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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 38, jueves 25 de febrero de 2016


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DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
842

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 30 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el programa de ayudas destinadas al fomento y divulgación del Conocimiento, de la Innovación y de la Competitividad Comercial.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 30 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el programa de ayudas destinadas al fomento y divulgación del Conocimiento, de la Innovación y de la Competitividad Comercial, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 193, de 9 de octubre de 2015, se procede a su corrección.

En la página 2015/4270 (35/3) en la versión en euskera, y en la página 2015/4270 (3/36) en la versión en castellano, en el artículo 4.– Actividades subvencionables, apartado 2.b).

Donde dice:

«b) Que se desarrollen durante el ejercicio económico 2015».

Debe decir:

«b) Que se desarrollen a lo largo del ejercicio económico de la solicitud de ayuda».

En la página 2015/4270 (35/9) en la versión en euskera, y en la página 2015/4270 (9/36) en la versión en castellano, en el artículo 15.– Justificación y pago de la subvención, último párrafo.

Donde dice:

«En todo caso, la fecha límite para realizar las actividades subvencionadas será el 31 de diciembre de 2015».

Debe decir:

«En todo caso, la fecha límite para realizar las actividades subvencionadas será el 31 de diciembre correspondiente al año de la convocatoria».


Análisis documental