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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 40, lunes 29 de febrero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
905

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2016, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2016, dentro del marco establecido por la Orden por la que se regula el programa de ayudas a empresas que realicen inversión productiva generadora de empleo para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Indartu.

La Orden de 28 de julio de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, regula el programa de ayudas a empresas que realicen inversión productiva generadora de empleo para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Indartu (BOPV de 31 de agosto de 2015).

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para el ejercicio 2016.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad conferida en el citado artículo 11 de la Orden de referencia, procede realizar la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2016, dictando a tal objeto las normas necesarias,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2016 de las ayudas, en forma de subvenciones no reintegrables, previstas en la Orden de 28 de julio de 2015, por la que se regula el programa de ayudas a empresas que realicen inversión productiva generadora de empleo para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Indartu.

2.– Para este fin se destinará un importe máximo de 8.000.000,00 de euros, soportado financieramente con cargo a los créditos asignados al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2016.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose, a partir de ese momento, la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Industria.

Artículo 2.– Solicitudes, plazo y lugares de presentación.

1.– Las solicitudes y demás documentación complementaria deberán dirigirse a la Dirección de Desarrollo Industrial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco y presentarse en la referida Dirección sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián, 1, CP: 01010, en las Oficinas Territoriales del Departamento citado o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– La solicitud deberá realizarse en los términos establecidos por el artículo 12 de la Orden, acompañada de la instancia de solicitud anexa a la presente Resolución. Los modelos de solicitud, de declaración responsable y de justificación de las inversiones, serán los que acompañan a esta resolución y se incluirán, para su descarga, en la dirección de Internet, www.euskadi.eus

3.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 horas del día 6 de mayo de 2016.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 16 de febrero de 2016.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental