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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 53, jueves 17 de marzo de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
1180

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2016, del Director General de HABE, por la que se realiza la convocatoria extraordinaria de 2016, para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, conforme al Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas.

En desarrollo del mandato contenido en el artículo 4 del Decreto 179/2003, de 22 de julio, la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, dispuso el procedimiento para la acreditación de los niveles de competencia en euskera definidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (HEOK).

Por otra lado, la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, aprobó la estructura y la descripción del Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), en el marco de su ordenamiento académico, mediante Orden de 22 de julio de 2015: conformando el proceso de aprendizaje en seis niveles (A1, Usuario inicial; A2, Usuario básico; B1, Usuario independiente; B2, Usuario avanzado; C1, Usuario competente; C2, Usuario experto); articulado en base a la interacción sociodiscursiva, basado en un enfoque comunicativo definido mediante acciones comunicativas, en función de las características propias del euskera y tomando en consideración la situación sociolingüística del contexto de aprendizaje. Desde dicho enfoque y visión, la citada Orden define los contenidos (contexto sociolingüístico, temas, géneros textuales, funciones, exponentes textuales, exponentes lingüísticos, estrategias...), las orientaciones metodológicas y los criterios de evaluación.

Asimismo, la Disposición final primera de la Orden de 22 de julio de 2015 modificó el artículo 7 de la Orden de 19 de enero de 2011, relativo a los criterios de evaluación a aplicar en el proceso de acreditación, adecuándolos a los criterios previstos en el nuevo Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas.

Respecto a la acreditación de los niveles de competencia previstos en el Currículo, el artículo 9 de la citada Orden de 19 de enero de 2011 prevé la posibilidad de realizar convocatorias tanto ordinarias como extraordinarias, y dispone que las dirigidas al alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak tendrán el carácter de extraordinarias.

Finalmente, el mismo artículo 9 de la antedicha Orden, faculta a la Dirección General de HABE para convocar anualmente pruebas para la acreditación de los niveles de competencia fijados en el HEOC.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Realizar una convocatoria extraordinaria para que el alumnado de cursos de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco pueda acreditar los niveles de competencia comunicativa del Currículo Básico de Enseñanza del Euskera a Personas Adultas en 2016, de acuerdo con las bases y criterios que figuran en los anexos I y II de esta Resolución.

Segundo.– En orden a la organización y materialización de esta convocatoria, se realizan las atribuciones de funciones y nombramientos que a continuación se señalan:

– Comisión de Exámenes: la Comisión de Exámenes constituida para las convocatorias ordinarias de 2016 asumirá, además de las funciones que en virtud del artículo 13 de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 le corresponden respecto de esta convocatoria extraordinaria, las funciones que dicha Orden reconoce a los Tribunales de cada nivel.

– Responsable de la convocatoria: el responsable de esta convocatoria extraordinaria asumirá las funciones reconocidas por la mencionada Orden, en los artículos 17 y 18, a los tutores y responsables territoriales.

A tal efecto, se designa como responsable de esta convocatoria extraordinaria a José Francisco Zinkunegi Uzkudun.

– Examinadores: con las funciones y obligaciones establecidas en el artículo 16 de la Orden citada, se nombra como examinadores a las siguientes personas:

Errukine Olaziregi Gómez, para las pruebas de acreditación que se realicen en el Centro Vasco-Euskal Etxea de Madrid.

Jose Angel Odiaga Galletebeitia, para las pruebas de acreditación que se realicen en el Centro Vasco-Euskal Etxea de Barcelona.

Asimismo, a efectos de corrección y calificación de las pruebas, podrán actuar como personal examinador de esta convocatoria las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos al efecto, hayan sido nombradas como tales para las convocatorias ordinarias de 2016.

Tercero.– En caso de producirse contradicción semántica entre los textos de esta Resolución redactados en euskera y castellano, otorgar prioridad al texto redactado en euskera, por tratarse de su redacción original.

Cuarto.– Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En San Sebastián, a 7 de marzo de 2016.

El Director General de HABE,

JOSEBA ERKIZIA ITOITZ.

ANEXO I
BASES GENERALES DEL PROCESO DE ACREDITACIÓN DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA

Base 1.– Objeto.

Es objeto de estas bases establecer especificaciones en el procedimiento previsto en la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011, para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa B1, B2 y C1 establecidos en el Currículo Básico para la Enseñanza de Euskera a Personas Adultas (HEOC) por el alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, en la convocatoria extraordinaria de 2016.

Base 2.– Marco básico de la convocatoria.

El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas de HABE (HEOC) y el Marco Común Europeo de Referencia para la enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas constituirán, respectivamente, el fundamento y el ámbito de referencia para la acreditación del nivel de competencia del examinando.

