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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, miércoles 20 de enero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
236

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2016, del Director de Farmacia, por la que se concede a D. Juan Tena Martín autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga (Gipuzkoa).

Vista la solicitud presentada por D. Juan Tena Martín, de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga (Gipuzkoa), y sobre la base de los siguientes:

HECHOS

Primero.– Mediante Orden de 4 de junio de 2014, del Consejero de Salud, se anuncia el inicio del procedimiento para la creación de una oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga, zona farmacéutica Hernani.

Segundo.– Nombrados los miembros de la Comisión de Valoración de Méritos para el acceso a la titularidad de la reseñada oficina de farmacia y, previos los oportunos trámites legales, ésta adopta el Acuerdo de 29 de enero de 2015 por el que se aprueba la lista definitiva de concursantes admitidos y su clasificación por orden de puntuación que fue publicada en el BOPV n.º 27, de 10 de febrero de 2015.

En dicha lista figuraba Dña. Begoña Dúo Uriarte como la concursante de mayor puntación.

Tercero.– En aplicación de lo establecido en el Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, modificado mediante Decreto 24/2004, y previos los trámites oportunos, el Director de Farmacia dicta resolución de 11 de mayo de 2015, por la que se concede a Dña. Begoña Dúo Uriarte autorización de creación de oficina de en el municipio de Astigarraga (Gipuzkoa). Esta resolución fue publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 92, de 20 de mayo de 2015, y estaba condicionada, como es preceptivo, a la obtención de la correspondiente autorización de funcionamiento de la oficina por parte de la Sra. Dúo.

Cuarto.– Con fecha 5 de noviembre de 2015 tiene entrada en el Registro del Departamento de Salud un escrito firmado por Dña. Begoña Dúo Uriarte, en el que pone en conocimiento de este Departamento de renuncia a la titularidad de dicha oficina de farmacia por expectativas de concluir con éxito en los próximos procedimientos que están tramitándose actualmente convocados por Orden del Consejero de Salud el día 13 de marzo de 2015, en los que participa como interesada.

Quinto.– Con fecha de 16 de noviembre de 2015, se remite oficio del Director de Farmacia a D. Juan Tena Martín donde se señala que, producida la renuncia de la Sra. Dúo, pasa a ser el concursante con mayor puntuación en el procedimiento de creación de oficina de farmacia, y como tal debía proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del mencionado Decreto, con advertencia de que, transcurrido el plazo establecido en el citado precepto sin que aportara la documentación requerida, se entendería que renuncia a seguir participando en la convocatoria.

Sexto.– Con fecha 4 de diciembre de 2015, D. Juan Tena Martín, presenta solicitud de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Astigarraga, al amparo del Decreto 338/1995, adjuntando la documentación prevista en el artículo 5 del mencionado Decreto.

Séptimo.– A la vista de la documentación aportada, la Jefa de Ordenación Farmacéutica con fecha 11 de enero de 2016, emite informe favorable al otorgamiento de la autorización de creación de la farmacia en cuestión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– De acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con el artículo 10 del Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, corresponde al Director de Farmacia dictar la presente Resolución.

Segundo.– Siendo, D. Juan Tena Martín, el concursante de mayor puntuación, cumplidas las previsiones contenidas en el artículo 34 de la Ley 11/1994 y desarrolladas en el Decreto 338/1995, en relación con el procedimiento establecido para la creación de oficinas de farmacia y comprobada la adecuación de la documentación aportada y el plazo de su entrega a lo dispuesto en el artículo 5 del citado Decreto, procede conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia al interesado.

Ahora bien, conforme a la previsión establecida en el artículo 6, apartado 4, del Decreto 338/1995, la autorización concedida quedará condicionada a la obtención de la autorización de funcionamiento.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la autorización de creación de oficina de farmacia a ubicar en la calle Nagusia, 16, bajo, del municipio de Astigarraga (Gipuzkoa), a D. Juan Tena Martín, de acuerdo con la documentación por él presentada.

Segundo.– Esta autorización queda condicionada a la obtención por parte de D. Juan Tena Martín de la correspondiente autorización de funcionamiento, que deberá solicitarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV y de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 338/1995.

Tercero.– Notifíquese a los interesados la presente Resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante esta Dirección o ante el Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de enero de 2016.

El Director de Farmacia,

JON IÑAKI BETOLAZA SAN MIGUEL.


Análisis documental