 3 puntos si la intervención se desarrolla en El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, México, Cuba, Brasil, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Venezuela, Costa de Marfil, Ruanda, Mozambique, República Árabe Saharaui Democrática, República Democrática del Congo, Senegal, Uganda, Burundi, Palestina e India.

● 1 punto si el IDH se sitúa entre 0,6 y 0,699 o se trata de una de las crisis olvidadas identificadas por la UE.

● 3 puntos adicionales si el proyecto se encuadra en un sector prioritario de actuación para las acciones humanitarias: protección de colectivos vulnerables; sanidad; educación; seguridad alimentaria; agua y saneamiento; reactivación de actividades económicas; fortalecimiento de capacidades locales; reconstrucción de infraestructuras; actividades pro derechos humanos.

4.– Viabilidad general del proyecto (hasta 11 puntos).

4.1.– Viabilidad técnica (hasta 7 puntos).

4.1.1.– Medios técnicos (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si la explicación en el formulario y los documentos adjuntos sobre los medios técnicos (planos, medios materiales y personales, estudios económicos en su caso) es suficiente y están justificados.

● 2 puntos si la información sobre los medios técnicos (planos, medios materiales y personales, estudios económicos en su caso) es incompleta.

4.1.2.– Recursos humanos (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si los recursos humanos (perfil, idoneidad y funciones) inscritos en el proyecto están suficientemente justificados y son pertinentes en relación a la propuesta.

● 1 punto si la información sobre los recursos humanos inscritos en el proyecto es incompleta.

4.1.3.– Condiciones de seguridad (hasta 1 punto).

● 1 punto si se toman en consideración las condiciones de seguridad del personal local y expatriado y los bienes del proyecto, especialmente en contextos inestables o de conflictos. Existe un protocolo de seguridad escrito y se informa y forma al personal.

4.2.– Viabilidad institucional (hasta 4 puntos).

● 2 puntos si en la ejecución del proyecto participa una institución representativa y aporta un monto superior al 5% del total del presupuesto del proyecto.

● 1 punto si en la ejecución del proyecto participa una institución representativa, se da una explicación al respecto y se presenta el correspondiente aval.

● 2 puntos adicionales si se participa en algún mecanismo de coordinación entre entidad socia local, ONG locales e internacionales, autoridades y/o agencias bilaterales o multilaterales.

5.– Líneas transversales (hasta 23 puntos).

5.1.– Fortalecimiento de las capacidades locales y reducción de la vulnerabilidad con criterio de conectividad (hasta 6 puntos).

5.2.– Participación de la población y adecuación a la realidad socio-cultural (hasta 5 puntos).

5.3.– Protección, testimonio y construcción de la paz / Enfoque de derechos humanos (hasta 5 puntos)

5.4.– Equidad de género (hasta 5 puntos).

5.5.– Sostenibilidad ecológica (hasta 2 puntos).

6.– Consorcios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades solicitantes.

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades locales dentro de un programa de actuación conjunta.

II.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD LOCAL (hasta 16 puntos).

1.– Experiencia (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace ocho años o más a fecha de presentación de la solicitud.

● 1 punto si la entidad tiene experiencia de trabajo discontinua en el sector humanitario desde hace ocho años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

2.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

3.– Relación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si la entidad local tiene cuatro años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

● 2 puntos si la entidad local tiene dos años o más de experiencia con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto a la fecha de presentación de las solicitudes.

4.– Perspectivas de vinculación de la entidad local con la población sujeto (hasta 4 puntos).

● 4 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera específica.

● 2 puntos si el Plan Estratégico vigente de la entidad local incluye a la población sujeto de manera genérica.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad local cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

III.– ASPECTOS RELACIONADOS CON LA ENTIDAD VASCA SOLICITANTE O DELEGACIÓN EN LA CAE (hasta 14 puntos).

1.– Base social en la CAE (hasta 4 puntos).

● 1 punto si tiene más de 200 socias o socios en la CAE.

● 1 punto si tiene más de 10 voluntarios/as en la CAE.

● 1 punto si ha realizado más de tres acciones de sensibilización sobre acción humanitaria en el último año.

● 1 punto si participa en alguna coordinadora o red de cooperación, con código de conducta y que no se encuentre sancionada por comisión seguimiento.

2.– Experiencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad tiene experiencia de trabajo estable en el sector humanitario desde hace cinco años o más a la fecha de presentación de la solicitud.

3.– Capacidad y solvencia (hasta 2 puntos).

● 2 puntos si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior a la cantidad solicitada a la fecha de presentación de la solicitud.

● 1 punto si la entidad ha gestionado en los últimos cinco ejercicios alguna ayuda de cooperación del Gobierno Vasco o de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, correctamente justificada, igual o superior al 75% de la cantidad solicitada a la fecha de presentación de la solicitud.

4.– Relación con la entidad socia local y experiencia en la zona (hasta 3 puntos).

● 3 puntos si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE tiene cinco años o más de experiencia con la entidad social local gestionando proyectos humanitarios conjuntamente a la fecha de presentación de la solicitud.

5.– Adhesión a los principios y estándares humanitarios (hasta 2 puntos).

● 1 punto si se adhiere a un Código de Conducta relativo a la ética en Acción Humanitaria Internacional.

● 1 punto se adhiere a un Código de Conducta de imágenes y mensajes.

6.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional (hasta 1 punto).

● 1 punto si la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.


Análisis documental