Consecuentemente, las pruebas de competencia dirigidas a la obtención de los certificados correspondientes a los niveles de competencia B1, B2 y C1 previstos en el HEOC, se ajustarán a los criterios de evaluación fijados en dicho Currículo y a las previsiones contenidas en el anexo II.

Base 3.– Requisitos para acceder al proceso de acreditación.

Para poder presentarse a esta convocatoria, las personas interesadas deben cumplir las dos condiciones que se especifican a continuación:

1.– Estar matriculada en cursos de euskera en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco, en algún curso iniciado a partir del, a 1 de junio de 2015.

2.– Haber superado a lo largo de los cursos iniciados a partir del 1 de octubre de 2014, en las cuatro destrezas lingüísticas, el umbral del nivel que se pretende acreditar en las pruebas convocadas, antes del, a 21 de marzo de 2016.

Base 4.– Funciones de cada Centro Vasco-Euskal Etxea.

El Centro Vasco-Euskal Etxea pondrá a disposición de HABE los datos del alumnado matriculado y sus niveles mínimos de competencia en euskera, en la fecha indicada en la base 3.ª de esta convocatoria, siguiendo la codificación por niveles que se señala a continuación:

– Nivel B1: Código B1B1.

– Nivel B2: Código B2B2.

– Nivel C1: Código C1C1.

Base 5.– Calendario de la convocatoria y lugar de las pruebas.

1.– Las pruebas de la convocatoria extraordinaria para el alumnado de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak del año 2016 se realizarán en Madrid y Barcelona.

2.– En el plazo de diez días a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco, HABE publicará en su portal www.habe.euskadi.eus las fechas previstas para el desarrollo de las pruebas de acreditación correspondientes a la convocatoria de 2016.

De la misma manera, dará a conocer el calendario correspondiente a la convocatoria: plazo de matrícula; fecha para la notificación de admisiones; fechas de las pruebas de aptitud y fechas en las que se darán a conocer los resultados.

3.– HABE podrá modificar las fechas previstas en el calendario de estas pruebas en función de las circunstancias que pudieran concurrir en el desarrollo de las mismas, salvo las relativas al plazo de matrícula.

Base 6.– Inscripción, precio y abono de la matrícula.

1.– La inscripción para las pruebas de acreditación se realizará en el portal www.habe.euskadi.eus en el plazo fijado al efecto.

2.– Asimismo, el abono del precio público correspondiente a la matrícula deberá realizarse en el plazo fijado para efectuar la matrícula, por Internet, o en su caso, mediante pago en entidades bancarias que ofrezcan dicho servicio (Kutxabank, Sabadell Guipuzcoano, Laboral Kutxa, Bankoa, BBVA, Santander, La Caixa), utilizando para ello el impreso que obtendrá el alumno al inscribirse.

3.– Se entenderá que el proceso de matriculación ha sido debidamente formalizado en el plazo fijado al efecto, cuando ambos trámites, inscripción y abono de la matrícula, hayan sido realizados en plazo. El incumplimiento de alguno de los trámites indicados en el plazo establecido, conllevará la exclusión del proceso de acreditación.

4.– Una vez abonados los derechos de matrícula, no se devolverá el importe de los mismos, salvo en el caso de haber repetido por error la matrícula para el mismo nivel.

5.– Respecto al precio de matrícula a abonar, se aplicarán los precios públicos fijados para la prestación de los servicios que HABE ofrece, a cuyo efecto se estará a los precios de matriculación que se encuentren en vigor de conformidad con la normativa vigente en su momento. Por otra parte, HABE dará a conocer estos precios a través de www.habe.euskadi.eus

6.– Al formalizar la matrícula, el examinando acepta explícitamente y se compromete voluntariamente al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en estas bases.

Base 7.– Listado de admisión.

Finalizado el período de matriculación, el Director General de HABE publicará el listado de las personas que han sido admitidas para participar en el proceso de acreditación y cada examinando podrá consultar en el portal www.habe.euskadi.eus el estado de su solicitud de matriculación.

Base 8.– Situaciones específicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011, en los casos en que deseando participar en las pruebas de competencia se requiera de algún tipo de adaptación específica, tanto HABE como los Centros Vascos-Euskal Etxeak, cada uno en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas oportunas a fin de garantizar que los alumnos y alumnas que presenten algún tipo de discapacidad puedan realizar las pruebas en las debidas condiciones de igualdad, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba o se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigible al mismo.

A fin de llevar a cabo las adaptaciones necesarias, la persona interesada deberá presentar su solicitud a la persona responsable de esta convocatoria o en la secretaría del Centro Vasco-Euskal Etxea, en el momento de realizar la matrícula de examen, acreditando la discapacidad alegada mediante el documento oficial correspondiente e indicando la adaptación solicitada (silla, mesa u ordenador especiales, auriculares, sistema braille, etc.), conforme al modelo organizativo establecido.

