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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 22, miércoles 3 de febrero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
498

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2015, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se otorga el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a la entidad Cruz Roja Álava/ Araba Gurutze Gorria.

Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, con la finalidad de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, e incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito.

En su virtud, a la vista de la solicitud presentada por D. Juan María Urruzuno Echevarria, en representación de la entidad Cruz Roja Álava/ Araba Gurutze Gorria, y de la valoración realizada de los documentos de compromiso suscritos por la entidad para el desarrollo de una política de igualdad de mujeres y hombres en la organización,

RESUELVO:

Primero.– Otorgar el reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a la entidad Cruz Roja Álava / Araba Gurutze Gorria, en los términos y condiciones establecidas por el Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en base a los documentos de compromiso suscritos por dicha Entidad para el desarrollo de una política de igualdad de mujeres y hombres en su organización.

Segundo.– La entidad Cruz Roja Álava/ Araba Gurutze Gorria, podrá utilizar dicho reconocimiento en cuantos elementos corporativos de imagen considere oportunos, mientras el mismo continúe vigente, de acuerdo con los artículos 12, 13 y 14 del Decreto 11/2014.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2015.

La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,

MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.


Análisis documental