A la vista de las solicitudes presentadas, tanto HABE como en su caso los Centros Vascos-Euskal Etxeak, adecuarán los medios materiales así como la duración de las pruebas a las personas que así lo hayan solicitado, de conformidad con lo dispuesto en la ORDEN/PRE/1822/2006 de 9 de junio o en la normativa aplicable en el momento de realización de las pruebas.

Base 9.– Características, organización, criterios de evaluación y calificación de los distintos apartados de las pruebas de competencia.

1.– Las pruebas de acreditación diseñadas para medir cada nivel, evaluarán la competencia comunicativa en euskera de cada examinando: su destreza para comprender lo escuchado y asimilar lo leído y su destreza para expresar tanto oralmente como por escrito lo que desea comunicar.

2.– La Sección de Evaluación del Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE elaborará las pruebas oportunas para la evaluación de las cuatro destrezas lingüísticas, de conformidad con lo establecido en anexo II.

Dichas pruebas serán aplicadas por los Centros Vascos-Euskal Etxeak y el Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE, en los siguientes términos:

– Pruebas de acreditación del nivel de competencia B1: el examinando realizará las pruebas para evaluar las cuatro destrezas lingüísticas.

– Pruebas de acreditación de los niveles de competencia B2 y C1: el examinando tendrá que haber superado la prueba de comprensión escrita para que sea evaluada su prueba de expresión escrita, y superar esta última para acceder a las pruebas de comprensión auditiva y expresión oral, salvo que el número total de examinandos en cada sede sea inferior a diez, en cuyo caso serán aplicadas todas las pruebas a la totalidad de examinandos en el mismo día o en dos días consecutivos.

Cada Centro Vasco-Euskal Etxea comunicará los extremos relacionados con la organización de las pruebas (horarios, lugares y listados de alumnos) al responsable de esta convocatoria, con cinco días naturales de antelación al día de la celebración de las pruebas, para que, si estimara necesario realizar alguna adecuación, se lo comunique al Centro Vasco-Euskal Etxea con tres días de antelación al día del examen.

3.– Para considerar superada la prueba de acreditación de nivel, el examinando deberá superar cada una de las pruebas y alcanzar los mínimos fijados en el Anexo II para cada una de las destrezas lingüísticas. En cada nivel se podrá obtener un máximo de 100 puntos, siendo necesario un mínimo de 50 para su superación.

4.– La realización de las actividades destinadas a la acreditación de competencias se llevará a cabo sin el acceso a contenidos que pueden ofrecer los dispositivos electrónicos (teléfonos y ordenadores, cámaras fotográficas, grabadoras MP3, auriculares inalámbricos, relojes con lector, gafas con acceso a contenidos de audio y video...), y sin conexión a Internet.

5.– La escritura tendrá que ser legible y la caligrafía comprensible en las pruebas escritas. La dicción clara y la pronunciación correcta en las pruebas orales.

Base 10.– Proceso de corrección de las pruebas de competencia.

1.– Normas lingüísticas y dialectos.

Las pruebas realizadas en las cuatro destrezas lingüísticas deberán cumplir las normas aprobadas por Euskaltzaindia y que estén en vigor y se presentarán en registros normativos correctos y cultos.

En las pruebas de expresión oral, el examinando podrá demostrar su capacitación y fluidez en el uso de su dialecto, si así lo requiere la tarea encomendada. En estos casos, los examinadores considerarán debidamente estos usos y los valorarán en la calificación final del ejercicio.

2.– Anonimato.

Las personas nombradas como examinadores y tutores corregirán las pruebas sin conocer al autor del ejercicio, a fin de garantizar la corrección anónima de las pruebas. Las pruebas de acreditación de un examinando no podrán ser corregidas por su profesor o profesora. En el caso de que concurriera tal circunstancia, corresponderá al propio examinador presentar su abstención respecto de la prueba concreta.

3.– Corrección de las pruebas de comprensión escrita y comprensión oral.

La corrección de estas pruebas se realizará por los examinadores nombrados al efecto, conforme a los criterios establecidos en el anexo II.

4.– Corrección de la prueba de expresión escrita.

a) Cada prueba de expresión escrita será corregida al menos por dos examinadores, que emitirán su dictamen razonado en una ficha de calificación consensuada. Las observaciones propias de la corrección se recogerán en dicha ficha a fin de facilitar al examinando la comprensión, con precisión y rigor, de la calificación de su prueba.

b) En relación con la cantidad mínima de palabras exigidas para cada nivel, el examinador se ajustará a los siguientes criterios al otorgar la correspondiente calificación:

– Si el examinando hubiera escrito la cantidad mínima de palabras exigida y cumpliera los criterios mínimos de valoración correspondientes a su nivel, se valorará el ejercicio entre 15 y 30 puntos.

– Si para llegar al mínimo de palabras exigido al ejercicio le faltara hasta un 10% menos de lo exigido, se calificará con 15 puntos en el caso de que superara con un BIEN como mínimo cada uno de los criterios establecidos para ese nivel en el artículo 7 de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 (en su redacción dada por la Orden de 22 de julio de 2015), y en el anexo II.

– Si para llegar al mínimo de palabras exigido al ejercicio le faltara más de un 10% de lo exigido, se calificará en todos los casos con 5 puntos.

c) Una vez calificada la prueba de expresión escrita, los examinadores se ajustarán al siguiente procedimiento:

– En el caso de que la calificación emitida por cada uno de los examinadores supere el mínimo exigido para la superación de la prueba, la propuesta que realizarán al Tribunal será la acordada entre los dos examinadores, que se recogerá y explicitará en un único dictamen razonado.

– En el supuesto de que las calificaciones de ambos examinadores coincidan en que la prueba no cumple con los mínimos exigidos en la convocatoria, la propuesta que realizarán al Tribunal será la acordada entre los dos examinadores, que se recogerá y explicitará en un único dictamen razonado.

– Si ambos examinadores discrepan en su valoración sobre si la prueba cumple o no con los mínimos exigidos para su superación o si el tutor constata que la propuesta de calificación no se ajusta a los criterios del nivel correspondiente, se procederá a una tercera corrección a cargo del tutor, que evaluará la prueba de oficio, informará a los examinadores, y elevará su dictamen razonado al Tribunal.

d) La prueba de expresión escrita se pondrá a disposición de los examinadores y tutores en soporte digital.

5.– Corrección de la prueba de expresión oral.

a) La prueba de expresión oral será realizada y corregida por dos examinadores, que emitirán su dictamen razonado en una única ficha de calificación. Las observaciones propias de la corrección se recogerán en dicha ficha a fin de facilitar al examinando la comprensión, con precisión y rigor, de la calificación de su prueba.

b) Si ambos examinadores discrepan en su valoración sobre si la prueba cumple o no con los mínimos exigidos para su superación, se procederá a una segunda corrección a cargo del tutor, que evaluará la prueba de oficio y elevará su dictamen razonado al Tribunal correspondiente.

c) Todas las pruebas de expresión oral serán grabadas, como soporte del proceso de corrección, y con la finalidad de fomentar la investigación y la formación de los examinadores.

6.– Acta de los resultados.

Los resultados de la corrección de las pruebas de comprensión oral y escrita y de expresión escrita y de expresión oral serán reflejados en un acta que redactará la Sección de Programas Específicos para ser elevada a la Comisión de Exámenes.

Base 11.– Aprobación de resultados de las pruebas de acreditación.

La Comisión de Exámenes, a la vista del acta relativa a las valoraciones de las pruebas, aprobará, cuando así proceda, las calificaciones correspondientes, y las elevará al Director General de HABE a los efectos previstos en el artículo 13 de la Orden de la Consejera de Cultura, de, a 19 de enero de 2011.

Base 12.– Publicación de los resultados de las pruebas de acreditación.

HABE publicará los resultados de las pruebas de acreditación en el portal www.habe.euskadi.eus, por niveles y destrezas lingüísticas, en las fechas señaladas a tal efecto.

Base 13.– Certificados.

Quien haya superado las pruebas de aptitud y haya acreditado algún nivel podrá formalizar la solicitud para la obtención del certificado correspondiente a través del portal www.habe.euskadi.eus. El Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE le remitirá el certificado o duplicado a la dirección indicada en la solicitud, una vez verificado el abono correspondiente a través de entidad bancaria o por Internet.

La tasa de expedición del certificado correspondiente a cada nivel acreditado será la vigente en el momento de la solicitud, aun cuando la acreditación se haya realizado con anterioridad. HABE dará a conocer en el portal www.habe.euskadi.eus las tasas correspondientes a los certificados y duplicados vigentes en cada momento.

Base 14.– Reclamaciones y recursos.

Las personas que tengan la consideración de interesadas en el procedimiento de acreditación a que se refieren las presentes bases podrán presentar la correspondiente reclamación cuando estimen que se han producido errores de procedimiento, de cómputo de puntuaciones o de asignación de las calificaciones a lo largo de dicho procedimiento, siempre que hagan constar necesariamente todos y cada uno de los extremos que a continuación se indican:

– Nombre y apellidos de quien reclama y su dirección a efectos de notificación.

– Número del DNI.

– Solicitud o reclamación que presenta.

– La descripción de los hechos y del error cometido, junto con la aportación de los documentos o elementos que acrediten la comisión de tal error.

– Lugar, fecha y nivel de acreditación.

– Firma de la persona reclamante.

Las reclamaciones deberán ser presentadas en el plazo de tres días a partir del día siguiente a aquel en el que se hayan dado a conocer las admisiones y las calificaciones, y serán resueltas con anterioridad a la realización de las pruebas y a la aprobación de las calificaciones globales, respectivamente.

Las personas interesadas podrán, asimismo, interponer recurso de alzada ante el Director General de HABE, en el plazo de un mes desde la publicación de los resultados definitivos de las pruebas, o desde que se haya producido el acto impugnado. A efectos de su resolución, el Director General de HABE podrá requerir del responsable de esta convocatoria o del presidente de la Comisión de Exámenes, la emisión del informe correspondiente; dicho informe deberá ser emitido en un plazo máximo de diez días. Asimismo, podrá solicitar a expertos externos cuantos dictámenes estime conveniente para la resolución de los recursos presentados.

Tanto las reclamaciones como los recursos de alzada se dirigirán al Registro General de HABE, sito en la calle Vitoria-Gasteiz 3, 6.º, 20018 San Sebastián, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para la presentación de solicitudes ante las Administraciones Públicas.

En cualquier caso, las reclamaciones, así como la interposición del recurso de alzada, no interrumpirán los procedimientos ni el calendario contemplados en esta convocatoria.

Base 15.– Información y tramitación online.

Las publicaciones y notificaciones derivadas de los procedimientos correspondientes a esta convocatoria se realizarán a través del portal www.habe.euskadi.eus, salvo las relativas a la revisión de exámenes y a las reclamaciones y resolución de recursos administrativos.

Asimismo, el alumnado realizará a través del portal www.habe.euskadi.eus los trámites así previstos en las presentes bases.

Base 16.– Acceso al expediente.

El examinando podrá consultar en la aplicación www.habe.euskadi.eus los dictámenes razonados correspondientes a la valoración de las pruebas de expresión escrita y oral, la prueba de expresión escrita realizada y la grabación de su prueba de expresión oral.

Base 17.– Protección de datos personales.

En la gestión de los procedimientos previstos en esta convocatoria de pruebas de acreditación, el tratamiento de los datos personales se realizará en el fichero declarado al efecto, siendo el órgano administrativo responsable del fichero la propia Dirección General de HABE, ante la que podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Los datos contenidos en dicho fichero tendrán como finalidad:

– La gestión de los procedimientos previstos en estas convocatorias.

– La inscripción de los certificados correspondientes en el Registro de certificados del conocimiento del euskera de HABE, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Orden de la Consejera de Cultura de, a 19 de enero de 2011.

– La remisión de los certificados emitidos al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 222/2012, de 16 de octubre. La Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas es la responsable de este fichero, por lo que los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición serán ejercitados, en su caso, ante la Dirección de Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.

– La elaboración, en su caso, de la propuesta de subvención para el alumnado que haya superado las pruebas de acreditación, dirigida al Director General de HABE, cuando se apruebe convocatoria al efecto.

Los impresos de matrícula para tomar parte en estas convocatorias de acreditación incorporarán una cláusula informativa sobre la cuestión de protección de datos personales.

El personal de HABE, así como los miembros nombrados expresamente para participar en los procedimientos mencionados, tendrán el deber de secreto respecto a la información de datos personales a los que tengan acceso en la gestión de aquellos.

La publicidad sobre las distintas fases del proceso contendrá los datos mínimos necesarios para cumplir el principio de publicidad y se mantendrá exclusivamente hasta la finalización de dicho proceso, incluidos los períodos de reclamación. La mencionada información incorporará una cláusula advirtiendo que contiene datos de carácter personal, que se ajusta a la legislación actual en materia de protección de datos y que su única finalidad es la de dar publicidad a la correspondiente fase del procedimiento y de notificación, en su caso, a las personas participantes. También incorporará un párrafo informativo en el que se deje constancia de que la mencionada información no constituye fuente de acceso público y no podrá ser reproducida ni en todo ni en parte, ni transmitida ni registrada por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.

Las pruebas de acreditación aplicadas para la evaluación de las cuatro destrezas podrán ser utilizadas para fines de formación e investigación, una vez finalizado el procedimiento de acreditación y tras la correspondiente disociación de los datos personales que, en su caso, tengan incorporados.

Base 18.– Obligación de guardar secreto sobre las actuaciones.

Es obligación de los examinadores, tutores, responsable de la convocatoria y miembros de la Comisión de Exámenes, guardar secreto sobre hechos, documentos, propuestas de calificación, deliberaciones y situaciones relacionadas con las partes intervinientes de los que hubiesen tenido conocimiento por razón del ejercicio de su función en el proceso de acreditación.

Base 19.– Incompatibilidad.

La matriculación en esta convocatoria extraordinaria de 2016 es incompatible con la matriculación en las convocatorias ordinarias de este año, realizada por Resolución de 22 de febrero de 2016 del Director General de HABE.

ANEXO II
CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS, MODELO ORGANIZATIVO Y CALIFICACIONES POR DESTREZAS DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL EJERCICIO 2016, PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS NIVELES B1, B2 Y C1

1.– Criterios de evaluación.

Los criterios y escalas de evaluación definidos en la Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística de 22 de julio de 2015, que establece el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), en su apartado referido a la evaluación, constituirán la base de las pruebas diseñadas para la acreditación de los niveles B1, B2 y C1.

2.– Características, modelo organizativo y calificaciones por destrezas.

NIVEL B1: USUARIO INDEPENDIENTE

Comprensión oral:

Tras escuchar la grabación de un texto relacionado con temas cotidianos o de interés general, el examinando deberá demostrar la comprensión de dicho texto realizando las tareas que se le planteen: diferenciar la información relevante, resaltar determinados matices... El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Antes de escuchar el texto dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas, y en función del tipo de texto, se le ofrecerá la posibilidad de escuchar el texto una o dos veces.

Los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel, en algunos casos recogidos de coloquios presenciales (conversaciones simples, cuentos, sucedidos, recetas...), y en otros, grabados de los medios de comunicación (noticias breves, previsiones meteorológicas, relatos, anuncios...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel B1. Este apartado tendrá una puntuación máxima de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 25 minutos aproximadamente.

Expresión oral:

La prueba constará de tres partes:

a) Al inicio el examinando sostendrá una breve conversación con los examinadores y responderá a preguntas relativas a distintos temas (características personales, familia, aficiones, trabajo, viajes...).

b) A continuación se le solicitará la producción de una acción comunicativa sobre un tema previamente elaborado. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (breve resumen, descripciones de personas, de cosas y de lugares, quejas o reclamaciones...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia comunicativa B1 (ámbito de uso, rol de enunciador, rol del receptor y finalidad u objeto comunicativo).

c) Para finalizar, mantendrá una conversación en interacción con el examinador o con su compañero de prueba sobre un tema propuesto en base a una fotografía presentada.

La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo. Dispondrá de 10 minutos para preparar el tema y de aproximadamente 10 minutos para desarrollarlo.

Comprensión escrita:

A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Se le solicitará la obtención de información a partir del texto propuesto y se evaluará la comprensión global o parcial del mismo. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (cartas entre amigos, recetas, cuentos y narraciones sencillas, textos descriptivos...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel B1.

La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 35 minutos aproximadamente.

Expresión escrita:

A partir de una situación que le será planteada en un contexto determinado, el examinando deberá redactar un texto de 140 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 100 palabras produciendo la acción comunicativa solicitada. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (mensajes sencillos, descripciones breves de personas, lugares y cosas, cartas personales, narraciones breves, cartas solicitando consejo o recomendaciones, curriculum vitae...) y la situación y contexto propia del nivel de competencia B1 (ámbito de uso, rol del enunciador, rol del receptor, y el objetivo o finalidad comunicativa).

La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo. La duración de la prueba será de 60 minutos aproximadamente.

Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:

– No se tendrá en cuenta el título del texto.

– En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos al emisor y al receptor (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.

– Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se tomarán en consideración las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.

Además:

– Las palabras compuestas contarán como una sola.

– Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como si lo estuvieran.

– Los números contarán como una palabra.

Organización:

Las pruebas de acreditación se realizarán en los Centros Vascos-Euskal Etxeak de Madrid y Barcelona.

Las pruebas de acreditación de las cuatro destrezas lingüísticas se realizarán en dos días diferentes: un día las pruebas de comprensión oral y escrita y la de expresión escrita y otro la prueba de expresión oral, salvo que el número total de examinandos en cada sede sea inferior a diez, en cuyo caso serán aplicadas todas las pruebas a la totalidad de examinandos en el mismo día o en dos días consecutivos.

Calificaciones, ponderación y resultados:

a) Las calificaciones de las pruebas del nivel B1 se darán de la siguiente manera:

(Véase el .PDF)

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10%; coherencia, 25%; cohesión, 15%; riqueza, 20% y corrección, 30%.

Los 30 puntos correspondientes a la expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10%; coherencia y cohesión, 20%; fluidez, 25%; riqueza, 20% y corrección, 25%.

c) Resultados:

Comprensión escrita: Apto/No apto.

Expresión escrita: Apto/No apto.

Comprensión oral: Apto/No apto.

Expresión oral: Apto/No apto.

Total: Apto/No apto.

NIVEL B2: USUARIO AVANZADO

Comprensión oral:

Tras escuchar la grabación de un texto relacionado con temas cotidianos o de interés general, el examinando deberá demostrar la comprensión de dicho texto realizando las tareas que se le planteen. Deberá captar la idea principal del texto y distinguir la información principal o algunas particularidades del mismo... Deberá demostrar asimismo ser capaz de captar la actitud del autor, de distinguir la información y de extraer conclusiones. El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Antes de escuchar el texto dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas. En función del tipo de texto, tendrá opción de escuchar el texto una o dos veces.

Los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel, en algunos casos recogidos de coloquios presenciales (sucesos, crónicas, explicaciones didácticas, descripción de procesos...), y en otros, grabados de los medios de comunicación (noticias, entrevistas, documentales, cantos, versos...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel B2. La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 25 minutos aproximadamente.

Expresión oral:

La prueba constará de tres partes:

a) Al inicio el examinando sostendrá una breve conversación con los examinadores y responderá a preguntas relativas a distintos temas (características personales, familia, aficiones, trabajo, viajes...).

b) A continuación se le solicitará la producción de una acción comunicativa sobre un tema previamente elaborado. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (exposición, explicación argumentada, queja o reclamación, narración de un suceso, anécdotas divertidas...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia comunicativa B2 (ámbito de uso, rol de enunciador, rol del receptor y finalidad u objeto comunicativo).

c) Para finalizar, mantendrá una conversación en interacción con el examinador o con su compañero de prueba sobre un tema propuesto en base a una fotografía presentada.

La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo. Dispondrá de 10 minutos para preparar el tema y de aproximadamente 10 minutos para desarrollarlo.

Comprensión escrita:

A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Se le solicitará la obtención de información a partir del texto propuesto y se evaluará la comprensión global o parcial del mismo. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (informaciones o instrucciones de establecimientos públicos, resumen de una conferencia, catálogos, prospectos y documentos oficiales, escritos administrativos, actas de reuniones, reportajes de prensa, proyectos laborales...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel B2.

La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 45 minutos aproximadamente.

Expresión escrita:

A partir de una situación que le será planteada en un contexto determinado, el examinando deberá redactar un texto de 200 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 150 palabras, formalizando una acción comunicativa. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (textos de la administración, cartas de notificación, resumen de un reportaje o de una noticia, textos argumentativos breves, biografías...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia B2 (ámbito de uso, rol del enunciador, rol del receptor, y el objetivo o finalidad comunicativa).

La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo. La duración de la prueba será de 75 minutos aproximadamente.

Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:

– No se tendrá en cuenta el título del texto.

– En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos al emisor y al receptor (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.

– Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se tomarán en consideración las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.

Además:

– Las palabras compuestas contarán como una sola.

– Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como si lo estuvieran.

– Los números contarán como una palabra.

Organización:

Las pruebas de acreditación se realizarán en los Centros Vascos-Euskal Etxeak de Madrid y Barcelona.

Las pruebas de acreditación de las cuatro destrezas lingüísticas se realizarán en dos días diferentes: un día las pruebas de comprensión oral y escrita y la de expresión escrita y otro la prueba de expresión oral, salvo que el número total de examinandos en cada sede sea inferior a diez, en cuyo caso serán aplicadas todas las pruebas a la totalidad de examinandos en el mismo día o en dos días consecutivos.

Calificaciones, ponderación y resultados:

a) Las calificaciones de las pruebas del nivel B2 se darán de la siguiente manera:

(Véase el .PDF)

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 13%; coherencia, 24%; cohesión, 17%; riqueza, 20% y corrección, 26%.

Los 30 puntos correspondientes a la expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10%; coherencia y cohesión, 20%; fluidez, 25%; riqueza, 20% y corrección, 25%.

c) Resultados:

Comprensión escrita: Apto/No apto.

Expresión escrita: Apto/No apto.

Comprensión oral: Apto/No apto.

Expresión oral: Apto/No apto.

Total: Apto/No apto.

NIVEL C1: USUARIO COMPETENTE

Comprensión oral:

Tras escuchar la grabación de uno o varios textos relacionados con temas relativos a su círculo de amistades o de su ámbito laboral o temas relacionados en los medios de comunicación, el examinando deberá demostrar la comprensión de dichos textos realizando las tareas que se le planteen: deberá captar la idea principal del texto y distinguir la información principal o algunas particularidades del mismo... Deberá demostrar asimismo ser capaz de distinguir la información de la opinión y de extraer conclusiones. Tipos de ejercicios posibles: respuesta de elección múltiple, respuesta de tipo verdadero/falso, respuesta breve, completar frases o tablas, o buscar correspondencias. Antes de escuchar el texto dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas. En función del tipo de texto, tendrá opción de escuchar el texto una o dos veces.

Los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel, (procedimientos de trabajo, anuncios, cantos y versos, reportajes, comentarios de los medios de comunicación, debates, teatro...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel C1. La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 25 minutos aproximadamente.

Expresión oral:

Este apartado constará de dos ejercicios:

1) Al inicio, el examinando realizará una acción comunicativa sobre un tema preparado previamente. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (descripciones de situaciones psicológicas, formas de ser o sentimientos, comentarios, comunicaciones públicas, resúmenes, consejos, informaciones y procedimientos, validaciones y quejas, debates, encuestas...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia C1 (ámbito de uso, rol del enunciador, rol del receptor, y el objetivo o finalidad comunicativa). Para preparar esta comunicación se podrán poner a disposición del examinando textos de referencia, elementos gráficos o imágenes.

Dispondrá de 20 minutos para preparar el tema a exponer, que deberá desarrollar ante los examinadores durante 5 minutos como mínimo. Para exponer el tema ante los examinadores podrá valerse de un guión, pero no podrá leer un texto previamente preparado. Deberá responder a las preguntas que pudieran realizarle los examinadores en torno al tema asignado.

2) Mantendrá una conversación, bien con los examinadores o con otro examinando, basándose en fotografías u otros elementos gráficos. Esta conversación tendrá una duración aproximada de 10 minutos (5 minutos por cada examinando).

La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo.

Comprensión escrita:

A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Deberá demostrar la comprensión global y parcial del texto, así como de las ideas secundarias y de las no expresadas explícitamente en el mismo, es decir, el objetivo comunicativo, la intención, punto de vista u opinión del autor, etc. A dicho efecto, se le formularán distintos tipos de ejercicios: responder a preguntas de elección múltiple o de respuestas breves, del tipo verdadero/falso; elegir ideas correspondientes a fragmentos textuales; buscar correspondencias apropiadas; ordenar el texto, resumirlo o relacionar ideas o párrafos. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (artículos de divulgación, fábulas e historias, editoriales, proyectos de trabajo, convenios laborales, artículos de opinión...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel C1.

Además, se recurrirá a distintos textos para evaluar la utilización que hace de la sintaxis y del léxico. Para ello, se le formularán diversos tipos de ejercicios: colocar en el texto sinónimos de las palabras marcadas, elegir el léxico adecuado mediante la técnica de elección múltiple, reescribir el texto usando palabras derivadas y compuestas, completar la estructura sintáctica mediante la técnica de elección múltiple, crear frases equivalentes a las propuestas o elegir estructuras coherentes para completar el texto.

La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 60 minutos aproximadamente.

Expresión escrita:

A partir de una situación concreta que le será planteada en un contexto determinado, el examinando deberá realizar una acción comunicativa para lo que redactará un texto de 300 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 180 palabras. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (artículos de divulgación, actas de reuniones, guías de utilización, artículos de opinión, narraciones y cuentos, propuestas de trabajo, resúmenes de reportajes o noticias...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia C1 (ámbito de uso, rol del enunciador, rol del receptor, y el objetivo o finalidad comunicativa).

La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados. La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo. La duración de la prueba será de 90 minutos aproximadamente.

Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:

– No se tendrá en cuenta el título del texto.

– En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos al emisor y al receptor (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.

– Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se tomarán en consideración las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.

Además:

– Las palabras compuestas contarán como una sola.

– Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como si lo estuvieran.

– Los números contarán como una palabra.

Organización:

Las pruebas de acreditación se realizarán en los Centros Vascos-Euskal Etxeak de Madrid y Barcelona.

Las pruebas de acreditación de las cuatro destrezas lingüísticas se realizarán en dos días diferentes: un día las pruebas de comprensión oral y escrita y la de expresión escrita y otro la prueba de expresión oral, salvo que el número total de examinandos en cada sede sea inferior a diez, en cuyo caso serán aplicadas todas las pruebas a la totalidad de examinandos en el mismo día o en dos días consecutivos.

Calificaciones, ponderación y resultados:

a) Las calificaciones de las pruebas del nivel C1 se darán de la siguiente manera:

(Véase el .PDF)

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 20%; coherencia, 20%; cohesión, 20%; riqueza, 20% y corrección, 20%.

Los 30 puntos correspondientes a la expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 20%; coherencia y cohesión, 20%; fluidez, 20%; riqueza, 20% y corrección, 20%.

c) Resultados:

Comprensión escrita: Apto/No apto.

Expresión escrita: Apto/No apto.

Comprensión oral: Apto/No apto.

Expresión oral: Apto/No apto.

Total: Apto/No apto.


Análisis documental